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Manual Sinader


Enviado por   •  14 de Diciembre de 2014  •  612 Palabras (3 Páginas)  •  131 Visitas

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Exigencias de Protección a los trabajadores contratistas y subcontratistas

Manuel Alejandro Miranda Pérez

Legislación de Prevención

Instituto IACC

10 de agosto de 2014

OBJETIVO DEL CONTROL: Establecer las protecciones legales a los trabajadores contratistas y subcontratistas

RECURSOS NECESARIOS: Contenidos de la Semana 7.

INSTRUCCIONES: Lea el caso presentado y luego responda las preguntas:

Una empresa de construcción vial (empresa mandante), requiere desarrollar laborales de

construcción de un camino para eso deberá contratar a tres empresas contratistas.

Las empresas tienen las siguientes características:

Determine:

1. ¿Será necesario crear un Departamento de prevención de riesgos?

Respuesta:

El articulo N°67 habla de las normas de prevención que deben ser acatadas en forma obligatoria por el personal de empresas contratista, por ellos los contratos que otorgue la empresa al contratista debe incluir un artículo en cuanto a la obligatoriedad de asumir las normas de seguridad y salud ocupacional de forma íntegro y de forma especial en lo que se refiere a la legislación vigente.

Por lo tanto, en este caso puntual el mandante debe poseer y entregar a las empresas contratistas un sistemas de seguridad y salud en el trabajo, implementándolo a cada trabajador, sea cual sea su puesto de trabajo, esto se enmarca en que el total de trabajadores es de más de 100 y por ello debe poseer el mandante un comité paritario de higiene y seguridad y un departamento de prevención de riesgos para los trabajos que fueron contratado.

2. ¿Es obligatorio crear un Comité Paritario de Faena?

Respuesta:

Según la ley nos indica que, si la empresa tuviese obras, agencias o sucursales distintas, en el mismo o en diferentes lugares, en cada una de ellas deberá organizarse un Comité Paritario de Higiene y Seguridad

Claramente se debe tener un comité paritario de Higiene y Seguridad, para el caso del mandante suponemos que es una empresa con más de 25 trabajadores, debiendo tener uno propio y en cuanto a las empresas contratistas, el caso de la primera empresa que posee más de 80 trabajadores, debe tener o crear su propio comité paritario. En el caso de

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