Los Tributos En Ecuador
angiepaulina1831 de Enero de 2015
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1 CONCEPTOS TRIBUTARIOS GENERALES
1.1. CONCEPTO.
El Derecho Tributario ha venido a constituir una rama del Derecho Financiero con personalidad propia.
El nacimiento del Derecho Tributario va unido al de la concepción moderna del “tributo”.
“Los tributos son los ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración Pública como consecuencia de la realización del supuesto de hecho al que la ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos.”
Podría, por tanto, definir el Derecho Tributario material y formal, en que se divide, como el conjunto de principios y normas de naturaleza jurídica que gobiernan la exacción efectiva de los tributos con arreglo al principio de legalidad, y tanto en la determinación de la prestación a cargo de los sujetos pasivos como en la actividad de la Administración Pública para su liquidación y recaudación.
2. Los Principios Constitucionales tributarios
En un comienzo los Principios Constitucionales Tributarios en el Ecuador, los veremos desde la perspectiva de su Constitución, la misma que fue expedida el 20 de Octubre del 2008, en el Registro Oficial N° 449, en donde en el articulado pertinente que se tratará más adelante; así mismo dichos Principios Tributarios se estudiarán desde la figura del Código Tributario del Ecuador y de la Constitución Española de 1978; la cual propugna como valor superior la justicia que, en el campo..tributario.
Los Principios Constitucionales Tributarios a los cuales haré mención, no son simples, máximas, nuevos refranes, pensamientos y aforismos, sino que son normas de orden Constitucional que obligadamente deben observarse; los cuales suelen ser límites los derechos de todos al poder discrecional estatal, de asegurar mediante la colaboración de quienes más tienen
Estos Principios Constitucionales Tributarios, que implican un acatamiento a las características esenciales del orden jurídico que nos rigen; de acuerdo a la normativa la cual se ha hecho referencia en párrafos anteriores por lo que se estudiarán dichos principios Tributarios de la siguiente forma:
1) Según la Constitución Ecuatoriana: Generalidad, Progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia, y suficiencia recaudatoria; así como el más importante que es el de Legalidad o de Reserva de Ley.-
2) Según el Código Tributario Ecuatoriano: Principios de legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e irretroactividad.-
3) Según la Constitución Española de 1978: Principio de Capacidad Económica, Generalidad, Igualdad, Progresividad, No Confiscatoriedad, Principio de Reserva de Ley; y por último de Justicia; los cuales relacionados y diferenciados entre sí podremos llegar a las conclusiones pertinentes de los mismo como actúan los mismos en las distintas legislaciones.
2.1 constitución y tributos
l poder tributario del Estado como facultad para exigir de los particulares prestaciones obligatorias, no puede considerarse de manera arbitraria o absoluta, por cuanto está sometido a una serie de limitaciones o restricciones impuestas por la Constitución y por las leyes a los entes dotados de tal poder. Esas limitaciones se expresan en los llamados principios constitucionales tributarios, que analizaré durante todo este trabajo.
Es importante tomar en cuenta que por principio se entiende en Derecho: “criterios fundamentales que informan el origen y desenvolvimiento de una determinada legislación que, expresados en reglas y aforismos, tienen virtualidad y eficacia propias con independencia de las normas formuladas en el plano positivo”.
La potestad
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