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Mecanismos de protección de los DDHH


Enviado por   •  26 de Octubre de 2015  •  Ensayos  •  857 Palabras (4 Páginas)  •  433 Visitas

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MECANISMOS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUDAMENTALES

La finalidad de este trabajo, es darles a conocer cuáles son los mecanismos de protección de los derechos fundamentales y la importancia que tienen estos  en la sociedad. Pero antes de hablar sobre los mecanismos de protección, debemos preguntarnos ¿qué son los derechos fundamentales? ¿Cuáles son estos derechos?, y ¿Dónde se encuentran estipulados?, para dar respuesta a estas preguntas nos trasladaremos a la constitución política de Colombia, donde encontraremos lo necesario para abarcar este tema.

Empezaré diciendo que los derechos fundamentales son los derechos inherentes a la persona humana. Aunque se les ha identificado con los derechos individuales, en Colombia han sido reconocidos por la Corte Constitucional algunos derechos sociales que son necesarios para que las personas cuenten con una vida digna. Otra definición sería: “son  todos aquellos derechos de los cuales es titular el hombre por el mero hecho de serlo, es decir que le pertenecen al ser humano sin distinción de raza, condición, sexo o religión. Se les ha dado varias denominaciones como lo son derechos humanos, derechos del hombre, derechos de la persona para luego definirlo como derechos fundamentales”. Además estos derechos se encuentran consagrados en el título II, capítulo 1 de la Constitución Política Colombiana desde los artículos once (11) al cuarenta y cuatro (44) y algunos de estos  derechos son: el derecho a la vida, a la igualdad, a la intimidad personal, al libre desarrollo de su personalidad, a la libertad de conciencia, a la libertad de cultos, a la libertad de expresión, al trabajo, a escoger profesión u oficio, a la libertad, entre otros.

Ahora bien, ya conociendo qué y cuáles son los derechos fundamentales pasaré a hablar sobre los mecanismos de protección que son: La Acción de Tutela, La Acción de Cumplimiento, Las Acciones Populares y Las Acciones de Clase o de Grupo. El primer mecanismo de protección es La Acción de Tutela, que fue desarrollada por el Decreto Extraordinario 2591 de 1991, el cual a su vez fue reglamentado por el Decreto 306 de 1992 y lo encontramos estipulado en el artículo 86 de la Constitución Política. La finalidad de este mecanismo es garantizar la protección inmediata de los derechos fundamentales y para que proceda  la Acción de Tutela, deben cumplirse dos condiciones: 1. Que se trate de la violación de un derecho fundamental y 2. Que se trate de una violación no consumada definitivamente o de una amenaza de violación. Cabe anotar que la Acción de Tutela debe ser ejercida por la persona (natural o jurídica) directamente afectada en sus derechos fundamentales y puede ejercitarse contra las autoridades públicas o contra particulares. El segundo mecanismo de protección es la Acción de Cumplimiento, esta fue desarrollada mediante la ley 393 de 1997. Además de ser reconocida en la Constitución Política como uno de los mecanismos de protección de derechos, se cree que es el mecanismo de protección  de los derechos sociales, económicos y culturales, sin embargo, no es un mecanismo de protección de derechos, sino del principio de legalidad y eficacia del ordenamiento jurídico. Cabe decir que en ejercicio de la Acción de Cumplimiento si el incumplimiento afecta el interés público o colectivo puede ejercitarla cualquier persona, si afecta a una o una personas en particular, afectando derechos que dichas personas poseen en forma individual, sólo esta o éstas podrán utilizarla.

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