ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Sunarp

cinthya0707068 de Julio de 2013

5.666 Palabras (23 Páginas)634 Visitas

Página 1 de 23

I.CONCEPTO:

Es una institución que tiene por finalidad mantener y preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la función registral en todo el Pais, orientada a la especialización, simplificación, integración y modernización de la función, procedimientos y gestión de todos los registros que lo integran.

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos más conocido como SUNARP, es un organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente del Sistema Nacional de los Registros Públicos, el cual tiene entre sus principales funciones el de dictar las políticas y normas técnico - registrales de los registros públicos que integran el Sistema Nacional, además de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional.

La SUNARP fue creada mediante Ley 26366 en octubre de 1994, dentro del proceso de modernización del Estado.

II. CÓDIGO DE ÉTICA:

Fue aprobado mediante resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N.287-2002-SUNARP/SN el 23 de Julio del año 2002

El objeto del código de ética es establecer las normas y principios éticos que deben inspirar la conducta y el quehacer del personal de la SUNARP y de sus oficinas registrales, teniendo en cuenta la naturaleza del servicio que prestan en beneficio del país.

Este código rige tanto respecto a las relaciones interpersonales de los trabajadores de la institución como en su trato hacia los usuarios del servicio.

III. MISIÓN:

Otorgar seguridad jurídica y brindar certidumbre respecto a la titularidad de los diferentes derechos que en él se registran, teniendo como soporte de desarrollo: la modernización, simplificación, integración y la especialización de la función registral en todo el país, en beneficio de la sociedad.

IV. VISIÓN:

Ser una organización plenamente eficiente y eficaz, mediante la prestación de un servicio moderno y democrático en su cobertura, que facilite el desarrollo de la actividad económica del país y constituya un modelo de organización y gestión en el sector público nacional y latinoamericano.

V. ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE SUNARP, ZONAS REGISTRALES Y OFICINAS REGISTRALES?

LA SUNARP es el ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, las Zonas Registrales son los órganos desconcentrados de la SUNARP que gozan de autonomía registral y económica dentro de los límites del estatuto y la ley, en ellas se encuentran las Oficinas Registrales que son las encargadas de prestar los servicios de inscripción y publicidad registral de los diversos actos y contratos inscribibles.

VI. CLASES DE REGISTROS QUE SE PUEDEN HACERSE EN LA SUNARP:

1: Propiedad inmueble:

Es el encargado de la inscripción y publicidad de los actos y contratos sobre bienes inmuebles, en el cual se inscriben y publicitan los actos de constitución , transmisión, modificación, y extinción de los derechos reales sobre diferentes tipos de Predio y algunas relaciones crediticias o personales con el propietario del Predio. Por ejemplo: terrenos, casas, edificios, predios, etc. El Registro de Propiedad Inmueble comprende los siguientes Registros:

a) Registro de Predios:

Unifica el Registro de Propiedad Inmueble, Registro Predial Urbano y la Sección Especial de Predios Rurales. En este Registro se inscriben las Transferencias de Propiedad, Declaratorias de Fábrica, Urbanizaciones, Hipotecas, Primeras de Dominio, Embargos y Demandas referidas a Predios Urbanos y Rurales.

b) Registro de Derechos Mineros:

Se inscriben las concesiones, transferencias, fraccionamientos, acumulaciones, entre otros.

c) Registro de Concesiones para la explotación de servicios públicos: Se inscriben las concesiones, hipotecas, entre otros actos.

2. Bienes muebles:

Se realiza la inscripción de los actos y contratos referidos a ciertos bienes muebles. Unifica los siguientes Registros:

Registro de Propiedad Vehicular:

Se inscribe la inmatriculación del vehículo, transferencias de propiedad, anotaciones o cancelaciones de embargos, cambios de características y otros actos relativos a vehículos automotores.

Registro de Buques:

Se inscriben los buques, sus transferencias y cargas, etc.

Registro de Embarcaciones Pesqueras:

En este Registro se inscriben las embarcaciones de pesca, sus transferencias y cargas, entre otros.

