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Enviado por luiscafb0789 • 6 de Septiembre de 2013 • 15.576 Palabras (63 Páginas) • 198 Visitas
MINISTERIO DE DEFENSA
Dirección General Administrativa y Financiera
Normativa para el levantamiento, actualización y control de
inventario en activos fijos, de materiales y suministros de oficina
en la institución.
Políticas y procedimientos en el registro de los bienes de uso
en el SIBE
Octubre 2012
CONTENIDO
I INTRODUCCIÓN .................................................................................................
II OBJETIVOS.........................................................................................................
III BASE LEGAL ......................................................................................................
INTRODUCCION
La Dirección Administrativa Financiera a través de la Dirección de Contabilidad y la Unidad de Control Bienes del Estado, presenta La Normativa para el Levantamiento, Actualización y Control de inventario de Activo Fijo y materiales de oficina en la institución, para efectuar el correcto levantamiento y supervisión de inventarios de los Bienes de uso, (Activos Fijos) existentes en cada una de las direcciones q conforman el Ministerio, así mismo el uso correcto de diferentes suministros almacenados en bodega. El contenido de este documento, proporciona directrices, normas y procedimientos a seguir en la implantación del Sistema de Bienes del Estado (SIBE); de forma precisa y sencilla las directrices y procedimientos a seguir en el levantamiento del inventario de bienes muebles y control en la entrega de los suministros de oficina, con la confianza que este instrumento armonizará con los usuarios responsables a cargo del levantamiento de esta información.
El SIBE permitirá al Órgano Rector e Instituciones del Estado:
• Facilitar el control administrativo y contable de los bienes físicos (real), de acuerdo a los datos que sean registrados en el Sistema
• Establecer un nuevo Sistema de codificación que permite, la identificación individual de los
Activos Fijos y su posterior verificación contra los registros contables.
• Establecer prevenciones que permitan acceder a los datos e información contenidos en el SIBE solo a personal autorizado por el Órgano Rector. Estas se concretarán en controles de acceso al Sistema.
• Obtener información actualizada y oportuna sobre los Inventarios de Activos Fijos y Activos
Intangibles, bajo la custodia administrativa de cada Organismo y/o Entidad del Estado.
• Facilitar el cumplimiento por parte de las instancias competentes de las Normas Técnicas de Control Interno (NTCI) y las Normas de Auditoría Gubernamental (NAGUN) emitidas por la Contraloría General de la República (CGR).
• Identificar los bienes asignados por Servidor Público en las Instituciones del Estado
• Verificar en línea las altas efectuadas por las Instituciones de resguardo de los bienes de uso.
• Verificar en línea las bajas y cambios que son solicitadas por las Instituciones del Estado res-guardantes de los bienes de uso una vez cumplidos los procedimientos establecidos para tal fin.
• Obtener listados de los diferentes bienes de uso y su pertenencia dentro del ámbito del Estado y particularmente bajo la custodia y control de cada uno de los Ministerios e Instituciones.
II. OBJETIVOS
• Establecer las Políticas y Procedimientos y sus respectivos instrumentos de apoyo para el control efectivo de los bienes del Estado bajo custodia en las Instituciones del Estado a través del SIBE.
• Definir responsabilidades del personal y entidades participantes en el control de los Bienes del Estado.
• Constituirse en el instrumento de orientación y guía para los encargados del Sistema de Bienes del Estado y demás usuarios del mismo.
• Garantizar el cumplimiento de las Normas Técnicas de Control Interno (Bodegas de suministros) y las Normas de Auditoria Gubernamental (NAGUN) emitidas por la Contraloría General de la República (CGR)
• Constituirse en el instrumento de orientación y guía para los encargados del proceso de levantado de inventarios.
• Obtener información actualizada cualitativa y cuantitativa del Inventario de Activo Fijo, bajo la custodia administrativa de cada Organismo y/o Entidad del Estado.
• Obtener control administrativo y contable de los bienes muebles físicamente inventariados y registrados en este levantamiento.
• Actualizar la información de los bienes de uso bajo la administración de las instituciones para la integración de los mismos en el Sistema de Administración de Bienes del Estado (SIBE).
• Establecer y definir responsabilidades del personal y entidades participantes en el levantado de inventarios físicos.
• Determinar y concretar, la composición de un conjunto de bienes, administrados adecuadamente y tener una base para revelar posteriormente los resultados de esa administración.
• Que los inventarios sean certificados por Auditoria Interna de cada una de las Instituciones resguadantes de Bienes del Sector Público y Entes Autónomas Descentralizados
III. AMBITO DE APLICACIÓN
El Sistema de Bienes del Estado regirá para los organismos y entidades que componen el Sector Público, tal y como se define en la Ley No. 550 “Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario” Ley No. 169 “Ley de Disposiciones de Bienes del Estado y Entes Reguladores de Servicios Públicos” y sus reformas.
Las
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