La Condicionalidad En La CID
Marce39829 de Agosto de 2011
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En las relaciones internacionales existen diversas áreas en las que se dan interacciones entre los actores pertenecientes al sistema internacional. La cooperación internacional para el desarrollo (CID), es una de ellas, en la actualidad sus características han cambiado debido en parte a preponderancia que se le da en la agenda global.
En este contexto la CID se presenta como “un instrumento de acción conjunta practicada por diversos actores internacionales, se ha caracterizado a través de su trayectoria por procurar conseguir una amplia gama de objetivos, que pueden ir desde propósitos “transparentes” sustentados en principios desarrollistas y solidarios, hasta aquellos de matiz “oscuro” con fines políticos, económicos o geoestratégicos a favor del donante”.
Ante esto podemos decir que la CID si bien genera formas de interconexión y colaboración entre los actores involucrados, de igual forma se genera condiciones que no en todos los casos tenderán hacia fines de desarrollo puramente, es decir, los intereses de los países donantes jugaran un papel importante en este sistema de la CID, y estos pueden ser de distinta índole como lo menciona el autor.
En un sentido más histórico también se habla de cómo se han ido modificando los objetivos de la CID de acuerdo a los diferentes contextos que ha atravesado, así como de otros factores tanto internos (de los donantes) como pueden ser la voluntad política y financiera así como la importancia que se le dé en su agenda de política exterior.
El autor en este apartado también habla de lo que se puede considerar la discrecionalidad por parte de los donantes, puesto que “en el otorgamiento de AOD, la orientación geográfica de estos recursos históricamente no ha sido dirigida en todo momento a los países más pobres o con mayores necesidades. En lugar de ello, han sido los países más pobres o con mayor relevancia política, geoestratégica, económica o en materia de seguridad respecto a los donantes, quienes se han beneficiado mediante AOD en mayor cuantía y proporción respecto al resto de los países en desarrollo del planeta”.
Un elemento importante dentro de la cooperación internacional para el desarrollo es la condicionalidad política, por la cual se entiende “al conjunto de requisitos de carácter político dictados por los donantes, ya sea en el plano bilateral o multilateral, que los gobiernos de los países receptores deben cumplir, como compromiso inherente al hecho de haber recibido apoyo externo”.
Dentro de la CID es importante tener en cuenta este elemento por las implicaciones que tiene al llevarla a cabo, ya que es utilizado como un importante instrumento de poder, que contribuye para poder influir en cuestiones de índole interno del país receptor, esto es principalmente impuesto por los países poderosos.
A finales del siglo XX, la condicionalidad cambio junto con la dinámica de cooperación, ya que en la época de Guerra Fría, esta era utilizada para afianzar relaciones con los países aliados a cada bando contendiente, sin embargo, al finalizar se establecieron nuevas finalidades.
Estos nuevos parámetros para otorgar ayuda se dieron en torno a propósitos que intentaban conseguir reformas económicas, así como promoción de democracia, derechos humanos y buen gobierno, aquí es donde se denota la transición que trajo consigo en materia de cooperación el nuevo orden mundial.
Este cambio de modalidad de colaboración fue producto de la transformación del entorno económico internacional, en línea con esto, los principales organismos financieros como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional rediseñaron sus políticas para la concesión de préstamos o créditos a los países solicitantes.
Es en esta dinámica multilateral donde se observa como la condicionalidad se desempeña como elemento clave para ejercer presión sobre los países miembros que deseen obtener su ayuda. De esta manera se da como una de los principales cambios en las políticas de ayuda los requerimientos hechos por estas instituciones financieras.
Por tanto, es evidente que la condicionalidad, entendida como el costo político colateral que el receptor debe obligatoriamente aceptar tras recibir colaboración externa (ello, en sentido opuesto respecto al espíritu y principios de la CID), constituye “el lado oscuro de la cooperación”.
Las sanciones económicas se llevan a cabo como elemento dentro de la condicionalidad y en el marco de la ayuda como un instrumento que les permite a los donantes ejercer poder hacia los países del Sur, con el objeto de que estos lleven a cabo las exigencias que se les solicite.
En un contexto de globalización estas tiene severas repercusiones para estos países, por tanto aunque en si su finalidad sea castigar ciertas conductas o incumplimiento de ciertos requisitos, llevados o no a cabo por los gobiernos de estos países, afectaran a los sectores que más requieren de esta ayuda proveniente del exterior.
