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Ley Federal Del Trabajo Articulo 523


Enviado por   •  17 de Enero de 2013  •  1.922 Palabras (8 Páginas)  •  11.488 Visitas

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LEY FEDERAL DEL TRABAJO

ARTICULO 523.

I. SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVENCION SOCIAL

El trabajo es un derecho y un deber social. El trabajador debe ser respetado también debe tener la salud y un nivel decoroso económico. No debe hacerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, etc. Así mismo debe vigilarse la capacitación y adiestramiento de los trabajadores.

Los trabajadores no deben prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido. En caso de que el trabajo requiera una labor continua, el trabajador y el patrón deberán fijar un común acuerdo de los días de descanso semanal del trabajador.

Si la relación de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios el trabajador tendrá derecho a una remuneración por el tiempo de servicios prestados. Los trabajadores tienen derecho a una prima no menor del 25% que le correspondan durante el periodo de vacaciones.

Para determinar el monto de indemnizaciones que deberá pagarse a los trabajadores deberá tomarse como base el salario correspondiente al día en que nazca el derecho de indemnización. En los casos de salario por unidad de obra, se tomara como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en los treinta días trabajados antes del nacimiento del derecho.

II. SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

Este organismo es la máxima autoridad del Gobierno Federal en materia económica y el ejecutor de la política financiera. Entre otras funciones le corresponde otorgar o revocar las concesiones de los intermediarios bursátiles y bolsas de valores, definir sus áreas de actividad y sancionar administrativamente a quienes infrinjan leyes y reglamentos.

Las funciones de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público son:

-Proyectar y calcular los ingresos de la Federación, del Departamento del Distrito Federal y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de la administración pública federal.

-Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país que comprende al Banco Central, a la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar el servicio de banca y crédito.

-Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales, escuchando para ello a las dependencias responsables de los sectores correspondientes y administrar su aplicación en los casos en que no competa a otra Secretaría.

-Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.

III. PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO

La procuraduría estatal de la defensa del trabajo es la institución mediante la cual el estado proporciona asesoramiento gratuito a los trabajadores ya que por su condición económica no están en posibilidades de agorar gastos para la atención jurídica de sus conflictos de índole laboral.

Debe prevenir y denunciar ante las autoridades la violación de las normas laborales en contra del trabajador.

Proponer soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos, cuidando que no existan renuncias de derechos de la parte trabajadora y hacerlas constar en actas autorizadas.

Representar y asesorar a los trabajadores o a los sindicatos de los mismos, en el juicio de amparo en que figuren como terceros perjudicados.

IV. SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO

Conformándose hoy en día como la institución pública a nivel nacional que se ocupa de atender de manera gratuita y personalizada los problemas de desempleo y subempleo en México.

Esta coordinado por la Secretaria del Trabajo y Prevención Social, bajo la operación federalizada de las 32 entidades federativas.

Los objetivos del Servicio Nacional de Empleo son:

- Estudiar y promover la generación de empleos.

- Promover y supervisar la colocación de los trabajadores.

- Organizar, promover y supervisar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.

El Servicio Nacional de Empleo opera en el país a través de 147 oficinas: 33 centrales y 114 unidades operativas.

El Gobierno Federal, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, específicamente la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo, ejecuta las acciones propias del Servicio, emite las normas de operación y transfiere los recursos.

V. INSPECCION DEL TRABAJO

La Inspección del Trabajo es una institución que tiene por misión vigilar el cumplimiento de las normas laborales. La actividad de la Inspección del Trabajo se ejerce sobre las empresas, entendiendo como tales a las unidades económicas en las que se dan relaciones de trabajo, esto es, donde una persona física o jurídica emplea a otras.

Las competencias de la Inspección son:

- Asesoramiento.

- Mediación en Conflictos.

- Suspensión de los trabajos en caso de riesgo grave e inminente de accidente.

- Tarea principal: Inspección propiamente dicha y propuesta de sanción (mínimo 50.000 y máximo 50 millones).

Dicha labor se lleva a cabo mediante visitas a las empresas que pueden realizarse por: iniciativa propia, por orden del Inspector Jefe, denuncia de cualquier persona. Para realizar su tarea, el Inspector dispone de amplios poderes: entrada libre sin previa notificación, posibilidad de interrogar al empleador, exigir cualquier documento, etc. Extendiéndose después de la visita, unas notas en el Libro de Visitas para hacer constancia de la misma y levantar acta en caso de que sea necesario.

VI. COMISION NACIONAL DE SALARIOS MINIMOS

La CONASAMI tiene como objetivo fundamental cumplir con lo establecido en el artículo 94 de la

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