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JUICIOS ORALES


Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  1.715 Palabras (7 Páginas)  •  243 Visitas

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Principales Temas de la Reforma

En junio del año 2008, se publicó en el Diario Oficial de La federación, se publico una reforma en el ámbito del Derecho Procesal Mexicano, motivada por la necesidad de instituir un nuevo sistema de procuración e impartición de justicia, debido a que el sistema que actualmente opera ya no resulta eficiente y muchas veces termina siendo injusto.

Fue por tal motivo que se decidió que resultaría más conveniente sustituir el sistema existente conocido como inquisitivo, por un sistema en el cual el proceso penal fuera acusatorio y sobre todo oral.

De esta manera, y con dicha reforma publicada se confía en que será la respuesta a los problemas y dificultades por las cuales está pasando actualmente la justicia penal del Estado Mexicano siendo los principales temas tratados en la reforma del 2008:

a) La implementación del sistema acusatorio;

b) Los derechos del imputado;

c) Los derechos del ofendido y de la víctima;

d) Las modificaciones al Ministerio Público;

e) El nuevo perfil del órgano jurisdiccional;

f) Los mecanismos alternos de solución de controversias;

g) La delincuencia organizada;

h) El sistema nacional de seguridad pública.

En ese mismo sentido por medio de la modificación a esos puntos se pretende que el sistema de impartición de justicia sea adecuado a las exigencias que actualmente se requiere en México y a su vez que sea eficiente.

La implementación del sistema acusatorio

El sistema acusatorio ha sido ya integrado a la Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos, se encuentra contemplado en los artículos 16 a 21 de la misma.

Pero es principalmente en el artículo 20 constitucional, en su primer párrafo, donde se establece la base de la implementación de este sistema; en este artículo se establece que “el proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación”.

Este sistema varía en mucho al sistema con el que se operaba anteriormente, el sistema inquisitivo, ya que el sistema acusatorio propone que haya igualdad entre el inculpado y el ofendido o la víctima, indica que durante el proceso debe dominar la oralidad y la publicidad. Por su parte en el sistema inquisitivo no hay equidad entre las partes, el proceso es principalmente escrito y se mantiene en secreto.

Sin embargo en muchas ocasiones no es posible regirse por un solo sistema, ya que ambos presentan ciertas ventajas y desventajas, requiriendo de esta manera diferentes particularidades de cada uno, dando origen a sistemas mixtos.

Tal es el caso de México, así que cuando el artículo 20 constitucional indica que el proceso penal será acusatorio y oral, lo que se busca es establecer un proceso penal en el que prevalezca tanto la oralidad como la público, con inmediación entre los sujetos procesales, no obstante eso no significa que dejen de haber autos escritos que acrediten las diferentes actuaciones judiciales, y que las pruebas documentales y demás medios de convicción de este tipo, comiencen a carecer de importancia.

En este nuevo sistema de impartición de justicia no solo se modifica la forma en que se llevara a cabo el proceso, por lo cual también es importante señalar que también cambian los papeles de las partes integrantes del proceso; así será ahora el Ministerio Público quien deberá solo hacer las acusaciones; la defensa esté formada por un defensor público o por uno privado deberá desarrollar con ahínco su profesión y finalmente el órgano jurisdiccional, el cual tendrá diferentes titulares, será quien dirigirá el proceso.

Pero para que la implementación del sistema acusatorio en el derecho procesal penal mexicano sea completa, es necesario que el cambio no se de solo en las instituciones encargadas de la procuración e impartición de justicia, sino que se dé también en los planes de estudios de las universidades y de manera personal, en las personas dedicadas al Derecho.

Los derechos del imputado

Para la correcta ejecución del sistema acusatorio, se reestructuraron y complementaron los derechos del imputado, los cuales se encuentran en el apartado B del artículo 20 constitucional.

De esta forma, se indica que dichos derechos son:

• La presunción de inocencia; la cual señala que la responsabilidad del imputado tiene que ser declarada mediante sentencia emitida por e juez.

• Derecho a guardar silencio; lo cual significa que el imputado puede declarar cuando lo desee.

• Derecho a que se le informe en su detención los hechos que se le imputan y los derechos que le asisten.

• Derecho de ofrecimiento de pruebas y testigos.

• Derecho a ser juzgado en audiencia pública por un juez o tribunal.

• Derecho a que se le faciliten los datos necesarios para su defensa.

• Término justo para ser juzgado, es decir que será juzgado antes de cuatro meses o antes de un año dependiendo si la pena máxima excede o no de dos años.

• Derecho a la defensa adecuada por abogado.

• Limitación respecto a la prisión preventiva, ya que no puede prolongarse por falta de pago de honorarios.

Otro cambio importante en este apartado del artículo 20 constitucional, fue el relacionado a la desaparición de la libertad bajo caución pues como menciona Salvador Valencia Carmona en su artículo Constitución y Nuevo Proceso Penal: “…desparece no solo una garantía individual, sino un derecho humano establecido

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