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Ordenamiento Territorial


Enviado por   •  13 de Octubre de 2013  •  1.442 Palabras (6 Páginas)  •  226 Visitas

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Importancia del comité en el Ordenamiento Ecológico Territorial

El Ordenamiento Ecológico Territorial es un instrumento de política ambiental, que a su vez se ve integrado por distintas herramientas de gran importancia, entre ellas, se encuentra el comité, por el cual entendemos que se refiere al órgano permanente que fortalece el carácter participativo, adaptativo y transparente del proceso de ordenamiento ecológico.

Firmado el convenio de coordinación, las autoridades deben identificar a los representantes de la sociedad civil que participarán en el OEL e integrarán el comité. Éste se formaliza mediante un acta de instalación donde se establecen los antecedentes, objetivos, estructura e integrantes. Posteriormente, el comité debe elaborar su reglamento Interior para fijar su forma de organización, funcionamiento y reglas de operación.

En la agenda ambiental se identifican y ponderan los principales problemas socio-ambientales del área de estudio. El comité, en particular el Órgano Ejecutivo, es el responsable de su integración.

La expedición es el proceso que debe seguir la autoridad para decretar el programa y darle legalidad al OE. Incluye la realización de la consulta a la ciudadanía y la publicación del POEL. Concluido el estudio técnico, el comité debe integrar la propuesta del Programa de Ordenamiento Ecológico e iniciar la fase de expedición. Dicha propuesta será sometida a consulta pública, requisito legal que deberá cumplir la autoridad municipal para decretar el programa. La Ley de Planeación exige este procedimiento para que los diversos sectores de la población expresen sus opiniones y sugerencias.

Durante la consulta se pone a disposición del público la propuesta del POEL en versión impresa y electrónica, y se establecen mecanismos para recibir ideas o recomendaciones. También se pueden realizar foros y reuniones informativas para recabar en forma escrita, según lo determinen los lineamientos de la consulta, observaciones, propuestas o cualquier otro tipo de información.

Después de la consulta pública, el comité incorporará las ideas y sugerencias que considere pertinentes al POEL. Cada una deberá ser respondida por escrito, argumentando su inclusión o rechazo.

Posteriormente se gestionará la publicación del decreto del Programa de Ordenamiento Ecológico en los medios de difusión oficiales correspondientes (diarios, periódicos oficiales de las entidades federativas o gacetas municipales). A partir de ese momento el programa de ordenamiento tiene vigencia legal e inicia su ejecución. Es necesario enfatizar que al ser decretado el POEL se convierte en un programa de observancia obligatoria para las autoridades, dependencia y unidades involucradas.

Actividades del Comité

El responsable del OEL debe conocer la conformación del Comité de Ordenamiento Ecológico para que identifique su papel en el proceso, así como aspectos importantes para la realización exitosa de las reuniones de trabajo.

Como se mencionó, para llevar a cabo el ordenamiento ecológico es necesaria la participación de todos los sectores interesados en el uso del territorio a ordenar. Para garantizar dicha participación se integra un comité con representantes de los principales sectores convenio de coordinación, así como por representantes de los sectores sociales y productivos y de las instituciones académicas.

Estructura del comité

Para su funcionamiento, el comité se divide en un Órgano Ejecutivo y un Órgano Técnico. El Órgano Ejecutivo es responsable de la organización y el desarrollo de todas las actividades del proceso de OE. En principio está integrado por los representantes de las autoridades firmantes del convenio de coordinación y por un representante de la sociedad civil.

El Órgano Técnico es responsable de la revisión y validación de la información técnica utilizada en el proceso. Por lo general, está conformado por representantes de las áreas técnicas de instituciones gubernamentales firmantes del convenio de coordinación, así como por representantes de los sectores sociales y productivos y de las instituciones académicas.

Para que el representante del sector realice adecuadamente sus funciones debe cuando menos:

• Conocer y tener la posibilidad de aportar información sobre las necesidades, los intereses, el estado de desarrollo y los planes de crecimiento del sector al que representa.

• Contar con legitimidad y autoridad para hablar en nombre de su sector.

• Conocer el área de estudio.

• Mantener comunicación permanente con los demás miembros del sector para informarles sobre las actividades y acuerdos del comité.

• Disponer de tiempo para asistirá todas las sesiones del comité.

Es importante que el comité analice periódicamente la representatividad de sus integrantes y que evalúe su papel de difusión al interior de su sector. El número de integrantes puede variar, pero siempre se debe asegurar:

• Un número manejable de integrantes.

• Un equilibrio entre la representación de los órdenes de gobierno y los sectores.

• La participación de actores relevantes.

• Establecer reglas claras para la toma de decisiones (por ejemplo, se sugiere que cada dependencia y sector tenga derecho a un voto, independientemente del número de asistentes a la sesión).

Las principales funciones del Comité, de acuerdo con la legislación y el Manual del proceso de ordenamiento ecológico, son:

• Elaborar

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