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Justicia De Paz

yamclaret23 de Abril de 2014

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Justicia de paz

Es una persona electa por su comunidad, que de forma voluntaria y sin costo alguno crea puentes de comunicación como conciliadores entre las partes en conflicto para el logro de acuerdos que solventen la situación. El objetivo principal es lograr la justicia del caso y garantizar la convivencia pacífica de los miembros de la comunidad.

Fundamentación Legal

El fundamento legal de la Justicia de Paz se encuentra en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo178, Ordinal 7 y Artículo258, y en la Ley Orgánica de la Justicia de Paz, vigente desde el 1 de diciembre de 1994, que tiene por objeto regular todo lo

Relativo a la Justicia de “Son de la competencia del Municipio el gobierno y administración de sus intereses y la gestión de las materias que le asigne esta Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilina ría con criterios de equidad, justicia y contenido de interés social, de conformidad con la delegación prevista en la ley que rige la materia, la promoción de la participación, y el mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la comunidad, en las siguientes áreas”:

Ordinal 7: “Justicia de paz, prevención y protección vecinal y servicios de policía municipal, conforme a la legislación nacional aplicable”.

Características

• La justicia de paz se

Orienta a la resolución de controversias entre los miembros de la comunidad.

• Sin necesidad de trámites largos y costosos, a través de la mediación, la conciliación, la negociación y la búsqueda de

Acuerdos, preferiblemente por la propia voluntad de las partes.

• El juez de paz tiene el reto de conocer la opinión, los requerimientos y las circunstancias de las partes, apoyándose en el

Análisis de los principales aspectos sociales, comunitarios, familiares, educativos y psicológicos de los involucrados.

•Es una diferencia de la justicia ordinaria, que valora principalmente aspectos jurídicos.

Diferencia entre cultura litigiosa y cultura de entendimiento

Cultura Litigiosa

El sistema jurídico, especialmente en su faz judicial, tiene un objetivo abstracto como es el de "descubrir la verdad"; con lo que no siempre se soluciona el problema, menos aún en forma rápida y económica, como le es necesario al hombre común, al ciudadano, al hombre de negocios, quienes desean dejar el conflicto atrás, terminar con el mismo para poder así¬ continuar con su vida normal, con mayor razón si el litigio es con alguien a quien deben continuar viendo o con quien debe o le convendrá seguir manteniendo relación.

Cultura de Entendimiento

Un conjunto de características muy elevadas como pueblo; que términos generales, tiene la facultad de pensar y razonar para solucionar de manera pacífica y sin traumas sus conflictos. Más concretamente, es la capacidad humana de penetrar en las cosas sensibles y abstraer de ellas lo universalmente representando en forma inteligente a modo de luz que ilumina la verdad que está en las cosas procedentes de las relaciones propias entre los seres humanos, para mantener una convivencia de forma pacífica, que sirva de contención a los deseos egoístas y personalistas existente en cualquier individuo.

Diferencias

De acuerdo a los planteamientos anteriores, nuestra sociedad aún se encuentra enferma, y urge que encontremos el remedio para su curación.

Necesitamos cambiar la cultura litigiosa en que estamos inmersos, por una cultura de entendimiento, para así¬ vivir en paz y construir nuestro futuro y el de nuestros hijos en un ambiente de armonía y

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