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Justicia De Paz


Enviado por   •  8 de Octubre de 2013  •  1.687 Palabras (7 Páginas)  •  229 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PFG ESTUDIOS JURIDICOS EJNN5

SEDE BOLÍVAR

JUSTICIA DE PAZ

PROFESOR BACHILLERES

KARELIS VAZQUEZ CAÑA MARIA CI 4978926

DUERTO JAVIER CI 14145442

FLORES YULEIMA CI 15347720

GUEVARA YUMELI 12188054

LEON YOSMER 9894934

RIVERO JOSE 12600126

VIVAS RAFAEL 8854012

CIUDAD BOLÍVAR ABRIL 2013

La justicia de paz es un mecanismo mediante el cual se solucionan los inconvenientes que surgen en la comunidad, es decir que es una herramienta para solucionar pequeños conflictos que se succitan en el devenir de las relaciones personales y cotidianas entre vecinos y familiares

Sus antecedentes se encuentran en anteriores constituciones. Inicialmente en la CONSTITUCION DE ANGOSTURA DE 1819 redactada por el Libertador SIMON BOLÍVAR que en su articulo 8 reconoce la figura del JUEZ DE PAZ y luego en la constitución de 1830 se reconoce esta figura en su articulo 178.

Su regulación fue de una manera distinta a la que hoy conocemos al considerarsele como integrante del poder judicial y reconocérseles competencia en materia civil y penal

Durante el siglo XX ,la figura del juez de paz cae poco a poco en Venezuela en desuso, inclusive con la entrada en vigencia de la constitución de 1945 y el proceso de nacionalización de la justicia lo cual implico la centralización total del poder judicial a favor de la Republica y la supresión de los sistemas estatales y municipales . La figura del JUEZ DE PAZ desaparece totalmente, sin embargo con la reforma de de la LEY ORGANICA DEL PODER, LA JUSTICIA DE PAZ vuelve a incorporarse en el proyecto de reforma a esa ley

Debido a la crisis del poder judicial esta ley fue derogada varias veces y es en 1999, que es reconocida en la Constitución.

ARTICULO 256 DE LA CONSTITUCION

LA LEY ORGANIZARA LA JUSTICIA DE PAZ EN LAS COMUNIDADES. LOS JUECES Y JUEZAS DE PAZ SERAN ELEGIDAS Y ELEGIDOS POR VOTACION UNIVERSAL DIRECTA Y SECRETA CONFORME A LA LEY. LA LEY PROMOVERA EL ARBITRAJE, LA CONCILIACION, LA MEDIACION Y CUALQUIERA OTROS MEDIOS ALTERNATIVOS PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

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