Registro de Naves y Aeronaves:

Se inscriben las aeronaves, transferencias de dominio, contratos de arrendamiento, hipotecas, etc.

3. Personas jurídicas:

Es el Registro encargado de la inscripción y publicidad de los actos y contratos referidos a Personas Jurídicas. Unifica a los siguientes Registros:

Registro de Personas Jurídicas: En el que se inscriben las asociaciones, fundaciones, cooperativas, comunidades campesinas y nativas, entre otras, y los actos relacionados a ellos.

Hidrocarburos:

En este Registro se inscriben entre otros actos los contratos de contratistas y subcontratistas de servicios petroleros, así como los contratos de servicios de explotación.

Registro de Sociedades:

Se inscriben sociedades anónimas, sociedades comerciales de responsabilidad limitada, sucursales, entre otros. Registro de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada: Se inscriben la constitución de estas empresas y nombramiento de gerentes entre otros.

4. Personas naturales:

Es el Registro responsable de la inscripción y publicidad de actos y contratos referidos a personas naturales; por lo que unifica a los siguientes Registros:

Registro de Mandatos y Poderes: Se inscriben los mandatos y poderes otorgados por personas naturales, sus modificaciones, extinciones, entre otros actos.

Registro de Testamentos: Se inscriben los otorgamientos de testamentos, sus modificaciones, ampliaciones, revocaciones y otros actos.

Registro de Sucesiones Intestadas: Se inscriben las anotaciones preventivas de las solicitudes o demandas de sucesiones intestadas, así como las actas notariales y sentencias que declaran la sucesión intestada.

Registro Personal: Se inscriben divorcios, separación de patrimonios y sustitución, declaraciones de insolvencia, entre otros actos.

VIII. ORGANIGRAMA

I. FUNCIONES

DEL TRIBUNAL REGISTRAL

1. Conocer y resolver los recursos de apelación interpuestos contra las denegatorias de inscripción y demás decisiones de los registradores, y Abogados Certificadores, en su caso, emitidas en el ámbito de su función registral. 2. Verificar, en el ejercicio de su función, el cumplimiento de normas legales y reglamentarias, así como de los precedentes de observancia obligatoria, por parte de los registradores, dando cuenta a la Gerencia registral y al superintendente Adjunto de las irregularidades detectadas. 3. Aprobar precedentes de observancia obligatoria en los Plenos Registrales que para el efecto se convoquen. 4. Coordinar con los órganos de las entidades públicas vinculados a su competencia. 5. Emitir opinión sobre asuntos que la Superintendencia Adjunta someta a su consideración. 6. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su naturaleza o que le sean asignadas.

DE LA PRESIDENCIA

1. Representa al Tribunal Registral

2. Designa al Secretario Técnico del Tribunal Registral

3. Propone el Pla Operativo y demás documentos de gestión.

4. Supervisa y evalúa el desempeño de los vocales y demás personal del tribunal Registral, de acuerdo con las metas, estándares de desempeño y procedimientos establecidos.

5. Vela por la buena marcha administrativa del Tribunal Registral, debiendo para ello solicitar, coordinar y controlar el apoyo logístico y administrativo que se requiera para su adecuado funcionamiento

6. Convoca, preside y dirige las sesiones del Pleno registral, verificando el quórum y la mayoría para adoptar los acuerdos, conforme a este Reglamento.

7. Dispone la convocatoria al Pleno Registral de los funcionarios o especialistas que se estime pertinentes, quienes participan sólo con voz.

8. Asegura la regularidad de las deliberaciones y ejecuta los acuerdos tomados en el Pleno Registral mediante resolución, según el caso.

9. Dispone la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la SUNARP de los precedentes de observancia obligatoria aprobados en el Pleno Registral y las resoluciones que la sustentan.

10. Dispone lo conveniente para que los expedientes sean asignados por estricto orden de ingreso y en igual número a cada una de las Salas.

11. Controla el cumplimiento de los plazos en la resolución de expedientes

12. Evalúa los informes de los Presidentes de las salas.

13. Verifica la uniformidad de criterios en la resolución

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (39 Kb)
Leer 22 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com