Legislacion Comercial
licetho13 de Septiembre de 2013
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¿QUE ES UN COMERCIANTE?
Un comerciantes es aquella persona que desempeña alguna actividad que el estado considere mercantiles (comerciales) ya sea de manera individual o en organización.
CLASIFICACIÓN
Según la actividad que realizan los comerciantes pueden ser:
• Los que procesan los productos industriales.
• Los que realizan actividades de transporte por vía marítima, aérea o terrestre.
• Los que adquieren productos de consumo para posteriormente venderlos o comercializarlos.
• Los que realizan intermediación financiación financiera.
• Los que se encargan de la distribución del producto.
• Las empresas de construcción.
• Los que realizan actividad aseguradora.
• Todas estas actividades realizadas con ánimo de lucro, convierten a quienes las ejecutan en comerciantes.
COMERCIANTES INDIVIDUALES: Es una persona natural que tiene o se dedica al comercio en cualquiera de sus ramas.
COMERCIANTE COLECTIVO: Son quienes trabajan en una comunidad o sociedad comercial y/o personas jurídicas que ejercen el comercio unidas por la razón social.
COMERCIANTES AL POR MENOR: Son los que sus productos llegan directamente al consumidor y tiene la obligación de llevar el libro de ingresos y el de balances (egresos).
COMERCIANTES AL POR MARYOR: Generalmente utilizan al consumidor. Tienen la obligación de llevar el diario, el mayor, balances e inventarios, registros de socios, el libro de actos y los libros auxiliares que requieran el negocio.
COMERCIANTES PRINCIPALES: Son los que ejercen la actividad comercial por cuenta propia.
COMERCIANTES AUXILIARES: Ejercen la actividad comercial por cuenta de otros comerciantes ej.: corredores de bolsa, agentes de cambio, entre otros.
LOS COMERCIANTES: Desarrollan por lo general la actividad de la circulación de bienes.
COMERCIANTES INDUSTRIALES: Son los que se dedican a la producción y transformación de la materia prima.
OBLIGACIONES
Según lo establece la Legislación Comercial, es obligación de todo comerciante:
Matricularse en el registro mercantil.
Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad.
Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las normas legales.
Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades.
Abstenerse de efectuar actos de competencia desleal.
ACTOS DE COMERCIO
Según el Código de Comercio en su artículo 23, se consideran no mercantiles los siguientes actos:
La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico.
La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de estas por su autor.
Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio público.
Las enajenaciones que hagan directamente los agricultores o ganaderos de los frutos de sus cosechas o ganados en su estado natural, tampoco serán mercantiles las actividades de transformación de tales frutos que efectúen los agricultores o ganaderos, siempre y cuando dicha transformación no constituya por sí misma una empresa.
La prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales.
PREGUNTAS GENERADORAS.
¿Qué implicaciones tiene conocer la ley comercial?
Rta: Muchas y beneficiosas; puesto que todo comerciante a la hora de ejercer una actividad mercantil debe tener claro, cuáles son sus derechos
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