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LOGICA JURIDICA


Enviado por   •  18 de Octubre de 2015  •  Tareas  •  887 Palabras (4 Páginas)  •  114 Visitas

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LOGICA JURIDICA

(5 DEFINICIONES)

  1. Francisco Miró Quezada y Ceorge Kalinowski, citados por José Fernando Velásquez Carrera, sostienen que la lógica jurídica es una aplicación de la lógica general o aristotélica en la ciencia jurídica y a la controversia jurídica, cuyo objeto de estudio es el raciocinio jurídico.[1] 

  1. Eduardo Carda Máynez, Miguel Sánchez-Mazas y Ducci, citados por José Fernando Velásquez Carrera, manifiestan que es una rain a de una lógica general de las normas (una lógica deóntica), y como tal un complemento de la lógica general de enunciados apofánticos que estudia los conceptos, los juicios y los raciocinios jurídico.[2]
  1. Jaime Balmes indica que la lógica es arte en cuanto prescribe las reglas para dirigir el entendimiento al conocimiento de la verdad, y es ciencia al justificar o fundamentar dichas reglas.[3]
  1. Juan José Sanguineti, determina que la lógica es arte y ciencia a la vez; como arte tiene un fin práctico: instrumento para conocer rectamente, y como ciencia tiene un fin especulativo: describir la manera de pensar del hombre, cuyo objeto son las propiedades o las relaciones lógicas, que las reputa como entes de razón.[4]
  1. Benlloch !barra y Tejedor Campomanes manifiestan que la lógica como ciencia estudia las formas generales del pensamiento (concepto, juicio y raciocinio), y como arte estudia las normas para pensar rectamente.[5]

NORMA JURIDICA

(5 DEFINICIONES)

  1. Para Aníbal Torres, (pág. 134) la técnica jurídica es la aplicación del resultado de la ciencia jurídica, esto es de los conocimientos aportados por la ciencia jurídica a la construcción de los preceptos jurídicos; en otros términos: es la tarea legislativa que crea las normas del derecho positivo basándose en los conocimientos dela ciencia jurídica. La técnica jurídica comprende la elaboración de las leyes, su interpretación, su integración y aplicación.

  1. Para Víctor García (1995, pág. 64), la técnica jurídica comprende cuatro aspectos: Técnica de elaboración, técnica de interpretación, técnica de aplicación y técnica de integración. Agrega además, que el objetivo principal de la técnica de elaboración se centra en dotar al legislador, en sentido lato, de fórmulas genéricas que permitan la dación de las normas jurídicas lo más coherente y lógica posible. Se trata de alcanzar una elaboración científica en oposición a la elaboración "libre" y vulgar del lego en Derecho. Esta posibilidad se manifiesta a través de una doble noción. Interna y externa. La noción interna, alude a los procedimientos intelectuales dirigidos a hacer "realizable" la norma jurídica en el ámbito dela vida social. Se trata de elementos teóricos-doctrinarios que hacen referencia al contenido mismo de las normas y que la inspiran. Esta comprende dos aspectos: a) El estudio de las categorías jurídicas: presunciones, ficciones, conceptos, definiciones y construcciones; y b) estudio de codificación, que permite la unificación de diversas ramas del derecho, en nuestra legislación tuvo su génesis el Código de napoleón (1804). La noción externa, hace referencia a los aspectos endógenos de la norma. Ello comprende la plenitud sociológico-política, la unidad legislativa, el lenguaje y el estilo.

  1. Herber Lionel Adolphus Hart, ingles (1907-1992), inicia su conceptualización acerca de norma jurídica como una crítica a las tesis expuestas por su compatriota John Austin, quien expresaba su teoría imperativista de que la norma jurídica es exclusivamente órdenes emanadas de un soberano. Hart critica esto al exponer que no son ni las ordenes ni los mandatos el componente principal del mundo jurídico, sino que son las reglas su carácter más relevante; es decir, la norma jurídica es sinónimo de reglas de regulación social. Avanzando en su tesis, Hart menciona que estas normas/reglas se dividen en dos categorías:
  • Reglas Primarias: Son las que imponen deberes, ya sean estos, positivos o negativos. Y el sujeto debe ajustarse a estas para poder actuar en el marco legal en el que desarrolla su vida.
  • Reglas secundarias: Otorgan potestades, tanto públicas como privadas. Con el uso de estas los sujetos pueden crear, modificar, transferir o extinguir efectos de las reglas primarias.
  1. La NORMA JURÍDICA es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. / Es un juicio lógico, valorativo del deber ser. www.buenastareas.com/materias/5-conceptos-de-norma-juridica-por.../0
  1. La norma jurídica se puede imponer por la fuerza, la sanción es segura. Tiene como fin la justicia y es igual para todos. En hile, la norma jurídica debe estar escrita ser conocida. Las normas jurídicas constan de estatalidad, es decir, las hace el estado. También existen otro tipo de normas, normas morales, sociales, religiosas, etc, a las normas jurídicas, sólo le importan las relaciones jurídicas y los hechos jurídicos anteriormente explicados. No obstante, hay casos en que a las normas jurídicas sí les importa relaciones no jurídicas, que se toman en cuenta para fines jurídicos. (por ejemplo, la amistad es una relación no jurídica que puede ser tomada en cuenta para echar a una juez si éste es amigo de una de las partes. www.buenastareas.com/materias/5-conceptos-de-norma-juridica-por.../0

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