MATERIALES PROBATORIOS
JOAMRESTREPO26 de Mayo de 2014
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ELEMENTOS MATERIALES PROBATORIOS Y EVIDENCIA FISICA
DEFINICION:
Es cualquier objeto relacionado con una conducta punible, que puede servir para determinar la verdad en una actuación penal.
CLASIFICACION:
Los elementos materiales probatorios o evidencia física se pueden
Clasificar en el campo forense de varias maneras, dependiendo de sus características, así:
1. Si son encontradas en el lugar de los hechos o fuera de él.
Pueden ser: Positivas. Las dejadas en el lugar de los hechos por el presunto autor (es) y/o partícipe (s) del delito y negativas las llevadas a otro lugar por los mismos.
2. Según su posibilidad de ser transportadas o no al laboratorio.
Pueden ser: Descriptivas. Las que por su tamaño o por formar parte de un inmueble son imposibles de trasladar, como consecuencia su estudio se realiza en el lugar donde se encuentran, y las Concretas cuando pueden ser llevadas al laboratorio.
3. Por su posibilidad individualizadota:
Pueden ser aquellas que por sus características únicas permiten una gran aproximación a la identificación de su origen y por sus características de clase cuando a través de su relación con los demás elementos del lugar de los hechos, se logra la identificación de su origen y circunstancias de su hallazgo.
4. Según su naturaleza y tamaño.
• Macroscópicas: Son todos aquellos objetos observables sin necesidad de utilizar medios técnicos o tecnológicos.
• Trazas: Son aquellos que por su cantidad, tamaño o naturaleza no son perceptibles a simple vista y requieren medios técnicos tecnológicos para su observación, recolección e identificación.
• Biológicas: Son los EMP y EF, derivados de las personas, animales o vegetales, que intervienen en el lugar de los hechos.
Pueden ser: a) Fluidos; b) Tejidos biológicos.
• Huellas y rastros: Se pueden clasificar como huellas latentes, de impresión o estampadas. Para el estudio de las huellas se tiene en cuenta la forma de producción (por frotamiento, arrastre y apoyo, etc.).
LAS REGLAS DE LAS EVIDENCIAS:
• Levantar toda evidencia física, siendo preferible pecar por exceso que por defecto.
• Manejarla sólo lo estrictamente necesario, a fin de no alterarla o contaminarla.
• Evitar contaminarla con los instrumentos que se utilizan para su levantamiento, los cuales deberán ser lavados meticulosamente antes y después de su uso.
• Levantarla por separado, evitando mezclarla.
• Marcarla en aquellos sitios que no ameriten estudio ulterior.
• Embalarla individualmente, procurando que se mantenga la integridad de su naturaleza.
LAS EVIDENCIAS MÁS COMUNES EN EL LUGAR DE LOS HECHOS:
Generalmente están asociados a actos o hechos ilícitos consumados, son los siguientes:
1. Impresiones dactilares, latentes, positivas y negativas.
2. Huellas de sangre, con características dinámicas, estáticas, apoyo, embarraduras, etc.
3. Huellas de pisadas humanas, calzadas, descalzas, positivas, negativas e invisibles.
4. Huellas de pisadas de animales, positivas, negativas e invisibles.
5. Huellas de neumáticos, por aceleración, rodada y frenamiento o desplazamiento, pueden ser positivas o negativas.
6. Huellas de herramientas, principalmente en robos, en puertas, ventanas, cajones de escritorios, cajas fuertes, chapas, cerraduras, picaportes, etc.
7. Otro tipo de fracturas, en autos por colisiones, volcaduras o atropellamientos, también en objetos diversos por impactos o contusiones.
8. Huellas de rasgaduras, descoseduras y des abotonada ras, en ropas; pueden indicar defensa, forcejeo o lucha.
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