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La Intendencia de Aduanas


Enviado por   •  27 de Abril de 2015  •  Síntesis  •  589 Palabras (3 Páginas)  •  278 Visitas

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La Intendencia de Aduanas, es la dependencia encargada de desarrollar y aplicar las competencias que la SAT tiene en materia aduanera, como tal, será responsable de administrar el Sistema Aduanero guatemalteco, debe velar por el cumplimiento de la legislación aduanera vigente, así como de los convenios y tratados internacionales suscritos y ratificados por Guatemala. Son funciones de la Intendencia de Aduanas, que desarrollará bajo las orientaciones estratégicas del Superintendente, las siguientes:

1) Emitir, analizar, modificar, implementar, verificar y evaluar la aplicación de normas técnicas y administrativas internas, manuales, procedimientos y directrices relativos a su competencia en las dependencias con funciones de ejecución;

2) Planificar y evaluar las actividades de las Divisiones de Aduanas de las Gerencias Regionales y las Aduanas del país, y establecer conjuntamente con éstas sus objetivos y metas;

3) Coordinar con los órganos y demás dependencias de la SAT, las acciones necesarias para la correcta aplicación de las leyes tributarias y aduaneras;

4) Formular, coordinar y evaluar la ejecución de los planes y programas relativos a su competencia;

5) Formular, participar y ejecutar ó coordinar la ejecución de proyectos de mejora administrativa y eficacia institucional relativos a su competencia;

6) Establecer en materia de su competencia, las directrices y. lineamientos para que las dependencias con funciones de ejecución, tramiten y resuelvan las solicitudes que planteen los contribuyentes a la SAT;

7) Cumplir y verificar que se cumplan las normas contenidas en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su Reglamento, Leyes, Reglamentos, Acuerdos y disposiciones que rigen la materia aduanera o estén relacionados con ella;

8) Elaborar y coordinar la aplicación de la normativa relativa al trato de las mercancías que por el ejercicio de las competencias que le otorga la legislación aduanera, se encuentren en poder de la SAT en su calidad de entidad encargada de administrar y aplicar el sistema aduanero nacional;

9) Administrar el Sistema de Análisis y Gestión de Riesgo, con el objetivo de optimizar los procesos y controles aduaneros;

10) Participar con las autoridades competentes, en la definición de los criterios de clasificación arancelaria de las mercancías, para la correcta aplicación del Arancel Centroamericano de Importación y de los Aranceles Preferenciales, contingentes arancelarios, cláusulas de salvaguardia, exenciones objetivas, restricciones y prohibiciones y cualesquiera otra disposición de carácter arancelario y no arancelario aplicables a los regímenes aduaneros, para su utilización oficial;

11) Planificar y coordinar las acciones en materia de prevención y actuación contra la defraudación y el contrabando aduanero;

12) Participar en representación de la SAT en el proceso de preparación o elaboración de convenios, acuerdos o tratados internacionales y en las relaciones internacionales en materia de su competencia; así como en la revisión ó elaboración de proyectos de ley, reglamentos, dictámenes, acuerdos internos y otros;

13) Ejercer las competencias que le asigna la legislación tributaria y aduanera vigente en materia del procedimiento administrativo;

14) Suscribir los convenios de constitución de fianzas, sus ampliaciones y cualesquier otro convenio o documento relacionados con la constitución de garantías, para caucionar a la Administración Tributaria los Derechos Arancelarios a la Importación, el Impuesto al Valor Agregado u otros tributos aplicables al comercio exterior;

15) Elevar al Superintendente de Administración Tributaria las propuestas de modificación a la normativa interna que estime conveniente cuando no tenga competencia para emitirle;

16) Participar en los Comités y Juntas Institucionales de coordinación de la SAT, de los que deberá ser miembro conforme a las disposiciones internas;

17) Realizar análisis y estudios en materia de su competencia;

18) Asesorar en materia de su competencia a las autoridades superiores de la SAT; y,

19) Otras funciones, que en materia de su competencia le asigne o delegue el Superintendente de Administración Tributaria.

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