Medios De Prubas
elia220825 de Febrero de 2013
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¿Qué es prueba anticipada y explicar la inspección previa al juicio?
La prueba anticipada es aquella que se practica en un momento anterior al del juicio (ordinario-escrito) o de la audiencia de juicio, ante el temor de que la fuente propia de la misma se pierda, haciendo imposible su aportación al proceso. Es claro que el medio que se pretenda practicar debe cumplir los requisitos propios de toda prueba; licitud, legalidad, pertinencia, conducencia y utilidad.
Prueba trasladada:
La prueba trasladada se refiere a aquella que ha sido practicada en otro proceso, lo que trasluce que al traslado es del medio probatorio para ser analizado en un proceso diferente. Es, entonces, aquella que sale de un proceso hacia otro distinto, sin necesidad de nuevos actos afirmativos en el nuevo proceso. No se traslada la valoración ni la interpretación, sino simplemente el medio probatorio con su finalidad realizada, esto es, que se haya practicado y haya un resultado. El nuevo juez tiene plena autonomía para el examen de tal prueba, no está vinculado a la valoración realizada por el juez del otro proceso.
Clasificación de las pruebas
Admitidas por la ley *Lícita: es aquella que está autorizada por la ley, tanto como medio, así como por el procedimiento para obtenerla y no viole ninguna disposición legal.
*Ilícita: son aquellas que son expresa o tácitamente prohibidas por la ley o que violan derechos humanos, o que son contrarias a la moral y las buenas costumbres, o que son obtenidas por medios violatorios de la dignidad humana y derechos fundamentales o de prohibiciones de ley.
Con relación a la percepción del juez *Directa: serán aquellas pruebas que tienen por objeto el mismo hecho principal a aprobar es decir, el hecho jurídicamente relevante del cual depende directamente la decisión.
*Indirecta: son aquellas que no tienen directamente por objeto el hecho principal, sino otro hecho, del cual el juez puede arribar por indiferencia al principal.
Según su contradicción *Prueba controvertida: es aquella que es sometida a conocimiento de la contraparte y esta tiene la oportunidad de contradecirla en los términos y lapsos fijados por la ley.
*Prueba Sumaria: es aquella que ha sido practicada al margen del proceso sin conocimiento de la contraparte y esta no ha tenido oportunidad para rechazarla o discutirla.
Por su forma *Pruebas escritas: son aquellas en las que priva el elemento escrito en su producción, tales como: los documentos, los dictámenes escritos de los peritos, los planos, dibujos, fotografías, mapas, etc.
*Pruebas Orales: es donde priva el elemento hablado u oral, la confesión en interrogatorio de parte, el testimonio de los testigos, las declaraciones de expertos en audiencia.
Por su función *Históricas: se dice que la prueba es histórica cuando puede reproducir los hechos, es decir, trae al presente lo sucedido.
*Críticas: en este tipo de pruebas no hay la función representativa y no despierta en el juez ninguna imagen distinta a la examinada. En la prueba crítica el hecho no está presente ni representado.
Según la oportunidad de reproducción *Procesal o judicial: es aquella que se realiza en el proceso por ante el juez que en virtud de competencia conoce de el, o ante un funcionario comisionado por el para verificarla o reunirla.
*extraprocesal o extrajudicial: es aquella que se realiza fuera del proceso y sin la intervención de un juez.
Según su utilidad *Conducentes: aquellos que están permitidos por la ley, que no
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