Ley servicio comunitario
dadp9536750Apuntes3 de Abril de 2018
729 Palabras (3 Páginas)218 Visitas
NOMBRES: Daniel Alexander FECHA 23-01-2018
APELLIDOS: Domínguez Peña
CÉDULA: 24.647.252
SERVICIO COMUNITARIO: SECCIÓN “S”
ANÁLISIS SOBRE LA LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR, Gaceta Oficial N° 38.272 del 14-09-05.
Dentro de la presente ley de servicio comunitario del estudiante de educación superior, se destacan en su total de 23 artículos cuatro títulos que van a normar al estudiante en cuanto a su participación en la prestación de su servicio, el ejercicio profesional de su carrera universitaria tanto como a las instituciones bajo el programa que establece el ministerio de educación superior, con el fin de capacitar al personal académico y estudiantil, todo esto regido a través de los principios constitucionales de solidaridad, responsabilidad social, igualdad, cooperación, corresponsabilidad, participación ciudadana, asistencia humanitaria y alteridad.
Su ámbito de aplicación se da en el área geográfica del territorio nacional que determine la institución de Educación Superior correspondiente. Mencionado antes lo que se trata la ley corresponde al título I de las disposiciones fundamentales y generales del respectivo capítulo I, tenemos en su segundo capítulo sus definiciones dentro de la comunidad su requisito indispensable para el titulo de educación superior, sus fines de los cuales debe Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana. Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad. Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística, cultural y deportiva. Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana. Formar, a través del aprendizaje servicio, el capital social en el país.
Su duración como establece la ley será una mínima de ciento veinte horas académicas, las cuales se deben cumplir en un lapso no menor de tres meses. Las instituciones de educación superior adaptarán la duración del servicio comunitario a su régimen académico. Luego están las instituciones de Educación Superior en el titulo II donde establecen sus fines y atribuciones según la ley orgánica de educación, El Ministerio de Educación Superior y las instituciones de educación superior en coordinación, deben programar seminarios, cursos o talleres sobre la realidad comunitaria, a fin de capacitar al personal académico y estudiantil para la ejecución del servicio comunitario, a fin de preparar a los coordinadores, asesores y estudiantes en sus responsabilidades, metas y propósitos para la realización del servicio comunitario. Las instituciones de educación superior facilitarán las condiciones necesarias para el cumplimiento del servicio comunitario, ofertando al estudiante los proyectos para su participación.
Después tenemos en su título III los prestadores de servicio a quienes refiere la ley como a los estudiantes ya obtenidos el 50% de la carga académica de la carrera, donde lo más importante de este título se destaca en los artículos 17 y 18 que contienen los derechos y obligaciones, y los artículos 19 y 20 los cuales establecen las infracciones y sanciones correspondientes al incurrir en alguna falta o violación por parte de la institución, ya que estarán igualmente sometidos a la observancia de todas las normas vigentes.
Por último tenemos en su cuarto título lo referente a los proyectos los cuales deberán ser elaborados respondiendo a las necesidades de las comunidades, ofreciendo soluciones de manera metodológica, tomando en consideración los planes de desarrollo municipal, estadal y nacional. La presentación de los proyectos ante las instituciones de educación superior podrá ser iniciativa de: El Ministerio de Educación Superior. Las instituciones de educación superior. Los estudiantes de educación superior. Las asociaciones gremiales.
...