Medios Alternativos De Conflictos
diablomaestro1 de Marzo de 2013
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TRABAJO ACADEMICO DE CONCILIACION
INDICE
Introducción
Dedicatoria
Preguntas:
1.- .- Desarrolla la Teoría del Conflicto que tenga relevancia jurídica
2.- Dentro de nuestra legislación nacional, tenemos el Reglamento de la Ley de conciliación Extrajudicial (Decreto Supremo N° 014-2008-JUS) en ella señala varios principios que rigen la conciliación extrajudicial, realice usted una pequeña investigación bibliográfica para responder lo siguiente:
2.A) describa brevemente en qué consiste cada uno de estos principios.
2.B) Señale quienes deben cumplir cada uno de estos principios.
2.C) A tu criterio, cuáles de éstos principios son más importantes dentro del
Procedimiento de conciliación extrajudicial y explique porque.
3.- Usted le nombraron Conciliador para el siguiente caso: obligación de dar suma de dinero, por el monto de S/. 5, 000.00
3.A) Describa como está conformado un centro de conciliación y cuáles son los requisitos que tienen que cumplir para su funcionamiento.
3.B) Teniendo en cuenta que a la audiencia de conciliación concurrieron ambas partes, señale usted los supuestos que se pueden dar como resultado de ésta audiencia.
3.C) Elabore un acta de conciliación con acuerdo total, teniendo en cuenta todos los requisitos que señala la ley (para ello simule nombres y demás datos necesarios).
4.A) Dentro de la Constitución política del Estado se reconoce la Jurisdicción Arbitral, indique usted el articulo respectivo y realiza un breve comentario.
4.B) Realizar un breve comentario al articulado contenido en el título III ARBITROS del Decreto Legislativo N° 1071.
Bibliografía.
1.- Desarrolla la Teoría del Conflicto que tenga relevancia jurídica
El tema de la teoría del conflictos que se ha venido planteando, considerando como punto de partida que las interacciones sociales están influidas por normas convencionales y morales; estas últimas están respaldadas en valores y principios éticos.
La opción por la Justicia como principio fundamental para convivir en sociedad, conduce a pensar acerca del desarrollo de la autonomía en la medida que posibilita la participación mutua a través del diálogo. Esto permite plantear normas así como, evolucionar otras, para procurar el bien común.
El hecho de dar la posibilidad a las personas de participar en la construcción de acuerdos a través de la mediación y la conciliación, de dialogar e intercambiar puntos de vista, y de cooperar para lograr una solución, propicia la autorregulación de los conflictos y los valores de autonomía. Se parte de que si el conflicto pertenece a las personas también, la del compromiso al resolverlo y, seguro que se tendrán más criterios para encontrar en conjunto una solución adecuada, que el empleado por personas ajenas a la problemática. Por esto cuando se elige poner la queja o se instaura una demanda ante el juez y es este quien decide acerca del problema o da el fallo, se está propiciando la heteronomía, el Estado es el que debe proveer absolutamente todo a todos los ciudadanos y cuando hay sensación de insatisfacción con el acuerdo, se piensa que éste fue injusto y que en este estado no existe Justicia.
En la medida en que la autonomía como valor se propicie más tempranamente en el desarrollo de las personas, se tendrán mayores probabilidades de construir cultura de convivencia, donde el respeto por las normas y por los demás y la posibilidad de tener espacios para intercambiar puntos de vista frente a los problemas sean las actitudes que predominen.
Concluyendo lo vertido, nos podemos dar cuenta que, efectivamente la adecuada relación del hombre en sociedad tiene un equilibrio nada estable, que los conceptos fundamentales nos ayudan a entender los orígenes de los conflictos y sus posible soluciones, pero que el abandono de estos se encuentra también dentro de esta propia teoría, por lo que al final de todo esto, creo que es indispensable buscar estos caminos del diálogo, y confiar en una justicia real, justa y desinteresada.
2.- Dentro de nuestra legislación nacional, tenemos el Reglamento de la Ley de conciliación Extrajudicial (Decreto Supremo N° 014-2008-JUS) en ella señala varios principios que rigen la conciliación extrajudicial, realice usted una pequeña investigación bibliográfica para responder lo siguiente:
2.A) describa brevemente en que consiste cada uno de estos principios.
