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Ley De La Transparencia Y Acceso A La Informacion


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2013  •  12.579 Palabras (51 Páginas)  •  435 Visitas

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DERECHO DE GOBIERNO REGIONAL Y LOCAL

Cátedra: ABOG. PIMENTEL ELGUERA, MARCELINO

TEMA:

“Ley de Transparencia y Acceso a la Información”

ALUMNOS:

BURGA ROMERO, LUCERO CELESTE

HUAMAN SULLCA, KAREN OFELIA

Facultad de Derecho

Y Ciencias Políticas

(UAC)

PRESENTACION

El trabajo que realizamos es un medio por el cual podemos tratar y conocer acera de la Ley de Transparencia y Participación Ciudadana, esta realizado por los temas principales que trata de enfocar esta norma. Siendo de mucha importancia por la facilidad que el Estado nos brinda para poder ser parte de una u otra forma en la dinámica en la que se mueve el Gobierno.

Pero para ello debemos saber cómo podemos pedir o solicitar información que tenga el Estado a través de sus distintos órganos, instituciones, entidades, etc., también debemos conocer a qué tipo de información es a la que podemos acceder.

Por ello consideramos que los temas a tratar en este trabajo son la base principal para poder entender dicha norma, como también para estar informados de cómo proceder para acceder a información que muchas veces son negadas por los mismos responsables de las entidades del Estado, siendo estas muchas veces objeto de conocimiento público.

INTRODUCCION

Una característica esencial de todo Estado Democrático y Constitucional es la publicidad de sus actos y la transparencia de la administración estatal en la gestión de los asuntos públicos. Ello implica que los funcionarios públicos rindan cuentas sobre las decisiones que adoptan y que las personas puedan solicitar y acceder a la información completa y veraz que debe obrar en las entidades públicas.

De esta manera, la transparencia en la gestión pública contribuye a prevenir la corrupción, fortalecer el vínculo entre el Estado y la población, y promover la vigilancia ciudadana.

El contenido y alcances del derecho de acceso a la información pública han sido desarrollados por la Constitución, los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, las leyes y la jurisprudencia, especialmente del Tribunal Constitucional. En este sentido, el artículo 2do. inciso 5 de la Constitución Peruana de 1993 reconoce el derecho de toda persona a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido.

La Constitución Política del Perú reconoce el derecho de todas las personas a obtener esta información para mejorar su calidad de vida y sus posibilidades de participación tanto en la actividad pública como en la actividad privada. El derecho a solicitar y recibir información pública de cualquier entidad del Estado, es un derecho fundamental de toda persona. Esto quiere decir que cualquier persona puede ejercer este derecho sin distinción de raza, edad, nacionalidad, sexo, religión, opinión y pensamiento, actividad, cultura, educación, ni de ninguna otra índole. Las organizaciones civiles, inscritas o no en cualquier registro, pueden solicitar información a través de sus representantes sin necesidad de acreditar dicha representación. Es un derecho solicitar y recibir información pública sin expresión de causa, es decir, sin justificación o explicación alguna. Esto quiere decir que todos los funcionarios y servidores del Estado deben cumplir con su deber de entregar la información solicitada, y asegurar el cumplimiento de este deber en las instancias inferiores a su cargo. La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública ha establecido reglas para que cualquier persona sepa cómo ejercer este derecho.

El Estado tiene mucha información que atañe a todas las áreas de la vida de la nación, como por ejemplo la salud, la educación, el medio ambiente, las inversiones públicas, la seguridad ciudadana, y la justicia, entre otras. No obstante, en el Perú se constata que subsiste una antigua «cultura del secreto», que se manifiesta en algunas Instituciones del Estado.

DEDICATORIA

Este trabajo está dedicado a nuestras familias que nos apoyan incondicionalmente en cada paso que damos en nuestras vidas y nos reconfortan en cada tropiezo que tenemos y todo para ser personas de bien en esta sociedad.

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION

LEY N° 27806

La Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 3 de agosto de 2002 y entró en vigencia plenamente a partir del 1 de enero de 2003. La razón de esta demora fue que el Congreso de la República creyó conveniente dar un plazo de cinco meses a todas las entidades públicas para que se adecuaran a sus nuevas disposiciones.

La Ley 27806 es considerada una ley de desarrollo constitucional, toda vez que regula el ejercicio de un derecho consagrado en la Constitución Política del Perú. El artículo 2 inciso 5 de la Constitución establece como un derecho fundamental de toda persona, el de solicitar y recibir información de cualquier entidad pública, sin expresión de causa, dentro del plazo de ley, y con el costo que suponga el pedido. De acuerdo con el mismo artículo, queda excluida del acceso público aquella información que atañe a la intimidad personal, a la seguridad nacional, o si expresamente lo dispone una ley del Congreso de la República.

En febrero de 2003, el Congreso de la República dictó la ley 27927 que hizo más específica la información que podía ser excluida del acceso público, para ayudar a los funcionarios del Estado a identificarla. El Congreso dividió la información que no es de acceso público en tres grandes grupos: información secreta, información reservada e información confidencial.

Estas modificaciones fueron incorporadas oficialmente a la Ley 27806, resultando en el Texto Único Ordenado de la Ley 27806 que es el

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