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LA ADMINISTRACION PUBLICA DE LOS CENTROS DE READAPTACION SOCIAL

Paao_cas6 de Abril de 2015

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INTRODUCCION

El estudio del presente trabajo es la forma de administrar nuestro sistema penitenciario, si es correcta o no la manera en que se hace, si en verdad logran el objeto que es la readaptación social de los reclusos.

Cuando se realiza un estudio es necesario comenzar por los orígenes de aquello que estamos investigando, como se podrá observar partiremos de las ideas antiguas de venganza que fueron realizadas entre civilizaciones de hace ya varios siglos, posteriormente veremos como la evolución de los pueblos llevo a que esta venganza fuese mas limitada y fue así como surgió la muy conocida ley del Talion. Además trataremos de la pena privativa de la libertad, así como de los regímenes penitenciarios.

Pero también tomaremos como parte de nuestro estudio a los reclusorios, los cuales analizaremos en sus dos modalidades que podemos encontrar que son el reclusorio de autogobierno y el tipo.

El problema de investigación es en los Centros de Readaptación Social en el Estado de Veracruz, analizara la forma de administrar dichos Centros Penitenciarios, observara la manera en que trabajan, si es acorde a la ley, si funciona la manera en lo que lo hacen, si cumplen con el objetivo que es la Readaptación Social, entre otras cosas.

Lo anterior en virtud de que como ya sabemos son mucho los problemas que se presentan en dicho Centros de reclusión como lo son: La corrupción, la sobrepoblación, la seguridad del personal, las enfermedades, entre otros; lo cual se ve reflejado en que no cumplen con el objetivo principal que es la de la readaptación.

HECHOS HISTÓRICOS

La imposición de las penas y durante la larga trayectoria de la vida humana, ha tenido diversidad de aplicaciones, en los tiempos primitivos se imponían con tanta barbarie, recordemos que esta se inicia con la venganza, después la ley del Talión, que trato de frenar un poco los excesos que se daban en la ejecución y posteriormente surge un periodo caracterizado por un trato mas humanitario, encontramos que se trata de eliminar a la dureza de la pena, tratando de hacer un estudio del delincuente para saber el porque del crimen y de esta forma llevarlo a su readaptación.

La venganza

“Cuando se hacía víctima de un delito o acto criminal a un individuo de otro grupo, la víctima y sus parientes castigaban por mano propia al autor y a su grupo familiar”; esto se daba en tiempos más remotos cuando aun no existía el estado, la función penal recubría el aspecto de una venganza que se daba por parte del ofendido en contra de su agresor que se le castigaba por propia mano del ofendido quien no tenía una limitación y en la mayoría de los casos llegaba a causar un mal mayor del que había recibido, afectando esta venganza a la misma familia del agresor.

La venganza divina

Surgió a partir de que el estado como tal, tenia un poder de sometimiento sobre sus gobernados y en esta circunstancia el estado se daba facultades argumentando “ser autoridad en el conocimiento de dios y castigando a los delincuentes en el nombre del mismo; apareciendo la pena como medio para extinguir el pecado y poder ser reintegrado a su lugar de origen, durante su ejecución se cometían toda clase de atropellos en contra de los inculpados que no tenían defensa alguna ante los abusos que se cometían contra ellos ya que era la iglesia la que castigaba, la palabra de un inculpado no tenía ningún valor ante la de la iglesia.

La pena privativa de la libertad

Periodo a favor de los delincuentes, considerando especialmente que la sanción debería de tener por objeto la corrección del delincuente, las penas privativas de libertad han desplazado a la pena de muerte como instrumento de prevención del delito, convirtiéndose de este modo en la principal herramienta del estado para combatir a la delincuencia.

Las penitenciarías para reclusión de los criminales fueron creadas como reacción de las sociedades en contra de los excesos que se daban en la aplicación de las penas anteriores y para evitar estos abusos se crearon centros de reclusión en los cuales se encontraban los delincuentes para evitar que delinquieran nuevamente.

CONFORMACIÓN DEL SISTEMA PENITENCIARIO EN EL ESTADO DE

VERACRUZ

“El sistema penitenciario del Estado de Veracruz está conformado de 22 centros de readaptación social. Las poblaciones donde se encuentran ubicados los centros de readaptación social, corresponden a las sedes de las cabeceras de los distritos judiciales que componen el ámbito territorial del Poder Judicial del Estado.”

