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Fin jurídico


Enviado por   •  28 de Febrero de 2013  •  922 Palabras (4 Páginas)  •  323 Visitas

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Fin jurídico

Los fines del derecho son la justicia el bien común y la seguridad jurídica. El fin del derecho es resolver que solo así puede haber seguridad jurídica.

JUSTICIA:

A mediados del siglo VI a C. Simonides de Ceos (556-467 a C.) Formulo la primera definición de justicia que conocemos en el mundo occidental y debemos recordarla con reverencia porque a partir comienza la especulación científico jurídica. Simonides definió la justicia como el acto de devolver a cada uno lo que se le debe.

Aristóteles afirma que la justicia es una especie de proposición matemática a partir de esta idea distingue clase de justicia en razón de las características proporcionales que abarcan. En el libro de V de su Ética Nicomaquea afirma que la justicia correctiva se establece según la proporción aritmética.

FORMAS DE JUSTICIA.

En la doctrina contemporánea se especifican tres clases de justicia:

Justicia conmutativa: se desenvuelve principalmente en el campo del derecho privado. Consiste en la igualdad del derecho o del valor entre lo dado y lo recibido en las relaciones de intercambio, ya sean bienes o servicios.

Justicia distributiva: se presenta en las relaciones entre personas y la sociedad de la que forman parte. Aquello que las personas y la sociedad tienen como suyo no son bienes específicos, sino partes proporcionales que les corresponden de todo en el que están integrados. No se entregan partes iguales a todos los miembros, sino proporcionarles en razón que les corresponde.

Justicia legal: es aquella que se subordina a la lógica deóntica en la que si se cumple con el precepto legal, entonces se está haciendo justicia.

BIEN COMUN.

Aristóteles afirma” aunque sea el mismo bien del individuo y el de la ciudad, es evidente que es mucho más grande y perfecto alcanzar y salvaguardar el de la ciudad; porque procurar el bien de una persona es algo deseable, pero es más hermoso y divino conseguirlo para un pueblo y para ciudades.”

A partir de esta afirmación Tomas de Aquino genera la noción del bien común: es el fin de las personas individuales que viven en comunidad, como el bien del todo es el fin de cada una de las partes.”

La racionalidad jurídica romana considera que son comunes aquellas cosas que por ius naturalea, no son susceptibles de apropiación privada o pública por ejemplo el aire que respiramos o el agua corriente de los ríos. Por otra parte reconoce que existe lo que pertenece a una comunidad y se emplea por todos los miembros de la misma.

En la actualidad la noción del bien común ha sufrido varias mutaciones. De ser una idea desarrollada por los teólogos ha pasado a ser parte del vocabulario humano.

SEGURIDAD JURIDICA.

La seguridad jurídica es una garantía otorgada a los ciudadanos por que la adquiere la certeza de su situación jurídica no será modificada sino solo por medios

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