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Las Cuatro Afp


Enviado por   •  15 de Junio de 2015  •  4.483 Palabras (18 Páginas)  •  171 Visitas

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ADMINISTRADORA DE FONDOS Y PENSIONES

¿Quiénes Son?

Son una organización gremial privada que reúne a las cuatro Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) que operan en el Perú: Habitat, Integra, Prima y Profuturo.

Desde nuestra fundación en 1993, buscamos mejorar la calidad de vida de los afiliados y jubilados del Sistema Privado de Pensiones, así como también difundir los beneficios y servicios que brindan las AFP en nuestro país. Así, complementamos la labor previsional de las AFP y promovemos mejoras en el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Misión

Difundir la cultura previsional o cultura de ahorro para la jubilación y los beneficios del Sistema Privado de Pensiones (SPP), protegiendo los intereses de los afiliados y pensionistas.

Visión

Elevar la calidad de vida de los peruanos, consolidando un sistema de administración previsional que asegure el pago de pensiones dignas y que contribuya con el desarrollo de la economía nacional.

Nuestras funciones

• Desarrollar campañas de comunicación para fomentar la cultura previsional y difundir los beneficios del SPP.

• Diseñar y ejecutar proyectos que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los peruanos y complementen la labor previsional de las AFP.

• Buscar sinergias operativas entre las AFP, con el objetivo de brindar un mejor servicio a un menor costo.

• Representar a las AFP ante los poderes públicos y otras entidades, defender la estabilidad de las leyes y promover mejoras.

Base Legal

• LEY Nº 29903: LEY DE REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES

• Ley N° 26504

• Ley del Sistema Privado de Pensiones ‐ DS 054‐97‐EF.

• Reglamento de TUO de la Ley del Sistema Privado de Pensiones ‐ DS 004‐98‐EF

• Ley N°29426 (27.10.09).

• Reglamento aprobado por D.S. Nº 303‐2009‐EF (22.12.2009)

• Resolución SBS N° 1661‐2010.

• Decreto Ley N° 19990: Jubilación Adelantada

Objeto del SPP

Artículo 1.- El Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) tiene como objeto contribuir al desarrollo y fortalecimiento del sistema de previsión social en el área de pensiones y está conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), las que administran los Fondos de Pensiones a que se refiere el Capítulo II del Título II de la presente Ley y otorgan obligatoriamente a sus afiliados, las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio a que se refiere el Capítulo V del Título II de la presente Ley.

Base legal:

Texto original

Derecho de afiliación

Organización

La Asociación de AFP está integrada por un Directorio conformado por un Presidente, un Vicepresidente y tres directores.

Directorio:

• Presidente: Sr. Luis Valdivieso Montano.

• Vicepresidente: Sr. Carlos González-Taboada.

• Director: Sra. María Jesús Hume Hurtado.

• Director: Sr. Walter Bayly Llona.

• Director: Sr. Rafael Picasso Salinas.

¿Qué es una AFP?

Las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) son instituciones financieras privadas que tienen como único fin la administración de los Fondos de Pensiones bajo la modalidad de cuentas personales. Otorgan pensiones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y proporciona gastos de sepelio. Las AFP fueron creadas en 1993 y operan dentro del Sistema Privado de Pensiones (SPP), el cual es supervisado y fiscalizado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

¿Cómo funciona una AFP?

Las AFP administran fondos de pensiones bajo la modalidad de Cuentas Individuales de Capitalización (CIC), en favor de trabajadores incorporados al Sistema Privado de Administradoras de Fondos de Pensiones.

Las AFP brindan prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, en conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Pensiones (SPP) Decreto Supremo 054-97-EF.

Para dicho fin, reciben los aportes, propiedad de los trabajadores, invirtiéndolos bajo las modalidades permitidas por Ley. Las operaciones de las AFP se encuentran bajo el control y supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Las AFP administran 4 tipos de Fondos (Fondo de Pensiones Tipo 0 o Fondo de Protección de Capital; Fondo de Pensiones Tipo 1 o Fondo de Preservación de Capital; Fondo de Pensiones Tipo 2 o Fondo Mixto; y Fondo de Pensiones Tipo 3 o Fondo de Apreciación del Capital). A la fecha, el Fondo 0 no se encuentra activo, está pendiente la reglamentación por parte de la SBS.

Las características principales del Fondo de cada afiliado son:

• Son propiedad únicamente de cada trabajador.

• Constituyen masa hereditaria

• Son inembargables.

¿Quién supervisa el Sistema Privado de Pensiones?

• La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) es el organismo encargado de la regulación y supervisión del sistema financiero, de seguros y del sistema privado de pensiones. Su objetivo primordial es preservar los intereses de los depositantes, de los asegurados y de los afiliados al SPP.

• La SBS es una institución de derecho público cuya autonomía funcional está reconocida por la Constitución Política del Perú. Sus objetivos, funciones y atribuciones están establecidos en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (Ley 26702)

FIAP

• Federación Internacional de

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