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Juicios Orales

ZDFGH4 de Julio de 2014

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IMPLEMENTACIÓN DE LOS JUICIOS ORALES EN VERACRUZ

Hoy en día en nuestro país está a la mano de fenómenos sociales alarmantes, como lo es la delincuencia, , así mismo por la necesidad de cambiar de un sistema interrogante a uno acusatorio, procedimiento que facilita el balance entre el acusado y el ofendido.

La insatisfacción de la sociedad mexicana , nuestro mismo estado Veracruz, sobre el funcionamiento de la trama institucional, el cual es un excelente motivo para la implementación de los juicios orales , es por ello que cada vez los encontramos más acerca y así mismo la tranquilidad social.

Es importante señalar que los juicios orales se han convertido en un factor de suma importancia para nuestro sistema, y aun más para nuestro futuro en unos 2 años ya que es en el año 2016 cuando estos serán obligatorios en razón de la reforma del 2008 en la cual fueron aprobados , es por ello que también además de la estructura que estos tendrán, también conocer lo que estos representaran en nuestro estado.

Uno de los retos que trae consigo el cambio de sistema penal en nuestro estado es la infraestructura, donde y como se va a trabajar, las salas de juicios orales y laboratorios, los cueles deben contener condiciones especificas para que la gente que asiste a estas audiencias y así mismo los que las desarrollen, tengan las condiciones necesarias para apreciar la transparencia de estos procesos y para ello los 24 juzgados del sistema de Veracruz deben contar con al menos una sala de juicios orales.

El Código Penal Único recientemente promulgado por el presidente Enrique Peña Nieto, también representa un paso importante en la forma de impartir justicia porque crea una misma manera de ejecutar los procedimientos judiciales en todos los estados del país. No obstante y mientras se alinean todos los procesos a este nuevo marco juridico, en Veracruz se un vive un problema y es que paralelamente se usan dos códigos y dentro de poco se sumara otro mas, uno usado para los juicios del sistema tradicional y el otro que rige para los juicios orales.

Más que la capacitación, es contar con las salas de juicios orales para la Procuraduría General de Justicia (PGJ) tener los sitios para los ministerios públicos especializados, para la Secretaría de Seguridad Pública establecer debidamente las delegaciones policiales y para la Secretaría de Gobernación proveer los defensores públicos. Se ha avanzando de acuerdo con el presupuesto que dispone el Poder Judicial, y es que como declaró, el mayor problema no es adecuar el sistema penal oral veracruzano a lo que marca el código nacional porque en esencia manejan los mismos principios y no difieren mucho, el reto es tener las salas, que por sus características implican una erogación monetaria por cada una de entre 3 y 4 millones de pesos.

Se han invocado varias razones para promover la oralidad, se transita del sistema inquisitivo al sistema acusatorio, se consolidan verdaderos juicios adversariales. Razones que no resultan ser del todo ciertas, no existe una transición radical de la inquisición a la acusación, toda vez que desde que xiste el ministerio público en México, los juicios penales tienen una connotación acusatoria por la simple existencia de este personaje, la inquisición se termino desde que el juez era el único encargado de investigar y administrar justicia, por lo cual no puede ser una razón suficiente para fundamentar el cambio a la oralidad.

La primera cuestión esencial que es necesario considerar para lograr la implementación de los juicios orales en México es, sin duda alguna, la adecuación de la legislación penal secundaria. De acuerdo a lo dispuesto por el artículo segundo transitorio el sistema procesal penal acusatorio entrará en vigor cuando lo establezca la legislación secundaria correspondiente, sin exceder el plazo de ocho años.

Después

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