ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Nulidad Absoluta Y Nulidad Relativa


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2013  •  594 Palabras (3 Páginas)  •  904 Visitas

Página 1 de 3

Señale en el siguiente cuadro las principales características de la nulidad absoluta y de la nulidad relativa en el acto jurídico.

Nulidad absoluta Nulidad relativa

Por regla general no impide que el acto produzca sus efectos, que de ella puede prevalerse todo interesado; que no desaparece por la confirmación o la prescripción.

Artículo 2226 (CCDF). La nulidad absoluta por regla general no impide que el acto produzca provisionalmente sus efectos, los cuales serán destruidos retroactivamente cuando se pronuncie por el juez la nulidad. De ella puede prevalerse todo interesado y no desaparece por la confirmación o la prescripción.

1. Porque todo aquel que resulte perjudicado puede pedir que se declare.

2. Porque es imprescriptible, es decir, en todo tiempo puede pedirse.

3. Porque es inconfirmable, es decir, la ratificación o tácita del autor o autores de un acto ilícito no puede darle validez.

4. Porque produce por regla general efectos provisionales que quedarán destruidos por sentencia cuando se declare la nulidad.

Son causas de nulidad absoluta del matrimonio:

a) El incesto. Cuando existe parentesco consanguíneo en línea recta sin limitación de grado, así como en línea colateral hasta el segundo grado, y el parentesco por afinidad en línea recta. Un matrimonio con este impedimento no es susceptible de ratificación, no se confirma por prescripción y el Ministerio Público debe intentar la acción de nulidad si los interesados no la promueven. Además constituye el delito de incesto.

b) La bigamia. El matrimonio celebrado con este impedimento no puede confirmarse por ratificación ni por prescripción, y la acción puede ejercerla todo interesado a través de la denuncia ante el Ministerio Público, pues constituye un delito.

Sólo el incesto y la bigamia son causas de nulidad absoluta del matrimonio; las restantes son nulidades relativas en tanto carecen de alguna de las características de la nulidad absoluta. Se da cuando no se reúnen los caracteres de la nulidad absoluta y siempre produce sus efectos, los que se destruyen al dictarse la sentencia de nulidad.

Artículo 2227 (CCDF). La nulidad es relativa cuando no reúne todos los caracteres enumerados en el artículo anterior. Siempre permite que el acto produzca provisionalmente sus efectos.

1. Porque la incapacidad origina la nulidad relativa.

2. Porque la inobservancia de la forma, cuando la ley requiere que la voluntad se manifieste de manera determinada, origina la nulidad relativa.

3. Porque la existencia de vicios: error, dolo o violencia, origina la nulidad

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.6 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com