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NEGATIVA FICTA


Enviado por   •  9 de Marzo de 2014  •  Exámen  •  1.503 Palabras (7 Páginas)  •  440 Visitas

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NEGATIVA FICTA

Dentro del Derecho Procesal Fiscal se pueden encontrar figuras de una enorme peculiaridad que constituyen características propias de esta rama del Derecho Adjetivo. Una de estas figuras de gran peculiaridad es la NEGATIVA FICTA, cuya esencia consiste en atribuir un efecto negativo al silencio de las autoridades fiscales frente a las instancias y solicitudes que les hagan los particulares.

La negativa ficta como figura procesal se encuentra íntimamente vinculada con una de las garantías consagradas en el capítulo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que es el Derecho de Petición. (Hernández, 2005: 304)

Es sobre desde este punto por el que se generó nuestra investigación, porque bien es cierto que el silencio administrativo en sus dos vertientes está ligado a una garantía individual de gran importancia, como lo son todas la garantías, el Derecho de petición, que se es violentado cuando no hay respuesta a lo solicitado.

El nombre viene de que este silencio de la autoridad ante una petición del particular, sostenido por el término correspondiente, tendrá los efectos de una resolución o respuesta negativa o desfavorable a la petición realizada. Se añade lo “ficta” porque es una respuesta que en realidad no se ha dado, sino que se presume. (Hernández, 2005: 316)

Podemos entender que la negativa ficta es la respuesta en sentido negativo y tácita, por la ausencia de respuesta expresa y en plazo legal, a una solicitud o petición de un particular que pudiera constituir la creación o reconocimiento de derechos para éste.

La mayor importancia de esta figura es que aun en ausencia de respuesta expresa de la autoridad, el particular, el particular tiene abiertas las puertas para hacer valer un medio de defensa. El medio de defensa que se puede hacer valer es el juicio de nulidad ante las salas regionales del Tribunal Fiscal de la Federación. (Hernández, 2005:316)

Se puede deducir desde este punto que el particular no se encuentra completamente desprotegido ante la configuración de la negativa ficta, pues en contra de dicha negativa caben medios de defensa legales como recursos administrativos ante la propia autoridad o juicios de nulidad ante los tribunales administrativos; toda vez que se considera una resolución en sentido negativo sin que la autoridad funde ni motive la misma, es decir, no le da al particular interesado las razones legales y circunstanciales de su caso en particular que consideró para negar su petición.

La negativa ficta en materia fiscal es un instrumento que viene a facilitar y ampliar las posibilidades de defensa del gobernado frente a los actos de la autoridad, sobre todo frente al estado de incertidumbre provocado por la indolencia de los funcionarios encargados de resolver las instancias de los particulares, con lo que conseguirá, cada vez, un acontecimiento mayor a ese ideal jurídico llamado “Estado de Derecho”. (Hernández, 2005:328)

AFIRMATIVA FICTA

Figura jurídica por virtud de la cual, ante la omisión de la autoridad de emitir una resolución de manera expresa, dentro de los plazos previstos por esta Ley o los ordenamientos jurídicos aplicables al caso concreto, se entiende que resuelve lo solicitado por el particular, en sentido afirmativo.

SISTEMA TRIBUTARIO MEXICANO.

En México el sistema tributario tiene dos componentes importantes, el primero se refiere al marco legal que define las reglas sobre la base de las cuales se definen las figuras tributaras. El segundo comprende las técnicas fiscales (como lo es la fiscalización de los impuestos mediante el uso de comprobantes fiscales, el uso de máquinas registradoras de comprobación fiscal, el cobro coactivo de multas, un padrón confiable de contribuyentes, etcétera) que se emplean en la recaudación, tendiendo a la equidad según los objetivos del gobierno. Por tanto, un sistema impositivo moderno debe estar sujeto a un marco legal y contar además con los instrumentos necesarios para que la política tributaria que sea adoptada por nuestro gobierno sea eficiente y equitativa.

El Estado mexicano requiere disponer de los recursos suficientes para cumplir con sus funciones básicas. Así, a través de la política tributaria tiene la capacidad de redistribuir los recursos financieros de los cuales dispone una comunidad entre los miembros que la forman. Por tanto, el Gobierno a través del manejo de los impuestos puede favorecer el crecimiento o la estabilidad, el ahorro o el consumo, la inversión productiva o la inversión financiera, etcétera. El Estado obtiene ingresos de distintas fuentes aunque la principal es la recaudación de impuestos. Así, éste tiene la capacidad de transferir recursos de unos individuos, sectores, regiones y ramas de la economía a otras; donde la política tributaria se consolidad como el instrumento más poderoso con que cuenta el Estado 18 para influir en la asignación de los recursos y en la distribución del ingreso y la riqueza.

Es así como los impuestos tienen dos funciones básicas: mejorar la eficiencia económica corrigiendo algunas fallas del mercado (bienes públicos, externalidades, monopolios y problemas de información),

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