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Juridico


Enviado por   •  3 de Junio de 2015  •  Tesis  •  1.335 Palabras (6 Páginas)  •  200 Visitas

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"...Sólo excepcionalmente será admisible la responsabilidad patrimonial del estado derivada del error judicial cometido por las altas corporaciones de justicia y demás tribunales y juzgados en los eventos en que éste sea absolutamente evidente y no se requiera realizar ninguna labor hermanéutica para hallarlo configurado..."

1Para las personas del común, que en general poco saben dela cosa juzgada, el principio de soberanía y esas cosas quepara nosotros los abogados son tan normales, una afirmación

como la anterior, tomada de una sentencia del Consejo deEstado, resulta francamente increíble. Muchas veces sepreguntan por qué se le concede al juez una prerrogativa que ningún ser humano tiene: la imposibilidad de errar en su trabajo.

Apelando a la seguridad jurídica, que para todos nosotros resulta imprescindible, hemos terminado por obligar a soportar a unos cuantos los fallos injustos, que no necesariamente son

evidentes, olvidando la responsabilidad que sobre nosotros recae como abogados, profesores o facultades de derecho.

. La carga patrimonial que ahora creemos debe soportar el Estado por los perjuicios antijurídicos se desconoció gracias a la concepción de Estado soberano que pretendía amparar sus desmanes encubriéndose con la teoría de que el hombre está al servicio del Estado y no este al servicio de aquél. Con la aparición de las democracias en las cuales se destaca la función social del Estado y consecuentemente con los Estados de derecho se logró un desarrollo de la responsabilidad estatal hasta llegar al punto en que hoy día prácticamente todos los Estados del mundo indemnizan a sus ciudadanos por los daños que les ocasiona la administración en el ejercicio de sus funciones públicas.

"La Responsabilidad al Estado por los daños causados a particulares por el hecho de las personas que emplea en el servicio público, no puede regirse por los principios establecidos en el código civil para las relaciones de particulares a particulares;...no es ni general ni absoluta;...tiene sus reglas especiales que varían según las necesidades de conciliar los derechos del Estado con los derechos privados"

Aparece luego en el ámbito jurídico la teoría de la representación: el órgano representa a la persona jurídica ya que esta lo designa para que actúe en su nombre, con lo cual surge la teoría organicista que diferencia los agentes de la persona moral, los directores y representantes (depositarios de la voluntad) y los auxiliares o dependientes (no representan la voluntad); este planteamiento fue revaluado por la dificultad de diferenciar claramente entre unos y otros, lo que sería necesario para evaluar correctamente el tema de su responsabilidad.

ORÍGENES DEL ERROR JUDICIAL

En Roma no encontramos ningún antecedente que nos pueda hacer pensar que se concebía la institución del error judicial y mucho menos encontramos algo que siquiera se asemeje a la indemnización basada en esa figura. Para ellos el error se limitaba a un problema en el consentimiento; esto pudo deberse quizá a que el jurisconsulto emanaba su poder directamente del soberano. En la edad media encontramos algunas referencias que se circunscriben básicamente a casos aislados, como afirmaba el autor italiano Giuriati en su obra “Los Errores Judiciales. Diagnosis y Remedios”, existen antecedentes bibliográficos que dan cuenta de sonadoserrores judiciales como por ejemplo Martirium SebastianiNovelli escrito por Triviso en 1480 y que narra la historia de la anulación de un juicio irregular en el que los reos fueron condenados a penas de muerte complejas cuando debieron haber sido condenados únicamente a la hoguera, lo cual se solucionó mediante un juicio posterior; como antes se dijo, estos constituían casos completamente aislados y no porque exactamente se tuviera al error judicial como conceptogeneral;

LA RESPONSABILIDAD ESTATAL EN COLOMBIA

En el siglo XIX se encuentra un pobre desarrollo legal acerca de la responsabilidad derivada de los daños que el Estado puede causar en ejercicio de sus funciones a los particulares, como ejemplos concretos podríamos citar básicamente dos leyes: la ley sancionada el 21 de mayo de 1851 que trata de la libertad de los esclavos y que consagra indemnizaciones

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