Los centros de readaptación social, son los siguientes:

Pánuco, Ozulama, Tantoyuca, Huayacocotla, Chicontepec, Tuxpan, Poza Rica, Papantla, Misantla, Jalacingo, Pacho Viejo, Coatepec, Huatusco, Amatlán de los Reyes, Orizaba, Zongólica, Veracruz, Cosamaloapan, San Andrés Tuxtla, Acayucan, Coatzacoalcos y Perote.

“Dentro del procedimiento penal corresponde al Ejecutivo del Estado a través de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social, la etapa de la ejecución que comprende desde el momento en que causa ejecutoria la sentencia de los tribunales, hasta la extinción de las sanciones aplicadas por la comisión de alguna conducta ilícita tipificada en el código penal y otros ordenamientos similares.”

La autoridad judicial es la que se encarga de aplicar las sanciones y estas son ejecutadas por las autoridades competentes con los propósitos de asegurar la defensa social y obtener la readaptación del sentenciado. La ley que nos rige es la de Ejecución de Sanciones y el Reglamento de los Centros de Readaptación Social del Estado de Veracruz. La aplicación de esta ley le corresponde al ejecutivo del Estado, a través de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social.

DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN Y READAPTACIÓN SOCIAL

Es la que se encarga de la prevención de conductas ilícitas y de la ejecución de las sanciones correspondientes a los delitos con el fin de alcanzar la readaptación social de los sentenciados, y evitar la desadaptación social de los procesados. Sus funciones son:

• Desarrollar políticas que en materia de prevención del delito disponga el ejecutivo estatal, además de programas de readaptación.

• Cuidar la operación y administración de los centros de readaptación.

• Aplicar a los reos tratamientos que estén basados en la dignidad humana, capacitación para el trabajo, la educación, la convivencia familiar.

• Ordenar y supervisar que se les imparta a los reos educación especial dentro de los centros de readaptación.

• Establecer y administrar dentro de estos centros, unidades industriales, artesanales o de trabajo destinadas a la capacitación de los internos.

• Otorgar los beneficios de libertad condicional, remisión parcial de pena y su proliferación, autorizar el traslado de los internos que estén a disposición del ejecutivo estatal.

• Llevar el casillero judicial del estado, proporcionar a las autoridades que lo soliciten los antecedentes penales y facilitar la identificación judicial de los mismos.

Cuenta con un consejo técnico interdisciplinario con funciones consultivas, para la prevención de conductas ilícitas, la aplicación individual del sistema de tratamiento, la ejecución de médicas preliberacionales y la concesión de los beneficios de libertad prevista en esta ley.

“El consejo técnico se integrará con los especialistas en criminología, psiquiatría, derecho, trabajo social, psicología, pedagogía, supervisión y custodia que sean designados por el Director General, quien además podrá invitar a las sesiones del consejo técnico como observadores a representantes de las instituciones.

MEDIDAS DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN SOCIAL

El sistema de prevención social debe basarse en ciertas medidas para la prevención social, las cuales son:

• Planear, programar, supervisar, evaluar y difundir la ejecución de las políticas que en materia de prevención del delito y respeto absoluto a los derechos humanos, le corresponde dictar al ejecutivo estatal.

• Organizar y celebrar eventos nacionales e internacionales relacionados con las causas y prevención del delito.

• Difundir las causas que influyeron en la comisión de los delitos, proponer y aplicar sus recomendaciones.

INGRESO AL CENTRO DE RADAPTACIÓN SOCIAL

Respecto al método que se sigue en cuanto al ingreso a los centros de readaptación social del reo, se realizará solamente por:

• Por consignación del Ministerio Público, ante la autoridad competente.

• Por resolución judicial. Inmediatamente de que ingresa el interno es examinado para poder conocer como se encuentra física y mentalmente, su grado de preparación, la habilidad con que cuenta y su capacidad física.

EXPEDIENTE DEL INTERNO

Para poder llevar un control de los reos se crea un expediente el cual deberá ser totalmente personal y el cual tendrá que llevar los siguientes datos:

• El nombre, sexo, edad, lugar de origen,

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