La Planificación En La Vida Hogareña
NicoleBlanco23 de Noviembre de 2013
525 Palabras (3 Páginas)7.846 Visitas
Los pasos del proceso administrativo en la elaboración de planes
La administración es la oraganización y dirección de recursos humanos y materiales para lograr los fines propuestos mediante la utilización de un conjunto de procesos. Esto quiere decir que la administración se produce mediante la realización de una serie de funciones, siendo las más importantes las siguientes:
• Toma de decisiones
• Planificación
• Ejecución
• Coordinación
• Comuncación
• Control y evaluación
Sin embargo, para que haya administración efectiva, todas estas funciones deben actuar como un todo, no pueden trabajar aisladamente. Esta concepción integral es lo que permite conceptualizar a la administración como un proceso.
Ejecución de los planes del tiempo
La ejecución es la función que, dentro del proceso administrativo, permite poner en marcha el plan.
Esta función tiene que ver con aspectos como los siguientes:
• Calendario de realizaciones o cronogramas.
• Presupuesto
• Programa de actividades con su respectivo orden de prioridades.
Elementos de la planificación
La planificación propiamente dicha está integrada por los siguientes elementos:
• Diagnóstico de la Realidad que se Estudiará
• Identificación y Descripción del Tema o Problema
• Formulación de Objetivos
• Determinación de las Metas
• Metodología
• Ejecución y Evaluación
Administración de tiempo libre
Las actividades humanas del mundo contemporáneo se caracterizan por la mecanización y la automatización, las cuales han traído por consecuencia la disminución del horario de la jornada de trabajo y un número mayor de horas y días no laborables es decir, el tiempo libre ha aumentado.
Como existen más horas de ocio, se plantea el problema de cómo administrar ese tiempo, que hacer durante el tiempo libre.
Administración de bienes comunes en el hogar
En la administración de bienes comunes del hogar encontramos los siguientes regímenes matrimoniales:
a) Régimen de absorción de la personalidad económica de la mujer por el marido. Tiene un valor meramente histórico.
b) Regímenes de unidad y unión de bienes. Hoy en día está prácticamente abandonado. En el régimen de la unidad de bienes se produce una suerte de absorción de la personalidad económica de la mujer por el marido a quien se transmiten todos los bienes de ella. En el régimen de unión de bienes el marido no adquiere la propiedad de los bienes de la mujer, sino sólo su administración y disfrute.
c) Regímenes de comunidad. El elemento típico es la formación de una masa de bienes que pertenece a los dos esposos y que ha de repartirse entre ellos o entre el sobreviviente y los herederos del muerto al disolverse.
d) Regímenes de separación. No confieren a los esposos expectativas comunes sobre los bienes adquiridos o ganados por cada uno de ellos. El matrimonio no altera el régimen de propiedad de los bienes, que siguen perteneciendo al cónyuge adquirente: cada cual adquiere para sí y administra y dispone de lo adquirido. Cada cónyuge responde por las deudas que contrae y los bienes del otro no quedan afectados, en principio, por esa responsabilidad.
e) Regímenes de participación. No existen estrictamente bienes comunes o gananciales sino que cada cónyuge es exclusivo propietario de los que adquiere durante el matrimonio. Funciona como el régimen de la separación, pero al disolverse el matrimonio por divorcio o muerte, se reconoce a cada uno de los ex cónyuges, o al supérstite, el derecho a participar en los adquiridos por el otro hasta igualar los patrimonios de ambos.
...