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MEDIACION


Enviado por   •  21 de Febrero de 2012  •  740 Palabras (3 Páginas)  •  550 Visitas

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EL MEDIADOR

INTRODUCCION

El mediador es un tercero neutral entrenado para brindar asistencia a las partes en el proceso de búsqueda de soluciones aceptables y satisfactorias para ambas. ¿Cuál es el rol que cumple? Su desempeño se basa primordialmente en escuchar atentamente a los disputantes e incentivarlos hacia un diálogo franco, de exploración honesta de posibilidades para un acuerdo mutuo. Como condición previa, debe informar a las partes en la reunión inicial cuáles son las características del proceso de mediación y las reglas de juego a que deberán atenerse en caso de optar por esta técnica alternativa de resolución de conflictos.

DESARROLLO

La forma en que el mediador desempeñe sus deberes profesionales revelará sus condiciones en lo que hace a su carácter, intelecto, creatividad, habilidades técnicas, valores morales y desarrollo social y comunitario.

Su desenvolvimiento tendrá puntos de apoyo las aptitudes manifestadas a las partes que consistirán en su flexibilidad, imparcialidad, integridad y objetividad.

Prudencia: Es la que necesariamente el mediador debe guardar al efectuar sus manifestaciones sobre la problemática del asunto.

Imparcialidad: El mediador no puede estar comprometido con ninguna de las partes, ni siquiera con la consecución de un determinado tipo de acuerdo.

Confidencialidad: El mediador está obligado a guardar secreto acerca de las manifestaciones, documentos e informes obtenidos durante el desempeño de su función. Este deber de confidencialidad le es debido a las partes entre sí y también respecto de terceros. Sólo en el supuesto de que aquéllas lo autorizaren podrá revelar las situaciones que haya conocido en la mediación. Pero este principio cede en algunos supuestos:

• Cuando tomare conocimiento de hechos que originaren o pudieran configurar delito.

• Cuando del desarrollo del proceso pudiera inferir situaciones que pusieran en riesgo la integridad física o psicológica de alguna persona.

• Cuando estuviera en presencia de un hecho ilícito.

En tales supuestos deberá poner en conocimiento a los órganos pertinentes para que tomen intervención.

Uso de la información:. El mediador no está obligado a testificar ante las Cortes en los casos en que hubiere actuado, ni tampoco remitir evidencia alguna. De hecho los borradores y notas que él elaborara con las partes durante las audiencias, se destruyen al finalizar el proceso, lléguese o no a un acuerdo.

Se entiende que la profesión de abogado no habilita por sí misma para ejercer la mediación. Al respecto se aduce que la formación profesional

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