Ley 80
alfoguzramosInforme13 de Noviembre de 2012
896 Palabras (4 Páginas)308 Visitas
Jaime castro el debería aplicar el cumplimiento la contratación según la LEY 80 DE 1993 esta dice:
Dentro de los objetivos de contratación con el Estado, se enmarcan el ejercicio del poder y del control, que corresponden con la capacidad de mantener estable el sistema, para lo cual se utiliza la inspección, verificación, comprobación, dentro de algunas pautas que se establecen a través de las Leyes; bajo esta premisa nació la Ley 80, llamada "Estatuto General de Contratación de la Administración Pública".
Dentro de éstas leyes encontramos la llamada Ley de Contratación Estatal, en la cual se establecen los requisitos, obligaciones y responsabilidades de quienes contratan con las entidades estatales, cumpliendo con las intenciones del Estado de prestar de forma continua y eficiente los servicios públicos, garantizando la efectividad de los derechos e intereses de los administradores que además cumplen una función social. La Ley 80 presenta dentro de sus objetivos el fortalecimiento de la transparencia, el afrontamiento de la corrupción, brindar una mayor seguridad jurídica, reconocer los derechos de los contratistas, precisar conceptos y excepciones, unificar la normatividad e integrar el Estatuto de contratación.
Dentro de los derechos y deberes de las entidades estatales encontramos allí lo que concierne a la obtención de indemnización por daños, la repetición contra quienes son responsables, el mantenimiento de
las condiciones técnicas, económicas y financieras, la generación de procedimientos y soluciones eficaces de las diferencias, la exigencia de una ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato, el reconocimiento y cobro de las sanciones a que se dé lugar, la actualización y revisión de precios, la revisión periódica del proyecto objeto del contrato y su calidad.
En cuanto a los derechos y deberes de los contratistas, la Ley 80 da cuenta del pago oportuno de la remuneración pactada, la colaboración con las entidades contratantes, lealtad, buena fe, protección de los derechos, garantía de la calidad de los bienes y servicios contratados, la transparencia, el decir no a la corrupción.
En Colombia tienen capacidad para contratar las personas mayores de edad, consideradas legalmente capaces, que pueden contratar pos sí mismas sin autorización o consentimiento de una tercera. También las personas jurídicas nacionales o extranjeras, legalmente constituidas, sin afectación de la fecha de su creación, y puede ser también en la modalidad de consorcio o unión temporal. No pueden contratar los servidores públicos mientras tengan vigente su calidad, quienes estén incursos en inhabilidades establecidas en otras normas¸ quienes hayan participado en licitaciones o concursos y se encuentren inhabilitados, quienes hayan sido condenados en sentencia judicial por pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas
o hayan sido sancionados disciplinariamente con destitución.
Las formas de contratación de acuerdo a los presupuestos económicos destinados para cada proyecto corresponden a Licitación Pública como regla general, concurso de méritos, selección abreviada, contratación directa. Están exceptuadas las Universidades, siempre que se trate de actividades relacionadas con la academia o la extensión de los programas que ofrecen. Se puede contratar también con organismos internacionales como Fondos de Organismos de cooperación, asistencia o ayuda internacional, siempre que aporten por lo menos el 50% de los recursos, en desarrollo de programas de salud, monitoreo de cultivos ilícitos, desarrollo de programas para desplazados, contratos financiados con fondos de los organismos multilaterales de crédito y entes gubernamentales extranjeros, también con Cooperativas y Asociaciones de entidades territoriales.
La ley 80 establece también la contratación pública
...