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Preguntas de derecho penal

Lore CamachoExamen27 de Mayo de 2016

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Preguntas de derecho penal.

Unidad 1: Historia del derecho penal

  1. ¿Cómo surge la necesidad del derecho penal?

Debido a que en la sociedad hay intereses que deben ser tutelados a toda costa por considerarse fundamentales en determinado tiempo y lugar, para así garantizar la supervivencia misma del orden social. Debido a la característica punitiva del derecho penal, se puede mantener dicho orden social.

Tutelar los bienes jurídicos.

  1. ¿cuáles son las etapas del derecho penal en la antigüedad?

La primera es la de la venganza privada. Se conoce también como venganza de sangre o época bárbara. La ratio essendi (razón de ser) es el impulso de defensa o de venganza ante las injurias cometidas por terceros. Yo considero que la venganza es una pena particularizada, no desde el punto de vista de una sentencia como un juez, sino como la voluntad del individuo quien sufrió el perjurio. Nace la Ley del Talión.

La segunda es la de la venganza divina. Ella establece que Dios castiga por medio de los tribunales y jueces. El enojo de dios provocaba desgracias, por ello eran necesarias las penas para calmar su ira. La represión se manejaba por la clase sacerdotal.

La tercera etapa es la de la venganza pública. Caracterizada por penas excesivamente crueles e inhumanas. Se comienza a hacer distinción entre delitos privados y públicos, dependiendo si se afectaban intereses de particulares o el orden público. Los jueces y tribunales presentaban facultades omnímodas, es decir, legislaban a placer, aun aquello que no se encontraba dispuesto por ley. Era un modelo despótico cuya finalidad era el sometimiento por medio del terror.

La cuarta es el periodo humanitario, donde las penas se humanizan así como los sistemas penales. Basa la idea de que la pena está establecida en el contrato social, solo pueden estar establecidas por leyes anteriores, deben de ser públicas, prontas y necesarias, jamás excesivas, es decir, proporcionales al daño causado. Éstas evitan que el autor cometa otros delitos y sirve de ejemplo. Aquí se proscribe la pena de muerte.

La última es la etapa científica, la cual sistematiza los estudios en materia penal.

  1. ¿Qué se entiende por dogmática jurídico penal o ciencia penal?

La dogmática jurídico penal es la disciplina cuyo objeto consiste en descubrir, construir, y sistematizar los principios rectores del ordenamiento penal positivo. Estudia los principios rectores.

La anterior es parte de la ciencia del derecho penal, pues ésta es el conjunto sistemático de principios relativos al delito, a la pena y a las medidas de seguridad, sean positivas o sean nuevas por formular.

Es la serie de los conceptos y del sistema de los mismos mediante los cuales los juristas del derecho penal, aplican el derecho penal a los casos que lo requieren.

  1. ¿Cómo se dividen los conceptos jurídicos?

Los conceptos jurídicos del derecho penal se dividen en 2 partes para su estudio: la parte general y la parte especial.

La parte general, constituye el estudio de los lineamientos y se divide en introducción, teoría de la ley penal, teoría del delito, y teoría de la pena y de las medidas de seguridad.

La parte especial habla de los delitos en particular y de las penas y medidas de seguridad aplicables a casos concretos.

  1. Explica ¿Qué significa que el derecho penal tenga carácter público?

Tiene carácter público pues el Estado actúa como soberano, no porque las normas que regulan esta rama del derecho emanen del Estado (y todas las normas positivas emanan del Estado), ni porque sea el Estado quien ejerza el monopolio de la acción punitiva; esto va más allá. Se dice que cuando se comete un delito, se forma una relación entre el delincuente y el Estado como soberano y no entre el actor del delito y el particular ofendido. Si fuera así el caso, sería tema de derecho privado.

Es público porque regula la relación entre el poder y los gobernados.

  1. ¿Qué se entiende por derecho penal?

Definición: El derecho penal es la rama del derecho público interno relativa a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad, que tienen por objetivo inmediato la creación y la conservación del orden social.

