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Ofrecimiento de pruebas en Segunda Instancia


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2019  •  Tareas  •  1.429 Palabras (6 Páginas)  •  107 Visitas

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ASUNTO: Ofrecimiento de pruebas en Segunda Instancia.

Lic. Alejandro G. Hernández Viveros (Mgdo. Ponente).

CC. Magistrados de la Segunda Sala del Tribunal Superior

de Justicia del Poder Judicial en el Estado de Veracruz.

P R E S E N T E.

LIC. MIGUEL ANGEL PÉREZ ACOSTA, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos del Toca número 888/2019; del índice de esta H. Segunda Sala del Tribunal Superior de Justicia, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo lo siguiente:

Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1º, 8º, 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en los artículos 509, 522, demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz, vengo por medio del presente escrito en tiempo y forma a OFRECER PRUEBAS EN SEGUNDA INSTANCIA, mismas que se indican a continuación:

1.- INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en todo lo actuado dentro del toca de número 1478/2018 del índice de esta Segunda Sala del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Veracruz, Ver., formado con motivo del recurso de apelación interpuesto por María del Refugio Cortés Díaz, contra el auto de diez de abril del año dos mil dieciocho, dictado por el titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Jalacingo, Ver.; en el Juicio Ordinario Civil número 435/2017/III. y toda vez que dicho juicio se encuentra concluido, en el momento procesal oportuno se tenga la vista al momento de recibir el material probatorio, ofreciéndose desde luego en segunda instancia, para que se tenga que combatir la determinación antes pronunciada por el juez primario durante la celebración de la audiencia prevista por el numeral 221 del código procesal civil, que declara desierta por falta de interés jurídico del ofertante, la pericial a cargo del ingeniero José Leobardo Castro Uscanga.

        Prueba que tiene relación con el hecho número nueve del escrito de contestación de demanda relativo al Juicio de origen que actualmente se tramita mediante recurso de apelación.

2.- INTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en la porción del auto, respecto a la AUDIENCIA 221 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, dentro del expediente 435/2017/III del índice del Juzgado Segundo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Jalacingo, Ver., formado con motivo del recurso de revocación interpuesto por la C. María del Refugio Cortés Díaz, contra el auto de diez de abril del año dos mil dieciocho, por el cual me declara desierta la PRUEBA DE INFORMES.- OFRECIDA BAJO EL NUMERO TRECE, del escrito de contestación de fecha dos de Octubre del año dos mil diecisiete, ya que se puede examinar con precisión la forma ilegal con la que se conduce el Juez primario al querer otorgar valor pleno a las simples manifestaciones de la contraria por conducto de su Abogado Patrono, si bien es cierto; se aprecia que con fundamento en el artículo 69 del Código Adjetivo Civil por lo que se refiere a esta probanza, se giró atento exhorto al C. Juez Civil en turno de Primera Instancia de Xalapa, Veracruz; para que en auxilio de sus labores del Juzgado Exhortado se sirva girar atento oficio a la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, ubicada en la calle dos (2), numero setenta y uno (71), de la Avenida Lázaro Cárdenas de la Ciudad de Xalapa, Veracruz; de tal manera que al encontrarse en trámite de preparación la impetrante es ajena a toda causa, ya que dicha probanza fue pedida en tiempo legal, no es oportuno decretar el apercibimiento bajo la tesitura de mostrar falta de interés jurídico, ya que por causas no imputables a la demandada, no se pudo practicar, razón por la cual; le asiste todo el derecho de que en este caso el A quo hubiere sido prudente para mandar concluirla dando conocimiento de ellas a las partes y señalando al efecto un término prudente por una sola vez, tal como lo establece el artículo 247 del Código de Procedimiento Civiles para el Estado de Veracruz.

        Prueba que tiene relación con el hecho número trece del escrito de contestación de demanda relativo al Juicio de origen que actualmente se tramita mediante recurso de apelación.

3.- INTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en la porción del auto, respecto a la AUDIENCIA 221 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, dentro del expediente 435/2017/III del índice del Juzgado Segundo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Jalacingo, Ver., formado con motivo del recurso de revocación interpuesto por la C. María del Refugio Cortés Díaz, contra el auto de diez de abril del año dos mil dieciocho, por el cual me declara desierta la PRUEBA DE INFORMES.- OFRECIDA BAJO EL NUMERO CATORCE, del escrito de contestación de fecha dos de Octubre del año dos mil diecisiete, en virtud de que genera valor pleno a las simples manifestaciones de la contraria por conducto de su Abogado Patrono, si bien es cierto; se aprecia que con fundamento en el artículo 69 del Código Adjetivo Civil por lo que se refiere a esta probanza, se giró atento exhorto al C. Juez Civil en turno de Primera Instancia de Xalapa, Veracruz; para que en auxilio de sus labores del Juzgado Exhortado igualmente se deberá girar oficio a la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección, con domicilio ubicado en la calle Benito Juárez de la zona centro de la Ciudad de Xalapa, Veracruz; de tal manera que al encontrarse en trámite de preparación la impetrante es ajena a toda causa, ya que dicha probanza fue pedida en tiempo legal, no es oportuno decretar el apercibimiento bajo la tesitura de mostrar falta de interés jurídico, ya que por causas no imputables a la demandada  no se pudo practicar, razón por la cual; me asiste el derecho de que en este caso el A quo hubiere sido prudente para mandar concluirla dando conocimiento de ellas a las partes y señalando al efecto un término prudente por una sola vez, tal como lo establece el artículo 247 del Código de Procedimiento Civiles para el Estado de Veracruz.

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