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Las herramientas administrativas de protección jurídica


Enviado por   •  5 de Junio de 2013  •  Informes  •  340 Palabras (2 Páginas)  •  283 Visitas

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El Recurso Administrativo es un acto por el que un sujeto legitimado para ello pide a la Administración que revise, revoque o reforme una resolución administrativa, o excepcionalmente un trámite, dentro de unos determinados lapsos y siguiendo unas formalidades establecidas y pertinentes al caso.

Los Recursos Administrativos se interponen y resuelven ante la misma Administración, por lo que esta se convierte así en Juez y parte de los mismos. De ahí que la garantía que se pretende asegurar ofreciendo mediante la interposición de recursos una posibilidad de reacción contra las resoluciones administrativas se vea limitada por el hecho de ser la propia Administración la que ha de resolver el litigio planteado y que deriva de un acto suyo.

Recurso de reconsideración es el que se presenta ante el mismo órgano que dictó un acto, para que lo revoque, sustituya o modifique por contrario imperio.6

Precisamente por dirigirse el recurso a la misma autoridad que dictó el acto

impugnado, la cual normalmente habrá de ratificar su postura, cabe dudar de

que pueda funcionar realmente como medio de impugnación o de defensa del

particular. Para algunos autores “reconsiderar” es no sólo “reexaminar,” sino

específicamente “reexaminar atentamente,” por el origen etimológico de la palabra.7

Sin embargo, el uso vulgar del vocablo lo aproxima más a un ruego de que

el funcionario “reexamine con benevolencia;” en suma, un recurso graciable.8

Es que en rigor hay un consejo medieval español que parecería estar inscripto en

piedra en nuestras mentes y que cumplimos como mandato ancestral. Antes de

dictar el acto, pensarlo; luego de dictarlo, mantenerlo. Bien se entiende, mantenlla

contra viento y marea.

recurso jerárquico sería todo medio jurídico para impugnar un acto ante un superior jerárquico del órgano que dictó el acto .

RECURSO DE REVISIÓN Es el medio a través del cual los afectados podrán impugnar (inconformarse) los actos o resoluciones que retarden, nieguen o impidan el acceso a la información pública o protección de datos personales, así como de aquellos que la proporcionen de manera inexacta, incompleta o distinta a la solicitada.

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