En el nuevo orden mundial las transformaciones en materia de cooperación también se hacen evidente, estas se muestran claramente en lo referente a la condicionalidad, para ello el autor plantea la su división de acuerdo a sus objetivos en dos grupos: el primero se refiere a aquellos objetivos transparentes y el segundo abarca las “intenciones” en torno a intereses estratégicos.
Dentro de los primeros se toman en cuenta tres consideraciones: el colapso de la URSS que propicio un nuevo ambiente de mayor consenso para que occidente promoviera con mayor rigor a escala global la democracia, así como libertades individuales y valores políticos, los cuales se constituyeron como elementos esenciales de la agenda política, económica y de cooperación mundiales.
En segundo lugar las potencias occidentales y sus organismos multilaterales (FMI y BM) promovieron y exigieron a sus socios reformas estructurales; y la ultima justificación de este cambio en su política de condicionalidad a la ayuda fueron los movimientos democráticos en los países del Sur .
En cuanto a las justificaciones “oscuras” entran aquí razones tales como: la reorientación de grandes montos de ayuda e inversiones de países de Europa Oriental y Central tras reducir los flujos de capitales hacia el Sur; por otra parte esto le permitió justificar la reducción de la AOD de manera discrecional a determinados países. Por otra parte, se procuro legitimar el sistema internacional de ayuda en el cual no se apoya al menos favorecido, mediante la inclusión de condicionantes impuestos en una dinámica de incentivos y castigos. La última directriz se refiere al mecanismo para procurar influenciar en las políticas internas de países en desarrollo.
La condicionalidad no sólo se da por parte de los países donantes que como ya se dijo, juegan un papel relevante en el sistema de la CID en tanto que son estos los que imponen las condiciones de la ayuda, sino también los países receptores debido a que de igual manera tienen intereses involucrados en esta dinámica, como la inserción en el sistema político financiero internacional.
En este orden de ideas, la dinámica de la condicionalidad de la CID difiere dependiendo de los intereses de los donantes, aun en el marco del referido orden global en torno a la promoción de los derechos humanos, la democracia y el buen gobierno, en virtud de que en la realidad los intereses particulares de los donantes recurrentemente se han impuesto a la promoción irrestricta de estos tres propósitos supuestamente prioritarios de la agenda global.
En consecuencia, como nos podemos dar cuenta el énfasis que se hace en señalar que los intereses de cada uno de los países donantes prevalecen frente a las necesidades que se plantean en el marco de un desarrollo global, bajo la concepción de que son estos Estados los que pueden ofrecer los lineamientos para lograr por el nivel de desarrollo de sus sociedades.
Las nuevas tendencias de la CID traen como resultado inherente la evolución de la condicionalidad, en este plano se puede decir que, las situaciones actuales han llevado a esta a reestructurarse, ejemplo de ello lo tenemos en el marco de la seguridad ahora esta adquiriendo mayor importancia por lo que significa para los países del Norte.
Lo preocupante es que en la agenda internacional, la seguridad del Norte predomina respecto a la del sur, lo que genera que el sistema internacional de cooperación tienda a privilegiar aquellas estrategias que desde el Norte puedan generar beneficios a su hemisferio y tras ello, en una etapa posterior, hacer lo propio en el Sur.
En lo que respecta a derechos humanos se remarca la importancia de actores como la UE y sus instituciones, debido a su consideración como promotor en la aplicación de sanciones a terceros Estados, a través de un marco jurídico establecido.
Existen antecedentes de instrumentación jurídica tales como El Convenio de Lomé, que sirvieron para la establecer una regulación jurídica efectiva, la evolución y la firma de diversos acuerdos favoreció a la implementación de un sistema regulatorio en materia de cooperación por parte de la UE.
De este modo en pocos años se ha presentado un cambio trascendental en cuanto a la definición de los criterios para delimitar o precisar los ámbitos o temáticas en que la nueva condicionalidad de la CID se aplicaría a partir de la década de los noventa, consistente en que dichos criterios y la posibilidad de sanción por su incumplimiento serian precisados en instrumentos de derecho internacional incluidas en acuerdos internacionales sobre cooperación internacional.
Tanto las cláusulas como las sanciones, en
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