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LESIONES GRAVES


Enviado por   •  5 de Mayo de 2014  •  444 Palabras (2 Páginas)  •  280 Visitas

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LESIONES GRAVES

CASO HIPOTETICO

El día 25 de Julio del 2014, a las catorce horas con treinta minutos, aproximadamente, Wilmer Tejada estuvo a inmediaciones de su domicilio junto con su amigo Andrés Miranda, los dos vestían camisetas del club Sporting Cristal , y en ese momento Percy Gómez y otras personas bajaron de una mototaxi, y el referido acusado le lanzó una varilla de fierro a la cabeza del agraviado, pero como éste la esquivó, el citado objeto le golpeó en la clavícula izquierda dejándolo mal herido.

Conforme es de verse del certificado médico legal, se concluyó que el agraviado presentó lesiones traumáticas de origen contuso y requirió de cinco días de atención facultativa por treinta días de incapacidad.

PRIMERO: El delito contra la vida el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo ciento veintiuno, inciso tres del Código Penal, se configura cuando el agente causa a otro un daño que requiera treinta o más días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa.

Calificación jurídica.-

El supuesto fáctico antes descrito ha sido calificado jurídicamente por la fiscalía como delito contra la vida el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones graves, tipificado en el artículo 121, inciso 3) del Código Penal.

El bien jurídico protegido

Por este tipio penal es la integridad corporal y la salud de las personas.

Sujeto Activo: Wilmer Tejada

Sujeto Pasivo: Percy Gómez

Tipicidad subjetiva:

Se requiere la concurrencia del dolo, es decir, que el sujeto actúe con conocimiento y voluntad de causar la lesión leve.

JUICIO DE SUBSUNCION:

Los hechos aceptados por el acusado se subsumen en el tipo penal de lesiones graves, previsto en el artículo 121, inciso 3) del Código Penal.

Así se tiene que ésta acreditada la existencia de las lesiones graves causadas por el acusado al agraviado, con el certificado médico legal, en el cual se concluyó que el agraviado presentó lesiones traumáticas de origen contuso y requirió de cinco días de atención facultativa por treinta días de incapacidad; así como el acusado ha reconocido que tuvo el conocimiento y voluntad de realizar dichas lesiones.

ANTIJURIDICIDAD

En el presente caso la conducta del acusado no encuentra causas de justificación ni de inculpabilidad, previstas en el artículo veinte del Código Penal.

PETICIÓN DE PENA

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