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NORMATIVA JURIDICA


Enviado por   •  3 de Junio de 2013  •  1.519 Palabras (7 Páginas)  •  309 Visitas

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Tema 5 La Norma Jurídica

TEMA Nº 5

LA NORMA JURÍDICA. Concepto. Elementos. El supuesto de hecho. La consecuencia o efecto jurídico. La casualidad jurídica. El deber ser. El deber ser lógico y axiológico. Forma lógica de la norma jurídica. Diferencia entre la norma jurídica y la ley física. La sanción. Concepto. Sanción, consecuencia jurídica y coacción. Clases de sanción.

1. CONCEPTO DE NORMA JURÍDICA

Es un juicio lógico, valorativo del deber ser, de carácter general y que cuenta con la posibilidad de la coacción para garantizar su cumplimiento. Equivale al Derecho

La norma Jurídica es un precepto, un abstracto un supuesto de hechos que acarrea una sanción como consecuencia de que la conducta de los ciudadanos que regula se subsuma en ese supuesto.

2. ELEMENTOS DE LA NORMA JURÍDICA

La norma jurídica consta de dos elementos:

a. El supuesto de hecho o hipótesis

b. La sanción o consecuencia jurídica o efecto jurídico

a. El Supuesto de Hecho o Hipótesis

Es una hipótesis que de producirse provocara una consecuencia. Es la forma de conducta o comportamiento que el Derecho de forma imperativa nos ordena cumplir. Es el abstracto de la norma jurídica

Ej.

C.P. Art. 407.- El que intencionalmente haya dado muerte a alguna persona.

CC Art. 302.- El funcionario que reciba la declaración sobre la muerte de una persona que haya dejado hijos menores de edad sin representante legal, debe informar al Juez de Menores de la Jurisdicción.

4. La Sanción o Consecuencia Jurídica o Efecto Jurídico

Es el efecto que tiene por causa la subsunción de la conducta humana en el supuesto de hecho normativo, es decir, la inobservancia o desacato del precepto o supuesto de hecho de la conducta a seguir plasmado en la primera parte de la norma acarrea una consecuencia y la misma se traduce en una sanción “debe ser castigado” integra la consecuencia jurídica o tesis

Ej.

C.P. Art. 407.- El que intencionalmente haya dado muerte a alguna persona será penado con presidio de doce a dieciocho años.

CC Art. 302.- El incumplimiento de esta obligación acarrea una multa de un mil bolívares (Bs. 1.000,00).

Esta teoría de la subsunción es también denominada teoría clásica de la aplicación del Derecho, consiste en una operación lógica mediante la cual la conducta de un sujeto se introduce en la hipótesis de la norma, es decir, que un hecho particular se introduce en una hipótesis general, es una deducción basada en un silogismo jurídico

El Maestro Schreier dice “No puede existir una consecuencia jurídica sino se ha establecido el supuesto jurídico”

5. La Casualidad Jurídica (Principio de Legalidad)

No hay consecuencia jurídica sin supuesto de hecho, no puede ser impuesta una pena o una obligación de manera arbitraria sin que previamente exista consagrado por el legislador un supuesto jurídico, de cuya realización hace depender la consecuencia. Nullum Crime nulla poena sine lege

Art 49,6 C.R.B.V.: “Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes.”

Artículo 1 C.P. “Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviere expresamente previsto como punible por la ley, ni con penas que ella no hubiere establecido previamente”

Artículo 4º L.O.A.P. “La Administración Pública se organiza y actúa de conformidad con el principio de legalidad, por el cual la asignación, distribución y ejercicio de sus competencias se sujeta a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y los actos administrativos de carácter normativo dictados formal y previamente conforme a la ley, en garantía y protección de las libertades públicas que consagra el régimen democrático, participativo y protagónico.”

Artículo 10 L.O.P.A. “Ningún acto administrativo podrá crear sanciones, ni modificar las que hubieran sido establecidas en las leyes, crear impuestos u otras contribuciones de derecho público, salvo dentro de los limites determinados por la ley.”

3. EL DEBER SER

A todos nos gusta tener derechos pero nos disgusta el cumplimiento del

deber. A todos nos gusta inmiscuirnos en la vida ajena, pero que no se metan en la nuestra. Etimológicamente, deber es estar obligado por alguna ley divina, moral o humana: Ej. Un buen hijo debe respeto a sus padres. También lo entendemos por aquello que está uno obligado a su cumplimiento: cumplir con los deberes de ciudadano.

El Deber ser: Representación explicativa de la realidad, una interconexión de conceptos, esto es, un razonamiento:

a.

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