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Normal Del Control Interno

xinisse1 de Diciembre de 2014

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NORMAS GENERALES DE CONTROL GUBERNAMENTAL

RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 273 – 2014 CG

CONSIDERANDO:

Artículo 6° de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica, establece que el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión publica, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes.

Artículo 14° de la Ley 27785, el ejercicio del control gubernamental se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la Republica, a quien compete dictar los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, organizando y desarrollando el control gubernamental en forma descentralizada y permanente.

Resolución de Contraloría N° 162-95-CG de 22 de setiembre 1995, se aprobaron las Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU, que determinan los requisitos de orden personal y profesional del auditor gubernamental.

Resolución de Contraloría N° 152-98-CG de 18 de diciembre de 1998, se aprobó el Manual de Auditoria Gubernamental (MAGU), documento normativo fundamental que define las políticas y las orientaciones para el ejercicio de la auditoria gubernamental en el Perú. Asimismo se aprobó la Guía de Planeamiento de Auditoria Gubernamental, la Guía para la Elaboración del Informe de Auditoria Gubernamental, la Guía de Papeles de Trabajo y la Guía del Auditado.

La Contraloría General de la Republica viene implementando un proceso de modernización del Sistema Nacional de Control contemplado en el Plan Estratégico Institucional 2012-2014 aprobado mediante resolución de Contraloría 039-2012-CG, que involucra la adopción de un nuevo enfoque de control, fundamentándose en la necesidad de crear valor para la ciudadanía mediante el ejercicio del control gubernamental, contribuyendo a la mejora de la gestión pública.

El concepto del control gubernamental en el marco de este nuevo enfoque, tiene un alcance más amplio que el desarrollado por las NAGU y MAGU, por lo cual resulta necesario adoptar previsiones de orden normativo para regular el conjunto de las labores de control que desarrolla el Sistema Nacional de Control.

Con expuesto en el documento, se propone la aprobación del documento normativo denominado "Normas Generales de Control Gubernamental", que constituye el marco regulatorio rector y básico para la apropiada organización y actuación técnica profesional de los servicios de control gubernamental en el contexto del proceso de modernización.

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica.

Se resuelve:

ARTÍCULO PRIMERO:

• Aprobar las normas generales de control gubernamental, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO:

• Dejar sin efecto las normas de auditoria gubernamental modificatorias (NAGU), aprobadas por resolución de contraloría 162 - 95 - CG, y sus modificatorias, así como el manual de auditoria gubernamental (MAGU), la guía de planeamiento de auditoria gubernamental y la guía para la elaboración del informe de auditoría gubernamental, quedando vigente la guía de auditado y la guía de papeles de trabajo a que se refiere la resolución de contraloría N° 152 – 98 - CG.

ARTÍCULO TERCERO:

• El documento normativo aprobado mediante el artículo primero entrara en vigencia a partir del día siguiente hábil de la publicación de la presente resolución en el diario oficial el peruano, para el caso de los servicios de control posteriores a su aplicación será progresiva:

 Auditoria de cumplimiento: a partir del día siguiente de aprobado el manual de auditoria de cumplimiento.

 Auditoria de desempeño: a partir del día siguiente de aprobado el manual de auditoria de desempeño.

 Auditoria de financiera: a partir del día siguiente de aprobado el manual de auditoria de financiera.

ARTÍCULO CUARTO:

• Los servicios de control posterior que a la de entrada en vigencia de la presente resolución se encuentren en proceso, así como aquellos que se inicien con posterioridad y que no cuenten con los nuevos manuales de auditoria aprobados, se ejecutaran conforme a las normas de control señaladas en el artículo segundo de la presente resolución.

ARTÍCULO QUINTO:

• Encargar al departamento de gestión de procesos y normativa, la programación y realización de la difusión del documento normativo.

ARTÍCULO SEXTO:

• Encargar al departamento de tecnologías de información la publicación de la presente resolución y el documento normativo aprobado en el portal del estado peruano (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la contraloría general de la república.

INTRODUCCIÓN

La Contraloría General de la Republica es el órgano superior del Sistema Nacional de Control que, de acuerdo con al artículo 82° de la Constitución Política, está encargado de supervisar la legalidad de la ejecución de presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control.

En concordancia con la citada disposición constitucional, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Ley N° 27785, en su artículo 6 define el control gubernamental como “la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, transparencia y economía en el uso y destino de tos recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planea de acción".

Para el cumplimiento de su misión y con el objetivo de optimizar el ejercicio del control gubernamental, es necesario contar con un marco normativo sostenible que afiance la calidad y oportunidad tanto de las auditorias como de las actuaciones de carácter previo, simultáneo y demás actividades vinculadas a la competencia legal del Sistema Nacional de Control, otorgándole predictibilidad, claridad y autonomía a la actuación de sus órganos y personal conformante.

Del mismo modo, en línea con la continua evolución de la gestión y control público orientada hacia la rendición de cuentas, la lucha contra la corrupción, la transparencia, el uso de tecnologías de la información y comunicaciones; el citado marco debe incorporar innovaciones en los servicios de control para situar al Sistema Nacional de Control a la altura de las exigencias de competitividad, calidad, eficiencia y probidad que requiere un Estado eficiente.

De acuerdo con eso y como pilar de esta marco normativo, las presentes Normas Generales de Control Gubernamental se han concebido como el documento normativo superior que establece la organización y funcionamiento de los servicios que los órganos del Sistema Nacional de Control brindan a las entidades y la ciudadanía; así como, regula las normas para el debido desempeño profesional. De esta forma, se facilita el posterior desarrollo normativo específico y ordenado de los temas asociados al ámbito funcional del Sistema Nacional de Control.

Las Normas Generales de Control Gubernamental son disposiciones de cumplimiento obligatorio para la realización del control gubernamental bajo estándares adecuados de calidad que garanticen tu ejercicio con eficiencia, objetividad e idoneidad. Este documento normativo regula el ejercicio del control gubernamental en todas sus formas (previo, simultáneo y posterior); introduciendo el término “servicio de control” para referirnos a estas.

El personal del Sistema Nacional de Control debe sujetar su desempeño profesional a dichas normas y las que de ellas se deriven; contribuyendo al debido cumplimiento de las funciones y fines del control gubernamental, en consonancia con los desafíos y responsabilidades que conlleva la supervisión, vigilancia y verificación de una gestión eficaz y moderna de los recursos del Estado, en beneficio de todos los peruanos y la gobernabilidad del país.

I. MARCO CONCEPTUAL

Definición y alcance de las Normas Generales de Control Gubernamental

Las Normas Generales de Control Gubernamental son las disposiciones de obligatorio cumplimiento, desarrolladas a partir de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica, Ley N° 27785.

Las Normas Generales de Control Gubernamental son emitidas por la Contraloría General de la Republica, en su calidad de órgano rector

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