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La evolución del derecho penal romano


Enviado por   •  5 de Abril de 2014  •  Tutoriales  •  1.150 Palabras (5 Páginas)  •  343 Visitas

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DERECHO PENAL ROMANO----

CONCEPTO DE DELITO: actos ilícitos de los cuales se derivan obligaciones que se sancionan con una pena.

EVOLUCIÓN:

a) Venganza privada ( Ley del Talión ), los miembros de la gens a la que pertenecía el ofendido castigan al culpable con la misma ofensa causada.

b) Composición voluntaria: el ofendido renuncia a la venganza mediante el pago de una cantidad convenida.

c) Composición legal. CARACTERES DE LAS ACCIONES PENALES:

a) INTRANSMISIBILIDAD: tanto activa como pasivamente. La acción penal se extingue con la muerte del autor del delito, no se transmite acción contra los herederos.

b) NOXALIDAD: si el delito lo comete un sometido a la potestas, la acción penal se ejercita contra el paterfamilias; éste puede liberarse de la responsabilidad entregando al que cometió el delito. c) CUMULATIVIDAD: si son varios los autores del delito cada uno de ellos cumple la totalidad de la pena.

d) PERPETUIDAD: las acciones civiles o reipersecutorias no tienen plazo para su ejercicio

e) PECUNIARIA: la consecuencia de una obligación nacida del delito es el pago de una pena pecuniaria a diferencia de las obligaciones civiles (dare, facere, praestare)

FURTUM:

Sustracción de una cosa sin consentimiento de su dueño

Contrectatio rei+Animus furandi

EVOLUCION:

El hurto era un acto ilícito que causaba daño en cosa ajena; dentro de esta definición se incluía el furtum usus (abuso o uso ilícito ) y el furtum possesionis (sustracción

LEGITIMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LAS ACCIONES

a) La víctima y sus herederos.

b) Los que tenian la custodia de la cosa.

c) No podrán ejercitar la acción el ladrón ni el poseedor de mala fe.

de la posesión de la cosa por el mismo propietario).

LEY DE LAS XII TABLAS: Distingue entre furtum manifestum en el cual si era libre se le azotaba y se entregaba a la víctima y si fuera esclavo se le azotaba y se le tiraba por una roca. Si concurren circunstancias como nocturnidad o defensa con armas se le daba muerte pero había que hacer la ENDOPLORATIO

En la evolución se sustituye con una pena consistente en el

REQUISITOS:

a) CONTRECTATIO REI ALIENAE o desplazamiento material de la cosa mueble hurtada.

b) DOLO MALO / ANIMUS FURANDI o intención de hurtar, de realizar la conducta ilícita

cuádruplo del valor del objeto hurtado ) y furtum nec manifestum (castigado con el doble del valor)

ACCIONES:

Pueden ser tanto civiles pretorias.

CIVILES:

a) A. FURTI CONCEPTI

b) A. FURTI OBLATI.

c) A.FURTI NEC MANIFESTI

RAPINA:

Se trata de un furtum cualificado creado para casos de daños causados con violencia por grupos armados.

Para estos casos el pretor concede la ACTIO VI BONORUM RAPTORUM , una acción de carácter anual que condenaba a los autores de actos de bandidaje al cuádruplo del valor de las cosas sustraídas a la víctima)

PRETORIAS:(anuales) sino el valor es al simple.

a) A. F. MANIFESTI.

b) A. F. PROHIBITI.

c) A. F. N ON EXHIBIT.

Se trata de acciones:

a) INFAMANTES

b) INTRANSMISIBLES PASIVAMENTE.

c) CUMULATIVAS: Puede ejercitarse junto a la actio derivada del delito una actio reipersecutoria tendente a recuperar el objeto hurtado.

Ej: a. furti + a. reivindicatio

Al igual que el furtum es una acción infamante, intransmisible y cumulativa con las acciones reipersecutorias.

Con la evolución pasa de ser un delito privado a ser un delito sancionado con el Derecho penal público.

INIURIA:

Cualquier comportamiento contrario a derecho.

a) D.Clásico:

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