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Penal


Enviado por   •  26 de Abril de 2015  •  Trabajos  •  4.883 Palabras (20 Páginas)  •  117 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Diferentes estudios en la temática de la sociología del delito en las últimas décadas muestran la dificultad de dilucidar la criminalidad debido al tejido social de protección con que cuenta la delincuencia, es así que nos encontramos con los delitos como fraudes bancarios, han sido denominados delitos de “cuello blanco” los mismos que han sido caracterizados por el dolo, el engaño y el ocultamiento de su comisión, en los que no han intervenido la fuerza psíquica o la violencia , siendo cometidos generalmente por personas inteligentes y que tienen facilidad de contar con la opinión de expertos y que a menudo son capaces de identificar y explotar los defectos del sistema , a fin de evitar la detención y las posteriores investigaciones es decir hablamos de ladrones profesionales, un ladrón alto, bien vestido, de buena presencia y modales afables, locuaz y observador, un ladrón al estilo de los que aparecen en las películas de amor y lujo.

ANTECEDENTES HISTORICOS

No son numerosos los antecedentes históricos significativos de orden normativo en materia de Derecho Penal Económico, la razón radica en que la actividad económica en los períodos primitivos fue incipiente y de escasa importancia, si la comparamos con la que existe en la actualidad.

Hasta entonces sólo eran principios de un orden rector generalizado y en proceso de formación, que planteaban ordenanzas primitivas sobre las actividades de trueque y de un intercambio comercial incipiente.

Se desligó a la víctima del manejo de la pena para traspasarla a un juez imparcial que sometiera a valoración los hechos. Es a partir de este momento que la pena inflingida por el Estado comienza a graduarse por la gravedad de la lesión jurídica.

1. Período Antiguo

Fue en el Derecho Romano donde se plantearon las primeras argumentaciones que sentaron los precedentes para el control de las relaciones económicas. Eran algunas formas de coacción que estaban dirigidas contra determinadas conductas que actuaban en desmedro de la comunidad y que eran consideradas como nocivas.

La “Ley de las XII Tablas” (433 - 451 a.de J.C.), que junto con otras normas establecían pautas para el manejo y cumplimiento de determinados compromisos de orden económico. No se trataba de un derecho exclusivo sobre bienes sino más bien sobre la persona misma del deudor. Se ha llegado a sostener que la finalidad de este trato diferenciable era obligar al deudor a que cumpliera con sus obligaciones contraídas, de modo tal que de no hacerlo podía perder su libertad y hasta su propia vida.

Hay que reconocer que muchas de estas normas, aunque fueron una legislación ruda y primitiva, estuvieron inspiradas en un sentido de igualdad social y política al margen de la diferenciación de clases y grupos sociales.

2. Derecho Estatutario

Es a partir del desarrollo del llamado derecho estatutario italiano que se empieza a configurar una legislación con vinculaciones al control coercitivo de la actividad económica y comercial.

En este período que la quiebra aparece como una institución destinada exclusivamente a los comerciantes en situación de cesación de pagos, la que en muchos casos venía acompañada de la aplicación de severos castigos físicos y pecuniarios.

El derecho estatutario italiano concebía que había que castigar con severidad a los deudores, producto indudablemente de la importancia que se deba a las relaciones económicas y mercantiles por aquella época, así como a la vigencia de concepciones arbitrarias que caracterizaban al Derecho Penal en la Edad Media. Las sanciones podían ir desde la ejecución de medidas de tipo pecuniario e infamantes hasta la aplicación de la pena capital para casos graves.

3. Régimen Capitalista

Es a partir de los cambios que se producen a mediados del siglo pasado como producto del afianzamiento progresivo de las relaciones de poder económico, enmarcadas dentro de un proceso de industrialización incipiente, que el componente económico adquiere gran importancia para el mundo de las relaciones sociales y jurídicas.

Este nuevo sistema de explotación y opresión llevado a la práctica muchas veces en forma violenta, se caracterizó por supeditar el desarrollo de la economía a la omnipresencia del capital, a la avidez del enriquecimiento ilimitado y hacia una carrera sólo en busca de beneficios personales. Así la obtención y la constante multiplicación de la plusvalía como objetivo y verdadero móvil de la producción, a la larga fueron los estimulantes más poderosos que en muchos casos desconocieron cualquier tipo de barreras y fronteras.

Estas transformaciones sociales, económicas y políticas de gran envergadura demostraron que, al amparo de una concepción incondicional y arbitraria de libertad económica, era factible llevar cabo severos procesos de deterioro económico en perjuicio de amplios sectores poblacionales por parte de grupos minúsculos que detentaban el poder económico y político. El rápido desarrollo de los sectores industriales significó para millones de seres humanos una situación de absoluta desprotección ante los avasalladores niveles de control que se lograba alcanzar.

Este proceso ciertamente vinculado a las primeras etapas de la industrialización, con el paso de los años se extendió a otras áreas hasta lograr trasformar las necesidades económicas de muchos países y de millones de seres humanos.

4. Primeras Normas

En Inglaterra se dieron las primeras leyes relacionadas con los temas que comprende el Derecho Penal Económico. Fueron promulgadas con el objetivo de brindar protección al consumidor. Fueron las llamadas Ley del Pan de 1836, la de la Adulteración de la Semilla y la Ley de Salud Pública de 1890.

Por la misma época en los Estados Unidos se empezó a promulgar algunas leyes con fines parecidos, como fue el caso de la denominada “Ley Sherman”, que tuvo por objetivo controlar y establecer un manejo equitativo de las actividades económicas en el área de la protección al consumidor.

Este panorama normativo aún incipiente, pero con componentes de orden criminal permitió años más tarde que se desarrollaran una serie de consideraciones innovadoras de gran repercusión respecto al tratamiento de la criminalidad económica. “El gran material disperso y desorganizado, indica que los “delitos de cuello blanco” son muy frecuentes. Los “barones ladrones”

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