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Nombramiento De Apoderado Judicial


Enviado por   •  27 de Mayo de 2015  •  781 Palabras (4 Páginas)  •  473 Visitas

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JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS

En Lima, a los quince días del mes de mayo del año dos mil quince, en el local social ubicado en Víctor Reynel 1045, Lima, siendo las 11.00 a.m. y luego de cumplir con el Art. 10° del Estatuto Social, Se da inicio a la Junta Extraordinaria de Accionistas de la empresa TERMODINAMICA S.A., con la participación de los siguientes accionistas:

ING. JAIME ARTURO SEGURA CERRON, titular de 5’797,397 acciones suscritas y pagadas, de un valor nominal de S/. 1.00 (Un nuevo sol) cada una;

CPC. RICARDO JUSTO FIGUEROA CORNEJO, titular de 1’593,308 acciones suscritas y pagadas, de un valor nominal de S/. 1.00 (Un nuevo sol) cada una;

RAFAEL ALDO CALLE PÉREZ, titular de 1’379,018 acciones suscritas y pagadas, de un valor nominal de S/. 1.00 (Un nuevo sol) cada una; y,

CARLOS VICTOR SAENZ ARTEAGA, titular de 47,625 acciones suscritas y pagadas, de un valor nominal de S/. 1.00 (Un nuevo sol) cada una.

QUORUM: Encontrándose debidamente representado el 100% de las acciones que constituyen el capital social, se declaró válidamente establecida a Junta, sin convocatoria previa de conformidad con lo establecido en el Art. 120° de la Ley General de Sociedades, referida a Junta Universal, dejándose constancia de la aceptación expresa y unánime de los socios de celebrar dicha Junta y de los asuntos que en ésta se tratarán, la misma que es presidida por Jaime Arturo Segura Cerrón y como secretario Ricardo Justo Figueroa Cornejo.

AGENDA: Inmediatamente después se propuso y aceptó el único punto de agenda: Ampliación de poder en materia de conciliación para la apoderada judicial.

INFORME: Acto seguido, el presidente de la Sesión hace uso de la palabra e informa: Que, Si bien se ha otorgado poder de representación a la apoderada judicial para que represente a la compañía en los asuntos judiciales , a efectos de evitar el traslado del representante legal a las diligencias judiciales ahorrando así tiempo y distracción, sin embargo, en dicho poder no se especificó la facultad de conciliación, esto es, otorgarle facultades para conciliar extrajudicialmente y disponer del derecho materia de conciliación, tanto en materia civil como laboral conforme a la Ley N°29497; pudiendo actuar como invitada o solicitante en los procedimientos conciliatorios.

Luego de una breve deliberación, por unanimidad de los accionistas, la Junta General Acordó:

ACUERDOS ADOPTADOS:

PRIMERO.- Ratificar el poder otorgado a nuestra Apoderada Judicial SHENDELL ROMINA PINEDA CUBILLAS DE VIDAL identificada con D.N.I. Nro. 25856257 tal como está señalado en el Acta de Junta Extraordinaria del 14 de octubre del 2014.

SEGUNDO.-

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