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Nueva legislación laboral.Ley federal de trabajo


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2018  •  Resúmenes  •  389 Palabras (2 Páginas)  •  91 Visitas

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Nueva legislación laboral

Con fecha 30 de noviembre de 2012 se adicionaron diversos cambios en la Ley Federal de Trabajo, tras mucho tiempo de analizar que es lo que hacía falta mejorar dicha ley.

Sobre todo, porque tanto patrones como trabajadores se adaptan a nuevas formas de trabajo.

En este caso trataremos específicamente el tema de rescisiones e indemnizaciones en materia laboral.

Rescisiones.

El concepto de rescisión laboral es el siguiente: es una acción legal que permite finalizar una relación jurídica por alguna causa señalada en la ley o bien, derivada del incumplimiento de una de las partes, sin que ello implique responsabilidad para la parte afectada.

El articulo 47 de la LFT menciona las causas por las cuales se efectúa la rescisión de un trabajador sin ningún problema hacia el patrón.

Este fue uno de los artículos que tuvo cambios en 2012, añadiendo mas causas, en la que se incluye que se puede ser despedido por acoso sexual, falta de documentos que comprueben su identidad y faltas de honradez. En resumen, este articulo expone motivos de mal comportamiento o de engaño, que realice con todo el propósito el trabajador.

El articulo 47 también toma en cuenta el aviso de despido, donde el patrón debe expresar claramente la causa del despido y entregar al trabajador que corresponda y así mismo avisar a la junta de conciliación correspondiente.

Esto es muy importante ya que, si el trabajador no recibe la notificación de manera personal, se entiende que fue una separación injustificada y se lleva a cabo la nulidad del despido.

En el articulo 51 se encuentran las causas de rescisión sin responsabilidad para el trabajador.

Donde prácticamente alguna acción del patrón atente contra la dignidad del trabajador.

Indemnización

El concepto de indemnización es el siguiente: Compensación económica que recibe una persona como consecuencia de haber recibido un perjuicio de índole laboral, moral, económica, etc.

Con lo anterior mencionado es una cantidad que se le entrega al trabajador, en consecuencia, de algún daño moral o material y hay diferentes tipos.

  • Por despido injustificado (Art.50-51): Cuando el patrón por alguna causa ajena al trabajador termina el contrato. Por ejemplo: cuando existe reestructuración de la empresa, porque ya no tiene la empresa capacidad de pago a los trabajadores que solía tener, etc.
  • Por los riesgos de trabajo (Art. 477): Cuando los riesgos de trabajo produzcan incapacidad temporal, permanente parcial, permanente total o muerte en el empleado.

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