Los principios de la Conciliación de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 2 de la Ley, son los siguientes:
a) Principio de equidad.- Consiste en que procedimiento conciliatorio se vigilará por el respeto del sentido de la Justicia aplicada al caso particular, materia de Conciliación. El Conciliador está obligado a generar condiciones de igualdad para que los conciliantes puedan lograr acuerdos mutuamente beneficiosos.
b) Principio de veracidad.- Consiste a la búsqueda de lo querido realmente por las partes. El Conciliador no deberá alterará nunca el sentido o significado de los hechos, temas, intereses o acuerdos a que arriben éstas en el procedimiento conciliatorio.
Los operadores del sistema conciliatorio deben remitir la información veraz y
auténtica cuando les sea requerida por el MINJUS.
c) Principio de buena fe.- Consiste como la necesidad que las partes procedan de manera honesta y leal, confiando en que esa será la conducta a seguir en el procedimiento conciliatorio.
Cuando el Conciliador tenga duda de la viabilidad de un acuerdo, tiene
conocimiento o al menos un indicio de que está basado en información falsa o
de mala fe, deberá recomendar a los conciliantes que se apoyen en expertos
de la materia relacionada con dicho acuerdo antes de finalizarlo, cuidando que
tal intervención no perjudique o entorpezca el procedimiento de Conciliación o,
en su caso, a alguno de los conciliantes.
d) Principio de confidencialidad.- Consiste en que la información derivada del procedimiento conciliatorio es confidencial, y no debe ser revelada a persona ajena a las negociaciones, sin el consentimiento de quien proporcionó dicha información. La confidencialidad involucra al Conciliador, a las partes invitadas, así como a toda persona que participe en el procedimiento conciliatorio.
e) Principio de imparcialidad.- Consiste en que el conciliador no debe
identificarse con los intereses de las partes, quien tiene el deber de colaborar con los participantes sin imponer propuesta de solución alguna. La Conciliación se ejerce sin discriminar a las personas y sin realizar diferencia alguna.
f) Principio de neutralidad.- Consiste en que el Conciliador debe en principio, abstenerse de conocer los casos en los que participan personas vinculadas a él o su entorno familiar, al personal del Centro de Conciliación, o en los que participen conciliantes con los cuales lo vincule parentesco, salvo que las partes soliciten expresamente la intervención de aquél.
g) Principio de legalidad.- La actividad conciliatoria se enmarca dentro de lo establecido en la Ley y Reglamento, en concordancia con el ordenamiento
jurídico.
h) Principio de celeridad.- La función conciliatoria debe ejercerse permitiendo a
las partes la solución pronta y rápida de su conflicto.
i) Principio de economía.- El procedimiento conciliatorio está orientado a que las partes ahorren tiempo y costos que les demandaría involucrarse en un proceso judicial.
2.B) Señale quienes deben cumplir cada uno de estos principios.
a) Principio de equidad.- ( El conciliador)
b) Principio de veracidad.- ( El conciliador)
c) Principio de buena fe.- ( El conciliador y las partes)
d) Principio de confidencialidad.- (El conciliador y las partes y toda persona que haya intervenido en la conciliación)
e) Principio de imparcialidad.- (El concialiador)
f) Principio de neutralidad.- (El conciliador)
g) Principio de legalidad.- (El conciliador)
h) Principio de celeridad.- (El conciliador)
i) Principio de economía, ( Las partes)
2.C) A tu criterio, cuáles de éstos principios son más importantes dentro del
Procedimiento de conciliación extrajudicial y explique porque.
Los principios más importantes dentro del proceso conciliatorio extrajudicial
Para mi modesto criterio son:
1.- Principio de celeridad.- Porque otorga a las partes solucionar sus conflictos
en forma pronta y rápida sin necesidad de recurrir al Poder Judicial el cual por su
Estructura y procedimientos lento y justicia que tarda ya no es justicia.
2.- Principio de economía.- Porque a comparación del costo de mantener un
juicio en el poder judicial en el cual hay que pagar aranceles judiciales y los
honorarios profesionales del abogado, el cual es oneroso para las partes;
por estas razones el procedimiento conciliatorio es bastante módico y alcance de
las mayorías.
3.- A usted le nombraron Conciliador para el siguiente caso: obligación de dar
suma de dinero, por
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