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Normatividad De Captaciones E Inverciones


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2013  •  2.712 Palabras (11 Páginas)  •  1.662 Visitas

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III. NORMATIVIDAD DE CAPTACIONES E INVERSIONES.

Una de las funciones principales que realizan las instituciones que componen el sistema financiero, es la captación de recursos del público inversionista, por la cual el banco contrae una obligación. Desde el punto de vista técnico, contablemente debe registrarse como un pasivo. Por este motivo se les denomina Operaciones Pasivas y de acuerdo a las disposiciones que emite el Banco de México, contenidas en la circular 9/89 de marzo de 1989 y que constituyen la normatividad de captación e inversión de recursos a que están sujetas las instituciones que componen el sistema financiero, tienen tres tipos de Pasivos, desde el punto de vista del régimen de inversión obligatoria, las cuales son:

a) Pasivo invertible

b) Pasivo no invertible

c) Pasivo prohibido

1. Pasivo invertible.

Para determinar el "pasivo invertible", las instituciones deberán considerar:

a) todos sus pasivos en moneda extranjera, incluyendo los contraídos a través de sus sucursales y agencias en el extranjero;

b) los pasivos de sus filiales nacionales y extranjeras se consideran filiales, las sociedades que reciban crédito en su más amplio sentido, respecto de las cuales las instituciones sean propietarias, directa o indirectamente, de acciones con derecho a voto que representen por lo menos el cincuenta y uno por ciento del capital pagado, tengan el control de las asambleas generales de accionistas o estén en posibilidad de nombrar a la mayoría de los miembros del consejo de administración, o sus equivalentes-, y

c) los pasivos de las sociedades en las que en los términos señalados en el inciso b) participen las filiales referidas en el propio inciso b).

Pasivo Invertible.- Las instituciones que componen el sistema financiero y que captan recursos del público inversionista, los deben de invertir en los términos y porcentajes que determina el Banco de México. Las formas de captación que se clasifican como pasivo invertible son:

a) Cuentas de cheques

b) Cuentas de ahorro

c) Depósitos retirables en días preestablecidos

d) Depósitos a plazo fijo

e) Préstamos de empresas y particulares

f) Pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento

g) Depósitos a plazo en cuentas personales especiales para el ahorro

h) Obligaciones subordinadas en moneda nacional

i) Aceptaciones bancarias en circulación

j) Depósitos a la vista en cuenta corriente

k) Aceptaciones por cuenta de clientes

l) Responsabilidad por aval

1.1 Cuentas que integran esta forma.

a) Cuentas de cheques

b) Cuentas de ahorro

Una Cuenta de ahorro es un depósito ordinario a la vista (producto pasivo), en la que los fondos depositados por la cuenta habiente tienen disponibilidad inmediata y generan cierta rentabilidad o intereses durante un periodo determinado según el monto ahorrado. Las condiciones de remuneración varían en función del producto concreto. Así, pueden existir cuentas de ahorro que abonen los intereses por ejemplo mensual, trimestral o anualmente. Igualmente, la remuneración puede ser lineal (mismo interés para cualquier saldo), por tramos de saldo o incluso en especie.

Este tipo de cuentas también pueden estar sujetas al pago de comisiones, aunque desde la popularización de la banca online la tendencia es a suprimir el pago de comisiones en los productos de ahorro.

Los servicios asociados a una cuenta de ahorro también varían según la entidad. Pueden ir desde los más básicos, como ingresos y pagos de cheques o transferencias, hasta otros más complejos como tarjetas de débito o crédito asociadas a la cuenta.

Las cuentas de ahorro o caja de ahorro son utilizadas principalmente por los particulares y entidades civiles.

Sirven para tres cosas:

• Para ganar un interés durante el tiempo que estos fondos no se usan.

• Los fondos pueden extraerse en cualquier momento mediante un comprobante llamado “nota de débito”

• Los fondos depositados ganan un interés moderado. También debe tenerse en cuenta que se suman al capital cada 6 meses o anualmente.

c) Depósitos retirables en días preestablecidos

d) Depósitos a plazo fijo

e) Préstamos de empresas y particulares

f) Pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento

g) Depósitos a plazo en cuentas personales especiales para el ahorro

Depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro. Se consideran cuentas personales especiales para el ahorro cualquier depósito o inversión que efectúe el contribuyente en una institución de crédito, siempre que manifieste por escrito a dicha institución que el depósito o la inversión se efectúa en los términos establecidos por el Artículo 218 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

h) Obligaciones subordinadas en moneda nacional

Las obligaciones subordinadas y sus cupones serán títulos de crédito con los mismos requisitos y características que los bonos bancarios, salvo los previstos en el presente artículo. Las obligaciones subordinadas podrán ser no susceptibles de convertirse en acciones; de conversión voluntaria en acciones y de conversión obligatoria en acciones. Asimismo, las obligaciones subordinadas según su orden de prelación, podrán ser preferentes o no preferentes.

i) Aceptaciones bancarias en circulación

j) Depósitos a la vista en cuenta corriente

Aquél en que los

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