En sentido objetivo: sistema de normas establecidas por el Estado que asocia al crimen como hecho, la pena como su legítima consecuencia. (Objeto=normas)

En sentido subjetivo: el derecho/facultad/deber/obligación del Estado a determinar, imponer y ejecutar las penas y demás medidas de lucha contra la criminalidad. (Sujeto =estado obligado a actuar, a exigir cierta conducta jurídica)

En sentido sustantivo: lo integran las normas relativas al delito, a la pena y demás medidas de lucha contra la criminalidad. La noción del delito y que determina sus consecuencias. (Sustancia =delitos y penas)

En sentido adjetivo: es el conjunto de normas relativas a la forma de aplicación de las reglas penales a casos particulares. Conecta delito con la sanción. (Procesal penal)

  1. ¿Qué pretende preservar el derecho penal?

La supervivencia del propio orden social. Ya que este es un mecanismo jurídico de control social.

A través de ese orden se busca tutelar los bienes jurídicos.

  1. Cite algunas ramas del derecho con las que, en su opinión tiene más relación el derecho penal.

Derecho constitucional: límites de acción del Estado en materia pública y privada.

Derecho civil: entender el patrimonio y las afectaciones que se dan al mismo en derecho penal.

Derechos humanos: los bienes jurídicos caben en la definición de derechos humanos, los mayormente violentados por el Estado y por terceros.

Derecho procesal: mecanismos para el buen aplicar de las normas. Puente entre la norma y los actos.

Preguntas extras

  1. Diferencias entre la escuela clásica y la positivista de derecho penal.

En la clásica todos los hombres se encuentran en igualdad de derechos. Cuentan con libre albedrío para realizar actos y si estos son delitos, conlleva a una responsabilidad moral; por ello, se dice que el delito es un ente propio. La pena es proporcional al delito y utiliza el método deductivo.

Por el otro lado, la positivista, ve al delincuente como el centro de la materia penal. El delito es un síntoma del daño interno que tiene el individuo. No existe libre albedrio, pues el delito es determinante de la conducta humana, es inherente al hombre. La responsabilidad moral cede paso a la responsabilidad social, el castigo dependerá de la peligrosidad del autor, e importa más las medidas de seguridad que las propias penas.

Unidad 1: La ley penal

  1. ¿Qué es la ley penal?

Es el conjunto de normas jurídicas de donde nace el derecho penal. Estas normas determinarán cuales actos u omisiones constituyen un delito. Esta misma ley penal determina las penas. López Betancourt dice que es el lugar donde se origina el derecho penal.

Porte Petit = es aquella disposición jurídica que determina el delito y la sanción respectiva (penas o medidas de seguridad).

  1. ¿Cuáles son las fuentes del derecho penal?

Las fuentes formales del derecho penal son las fuentes formales DEL DERECHO, pero no todas; sólo es fuente la LEY.

De acuerdo a nuestra Constitución en su artículo 14, “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.” Esto establece una garantía de seguridad jurídica previa.

Así mismo hay q concatenar el artículo anterior con el 16 del mismo mandato que establece la fundamentación y motivación legal del actuar de las autoridades, claro está, bajo ley previa.

En el Código Penal Federal (CPF) art 7 dicta “Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales” entendemos que solo la ley penal puede sancionar, no la costumbre, no otras fuentes. Así mismo en el artículo 6 del CPF dice que si el delito no está previsto en este ordenamiento, pero si en leyes especiales o en tratados internacionales, deberán aplicar estos.

En el Código Penal del D.F. en su artículo 1° al igual que en el CPF, establece que la fuente única del derecho penal son las leyes vigentes. “A nadie se le impondrá pena o medida de seguridad, sino por la realización de una acción u omisión expresamente prevista como delito en una ley vigente al tiempo de su realización, siempre y cuando concurran los presupuestos que para cada una de ellas señale la ley y la pena o la medida de seguridad se encuentren igualmente establecidas en ésta.”

Hablamos de tipicidad cuando una conducta voluntaria se adecua a un tipo penal (ley establecida). Si no hay ley establecida (tipo), no hay tipicidad, no hay delito.

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