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JUSTICIA ADMINISTRATIVA Y LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO


Enviado por   •  21 de Agosto de 2014  •  4.435 Palabras (18 Páginas)  •  262 Visitas

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Derecho Administrativo II

JUSTICIA ADMINISTRATIVA

Y

LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO

José Eduardo Méndez Torres

Fuad Carlos Rodríguez Ali

7º Cuatrimestre Derecho

Profesora: Lic. Virginia Chable Carrera

Contenido

7. JUSTICIA ADMINISTRATIVA 3

7.1 EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA 4

7.2 ANTECEDENTES 4

7.2.2 EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN 5

7.3 TIPO DE TRIBUNAL 7

7.3.1 NATURALEZA JURÍDICA 7

7.4 ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIA 8

7.5 PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 10

8. LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO 12

8.1 SIGNIFICACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO Y SUS FUNCIONES 12

8.2 LA RESPONSABILIDAD HOY 13

8.3 LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO 14

8.4 TIPOS DE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO 15

7. JUSTICIA ADMINISTRATIVA

La justicia administrativa se fundamenta en todos los medios legales vigentes para salvaguardar los derechos del gobernado frente a los actos de la administración pública. Actos sustentados en la jurisdicción y el derecho de tutela efectiva. Las autoridades están obligadas a hacer solamente lo que la ley les ordena, es decir, deben cumplir con las facultades que ésta expresamente les confiere.

El acto administrativo es una manifestación de voluntad, crea y modifica derechos y obligaciones por parte del Estado, la forma y contenido determinará su validez. Toda manifestación de voluntad del Estado, eso es el acto administrativo. El poder público se encuentra regulado por la ley suprema, misma que determina cómo, cuándo, dónde, es decir, regula el ejercicio del poder público en cuanto a forma y contenido. Un acto administrativo se presume legal, hasta en tanto no se demuestre lo contrario. Ahora bien, un acto administrativo eficaz, logra su objetivo aun cuando no esté fundado y motivado.

El actual derecho administrativo, al referirse al tema de la de la justicia administrativa, extiende su ámbito más allá de aquel que los autores denominan "el contencioso administrativo" y a la que se redujo durante más de medio siglo de nuestra enseñanza. Los recursos administrativos no bastan para proteger eficientemente los intereses de los particulares, pues aun que la administración pugna por controlar sus funciones es necesario establecer otros medios cuyo trámite y decisión competa a organismos ajenos a ella. Esta necesidad dio como resultado el concepto de contencioso-administrativo.

La jurisdicción administrativa consiste en tribunales o juzgados independientes del Poder Judicial y de la administración pública, a la que se atribuye el conocimiento o decisión de las pretensiones fundadas en derecho administrativo. A su vez, caben dos posibilidades:

a) Que se atribuyan a la jurisdicción el conocimiento y decisión con carácter general de los litigios administrativos, cualquiera que fuese la norma invocada como fundamento de la pretensión.

b) Que el conocimiento de los litigios administrativos se atribuya a más de una jurisdicción, que puede ser una administrativa y no las demás, o todas administrativas, en cuyo caso existirá una pluralidad de jurisdicciones administrativas.

7.1 EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (http://www.tfjfa.gob.mx) de México, es un tribunal de lo contencioso-administrativo, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, encargado de dirimir las controversias jurídicas que se susciten entre la Administración Pública Federal y los particulares,1 sin embargo, no forma parte del Poder Judicial de la Federación, dependiendo presupuestalmente del Ejecutivo Federal, situación que ha sido muy discutida durante años, al ser considerado violatorio del principio de División de poderes, aún y a pesar de que, en la práctica, el Tribunal ha brindado resultados positivos, siendo ampliamente reconocido en el medio jurídico mexicano, como organismo garante de legalidad en materia administrativa y fiscal, siendo sus sentencias recurribles ante los Tribunales Federales, por la vía del amparo directo ante los Tribunales Colegiados de Circuito.

El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de México no forma parte del Poder Judicial de la Federación, ya que dependen, respecto de su presupuesto, directamente del Ejecutivo Federal, su fundamento Constitucional lo encontramos en el artículo 73 fracción XXIX-H, que determina los siguiente: “El Congreso de la Unión, tiene facultad:… XXIX-H. Para expedir leyes que instituyan tribunales de lo contencioso-administrativo, dotados de plena autonomía para dictar sus fallos, y que tengan a su cargo dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública federal y los particulares, así como para imponer sanciones a los servidores públicos por responsabilidad administrativa que determine la ley, estableciendo las normas para su organización, su funcionamiento, los procedimientos y los recursos contra sus resoluciones”.96

El máximo ordenamiento legal del país, determina, igualmente, en el artículo 104: Corresponde a los tribunales de la Federación conocer: “…I-B De los recursos de revisión que se interpongan contra las resoluciones definitivas de los tribunales de lo contencioso-administrativo a que se refiere la fracción XXIX-H, del artículo 73 y fracción IV, inciso e) del artículo 122 de esta Constitución, sólo en los casos que señalen las leyes…”

7.2 ANTECEDENTES

La jurisdicción administrativa, como se mencionó, surge en el Consejo de Estado francés, en 1799, creado por Napoleón I, ya que se desconfiaba del Poder Judicial, ligado a la monarquía. Se pensaba que sólo la administración debía juzgarse a sí misma.

Es así como

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