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JUICIO ORDINARIO

Ginapoles20 de Junio de 2012

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JUICIO ORDINARIO CIVIL

Es juicio ordinario el que se somete a la tramitación común ordenada por la ley, se aplicará el procedimiento ordinario en todas las gestiones, trámites y actuaciones que no estén sometidos a una regla especial diversa, cualquiera que sea su naturaleza., y extraordinario o especial el que se rige por las disposiciones especiales que para determinados casos la ley establece y en el cual si existiere alguna duda se regirá en suplencia el ordinario civil.

Los juicios en materia civil se dividen en dos: Especiales y Ordinarios.

Los especiales, como su nombre lo dice tienen un procedimiento especial que esta regulado en el mismo reglamento. Ejemplo juicio especial de arrendamiento, juicio ejecutivo civil.

Los ordinarios, son todos aquellos juicios que no tienen un procedimiento especial en el reglamento. Ejemplo juicio ordinario civil sobre prescripcion positiva, juicio ordinario civil sobre divorcio necesario. 

ETAPAS

Etapa expositiva

La primera etapa del proceso es la postulatoria, también conocida como fase expositiva, polémica o introductoria de la instancia. Esta primera etapa tiene por objeto que las partes expongan sus pretensiones ante el juez, así como los hechos y preceptos jurídicos en que se basan. Esta etapa se concreta en los escritos de demanda y de contestación de la demanda del actor y del demandado respectivamente.

Esta etapa se inicia con la presentación de la demanda y concluye con la celebración de la audiencia previa, de excepciones procesales y de conciliación, su finalidad reside en fijar la litis, es decir, centrar el objeto del debate, por lo que con los escritos respectivos se recogerán los puntos de controversia, sobre los cuales el juez tiene la obligación de resolver en su totalidad, sin que su contenido pueda variar o modificarse. 

Etapa Probatoria

La segunda etapa del proceso es la probatoria o demostrativa, la cual tiene como finalidad que las partes aporten los medios de prueba necesarios, con el objeto de verificar los hechos afirmados en la etapa expositiva.

La etapa probatoria o demostrativa se desenvuelve por medio de los pasos siguientes:

1. Ofrecimiento

2. Admisión

3. Preparación

4. Desahogo

5. Valoración

Etapa conclusiva

La siguiente etapa es la conclusiva, la cual se desarrolla como la parte final de la audiencia de pruebas, porque una vez que se han recibido todas las pruebas el juez otorgará oportunidad a las partes para que aleguen por si mismas o mediante sus abogados.

Con lo dispuesto en el art. 394 del CPCDF, en la fase conclusiva las pueden expresar verbalmente sus alegatos y presentar sus conclusiones por escrito.

Esta etapa del proceso culmina con la resolución que el juez dicta en la audiencia de pruebas y alegatos con la que se cita para oír sentencia. La función técnica de la citación para sentencia es la de dividir la instrucción del juicio, que es la etapa final del proceso.

Etapa resolutiva

En esta etapa el juez expone sus conclusiones en una resolución judicial, con la que da término el proceso en su primera instancia, es decir, el juzgador emite su juicio sobre la controversia que se le ha planteado. Es el momento en que el juez hace un razonamiento lógico jurídico de las pretensiones sustentadas por las partes con base en las pruebas desahogadas, y en las que aplica una ley general al caso concreto, que da por terminado el litigio.

Etapa impugnativa

Puede presentarse una etapa posterior a la emisión del juicio, que inicia la segunda instancia y se verifica cuando una de las partes o ambas impugnen la sentencia. Esta fase procesal tiene como finalidad la revisión de la legalidad del procedimiento de primera instancia o de la sentencia definitiva dictada en ella. Si existe algún elemento en la sentencia

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