Mystery Egg
yomelita16 de Octubre de 2013
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Requisitos generales para el otorgamiento del crédito a personas naturales
• Ser mayor de edad o habilitación de edad legalmente comprobada.
• Poseer una cuenta corriente con la institución financiera y buena trayectoria en su manejo. Este requisito dependerá de la institución con la cual haga su trámite.
• Tener estabilidad laboral (si es empleado permanente).
• Presentar constancias de ingreso del deudor y codeudor.
• Entregar fotocopia de Número de Identificación Tributaria NIT, Documento Único de Identidad DUI y/o Carné de Residente en caso de extranjeros, del deudor y codeudor.
• En caso de no contar con empleo fijo, será necesario que el cliente tenga un negocio propio, con experiencia de un año en la actividad que desempeña y para la cual solicita financiamiento.
• No presentar créditos en mora o saneados con la institución, con otras instituciones, proveedores o con cualquier persona particular.
• Poseer buenas referencias, en el caso de haber tenido créditos con otras instituciones.
• Presentar un fiador o codeudor solidario.
• Los profesionales independientes deberán presentar última declaración de impuestos sobre la renta del solicitante y codeudores.
Requisitos generales para el otorgamiento del crédito a personas jurídicas
Estas personas deben presentar los siguientes documentos:
• Última declaración de impuestos sobre la renta del solicitante y codeudores.
• Carta de solicitud del crédito, donde se detalle las características de la transacción propósito, monto y plazo.
• Debe presentar la información financiera de los últimos tres años fiscales, preferiblemente auditados y un corte reciente.
• Presentar la documentación legal, copia de escritura de constitución de la empresa, personería jurídica, fotocopia de la cédula jurídica y fotocopia de DUI de los representantes legales
• Presentar un breve perfil de la empresa, su historia, sus socios, las actividades principales y sus productos.
• Presentar los estudios pertinentes de factibilidad, cuando corresponda o cuando le sean solicitados.
Recopilación de la información
Si la solicitud de crédito ha sido completada adecuadamente, prosiga con la documentación que le exija la institución:
• Fotocopia de DUI
• Fotocopia de NIT
• Si el crédito es prendario, hipotecario o fiduciario, anexar la documentación respectiva.
• Presentar otros documentos, de acuerdo a las políticas establecidas por cada institución financiera.
Presentación de la información
Al completar la información y la documentación respectiva para el otorgamiento del crédito, puede presentarse a las oficinas de la institución y entregarla. El comité de crédito será el encargado de estudiar y evaluar su caso.
Aprobación de crédito
Generalmente esta fase puede tardar de dos a tres días, y en otras circunstancias, una semana. Una vez aprobado el crédito, la institución le notificará inmediatamente para que se presente, y así le extenderá un contrato mutuo, según la clase de crédito que solicitó.
La aprobación y desembolso del crédito le ocasionará gastos notariales y registrales, entre otros, en caso de que el crédito sea hipotecario.
Gastos registrales y notariales que se incurren en el otorgamiento del crédito
En caso de un crédito con garantía hipotecaria, la Ley de Registro de Propiedad Raíz e Hipoteca, establece los aranceles correspondientes a cada servicio ofrecido por el Centro Nacional de Registro (CNR).
Para el caso, le proporcionamos la tabla de aranceles que según la ley deben cumplirse para la inscripción de una deuda
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