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Notificación por Comisión


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2013  •  Síntesis  •  1.989 Palabras (8 Páginas)  •  232 Visitas

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• Notificación por Comisión

Concepto.- Es el acto jurídico procesal mediante el cual se pone en conocimiento de las partes las resoluciones judiciales a personas que domicilian fuera de la competencia territorial del Juez que conoce del proceso. Se le conoce también como notificación por EXHORTO.

¿Cuál es la regla general para la procedencia del exhorto?

Es que el demandado domicilie fuera de la competencia territorial del juez competente. En ese sentido la notificación se efectuará a través de la colaboración de otro juez o autoridad. Por ello el exhorto puede darse en dos ámbitos:

1º Nacional, en tanto el demandado domicilie dentro del territorio nacional, en cuyo caso el exhorto es enviado al órgano jurisdiccional mas cercano al domicilio del demandado, y

2º Extranjero, si domicilia fuera del país, para lo cual el exhorto deberá ser tramitado por medios de los órganos jurisdiccionales del país en el cual se encuentre o por medio del representante diplomático.

¿Qué diferencia existe entre Comisión y Exhorto?

La Comisión es la resolución que ordena a otro juez realice una determinada diligencia dentro de su territorio.

El Exhorto es el conjunto de documentos que se acompañan a la comisión, es decir las resoluciones, copias de los anexos y del escrito.

0.3.4. Notificación por Edicto

Concepto.- Es aquel acto jurídico procesal que lo dispone el Juez y lo ejecuta la parte interesada empleando los diarios (periódicos) de circulación oficial a nivel nacional "El Peruano" y el de mayor circulación de la zona donde se tramita el proceso, para notificar a una determinada persona ordenada por el Juez.

¿Contra quien procede notificar por edictos?

Corresponde la notificación por edictos, cuando se trata de personas:

- Inciertas,

- Cuyo domicilio se ignore,

- Cuando se deba notificar a mas de 10 personas, siempre y cuando la parte asi lo solicite.

Importante: En el Distrito Judicial de Puno, el diario oficial es "Correo".

¿Por cuántas veces se realiza la publicación?

Se realiza por TRES DÍAS pueden ser consecutivos o con intervalos, según lo disponga el Código Procesal civil. P.e. En los procesos de Prescripción Adquisitiva se exige el intervalo de tres días, en los demás procesos no se exige intervalos de días, es decir que pueden ser publicados en días continuados o corridos.

20.3.5. Notificación por Radiodifusión.- Es aquel acto ordenado por el juez y que lo realiza la parte interesada realizando la publicación utilizando una emisora radial de preferencia de mayor dial o alcance.

¿Por cuantas veces se realiza?

Al igual que los edictos por tres (3) veces.

¿Cómo se acredita haber publicado por Radiodifusión?

No se acredita con el casete, ni con el comprobante de pago, sino, con la declaración jurada expresa del administrador o director de la emisora de haber realizado la publicación de la resolución judicial o del extracto de la demanda.

Estructura del sistema financiero

Todo sistema financiero se compone de tres elementos básicos: activos y pasivos financieros, instituciones y mercados.

Los activos y pasivos son los productos financieros que emiten las unidades económicas con déficit y adquieren quienes tienen fondos excedentarios con el fin de invertir sus ahorros. Estos productos se colocan y adquieren en mercados, donde intervienen diversas instituciones financieras que actúan con libertad, aunque dentro del marco normativo establecido por los poderes públicos y bajo el control de instituciones y autoridades competentes.

El sistema financiero evoluciona con rapidez en distintas direcciones:

- Se crean cada vez más productos, algunos muy complejos, para adaptarse a los distintos segmentos del mercado.

- Los mercados financieros están sometidos a un rápido proceso de internacionalización favorecido

por el desarrollo de las tecnologías de la información.

- Los controles normativos respetan cada vez más la libre competencia, y se limitan tanto a garantizar que no existan fraudes como a evitar las actuaciones temerarias de quienes intervienen en los mercados.

El sistema financiero es un conjunto de entidades financieras y otras instituciones que hacen el papel de intermediarios financieros, es decir que efectúan la intermediación entre la oferta y demanda de recursos financieros, ya sean estos públicos o privados, captando recursos monetarios y colocando estos mediante operaciones de crédito.

Los objetivos principales del sistema financiero son:

* Estimular el ahorro interno y la financiación externa a través de préstamos y créditos.

* Orientar adecuadamente a la colocación de los recursos financieros.

* Asegurar la utilización racional y sistemática de los recursos financieros.

* Promover el crecimiento de entidades públicas y privadas.

* Contribuir al proceso de estabilización y desarrollo económico del país, a través del flujo de captaciones crecientes y transparentes.

La importancia de cualquier sistema financiero radica en que permite llevar a cabo la captación de recursos económicos de algunas personas u organizaciones para ponerlo a disposición de otras empresas o instituciones gubernamentales que lo requieren para invertirlo. Éstas últimas harán negocios y devolverán el dinero que obtuvieron además de una cantidad extra (rendimiento), como pago, lo cual genera una dinámica en la que el capital es el motor principal del movimiento dentro del sistema. Esto conlleva a que se pueda alcanzar un mayor desarrollo y crecimiento económico, a través de la generación de un mayor número de empleos, derivado de la inversión productiva que realizan las empresas o instituciones gubernamentales con el financiamiento obtenido a través del sistema financiero.

autoridades monetarias

La

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