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Los Derechos Humanos


Enviado por   •  16 de Mayo de 2014  •  1.379 Palabras (6 Páginas)  •  159 Visitas

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LOS DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA

La idea de que los seres humanos tienen unos derechos anteriores al Estado, que éste debe

respetar, surgió en el siglo XVII, con Hobbes y Locke, y se convirtió, con la declaración de

independencia de los Estados Unidos de 1766 y en la Declaración de los Derechos Humanos de

Francia, en 1789, en base de las constituciones modernas. Estos principios, que Antonio Nariño

divulgó en 1795, se incorporaron en formas diversas a las constituciones de nuestro país a partir

de 1810.

Sin embargo, la tradición legal española también protegía bienes y derechos de las personas y,

como en toda sociedad estamental, los poderes del monarca estaban limitados por los fueros y

derechos de pueblos y estamentos. El rey, al fijar tasas u ordenar un castigo, debía respetar fueros

y tradiciones, y en ciertas circunstancias los súbditos podían, si la creían arbitraria o pensaban que

podía producir una injusticia, aplazar el cumplimiento de una norma: esta especie de tutela se

hacía reconociendo la ley pero dejando su aplicación para cuando el rey la revisara: "se obedece,

pero no se cumple".

Por otra parte, la relación con indígenas y esclavos obligó a definir los derechos de estos grupos.

La corona, alertada por Bartolomé de Las Casas y otros sacerdotes, adoptó una reglamentación

protectora de los indios y, en menor escala, de los esclavos, que buscaba ante todo cristianizar

estas poblaciones, y garantizar su conservación frente a los excesos de los colonos. La esclavitud

de los negros se mantuvo y las medidas para protegerlos se centraron en prohibir a los amos

darles muerte, permitir su libertad en ciertos casos y regular otros asuntos menores. Nunca surgió

la idea de que los esclavos, como seres humanos iguales ante Dios, tuvieran un derecho a la

libertad.

Los indios fueron declarados vasallos libres de la corona, pero después de la conquista, que

destruyó la mayoría de la población indígena, esta libertad se reguló de modo que pudieran

trabajar para mantener a los colonos españoles y criollos. En la práctica, lo que hizo la ley

española fue tratar de conservar las comunidades indígenas mientras permitía su explotación. Se

les reconoció la propiedad de una parte pequeña de las tierras que antes tenían, se les dejaron sus

caciques, con funciones reducidas, y se fijaron límites a las cargas que debían asumir en servicio

de encomenderos y propietarios. Para mantener esta servidumbre regulada, se creó una de las

primeras instituciones jurídicas de protección de derechos, el "Defensor de Indios", pero esto no

debe hacer olvidar que se buscaba era proteger lo que quedaba a los indios tras perder su

independencia, su gobierno y su religión.

Durante el período colonial se protegían derechos individuales y personales: los bienes, la honra,

la vida de alguien, pero ideas como derecho a la vida o a la libertad, libertad de conciencia,

religión, expresión o enseñanza, estaban fuera del horizonte de la época.

Al establecerse, después de 1810, gobiernos que no derivaban su legitimidad del poder histórico o

sagrado de los reyes, sus dirigentes adoptaron el lenguaje del pensamiento liberal: los "pueblos"

habían recuperado su libertad, y el gobierno existía para proteger los "derechos imprescriptibles del

hombre y del ciudadano". Estos eran: la seguridad, la libertad, la propiedad y la igualdad legal, así

como los requeridos para participar en el manejo del Estado.

Todas las constituciones reconocieron algunos derechos (aunque la de 1886 lo hizo bajo la forma

de restricciones al poder del Estado), pero nuestra tradición parece haberse caracterizado por la

frecuente tentación de reconocer derechos en la Constitución y negarlos en la ley o someter su aplicación a la arbitrariedad de los funcionarios públicos. Fueron muchos los avances reales, como

la liberación de los esclavos en 1851, la tradición, rota sólo en momentos de conflicto muy alto, de

libertad de prensa, o la expansión gradual de libertades políticas y garantías legales y procesales,

pero muy débiles los mecanismos que permitían a un ciudadano hacer valer su derecho frente al

Estado cuando éste se empeñaba en restringirlo, o cuando la interpretación dominante, como

ocurría con la libertad de conciencia o de enseñanza, lo condicionaba hasta casi extinguirlo, o

cuando el conflicto de derechos

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