Prestaciones Sociales
santana2325 de Junio de 2012
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PRESTACIONES SOCIALES
Las prestaciones sociales son los dineros adicionales al salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante Contrato de Trabajo, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral.
Es el reconociendo a su aporte en la generación de ingresos y utilidad en la empresa o unidad económica.
Las Prestaciones Legales son:
Prima de servicios: toda empresa debe pagar a cada empleado un salario mensual equivalente a 15 días de salario por el tiempo laborado durante el semestre, esta se paga el 30 de junio y el 2º de diciembre, o a la terminación del contrato de trabajo.
Según el artículo 307 del código sustantivo del trabajo, la prima de servicios no es salario ni se debe computar como salario en ningún caso.
La base para el cálculo de la prima de servicios es el Salario básico más auxilio de transporte, horas extras, comisiones y cualquier otro pago considerado salario.
En cuanto al auxilio de transporte este no es factor salarial, pero por mandato expreso de la ley 1ª de 1963, este se considera incorporado al salario para todos los efectos de liquidación de prestaciones sociales.
Vacaciones: las vacaciones consisten en el descanso remunerado que debe el empleador al trabajador equivalente a 15 días hábiles de vacaciones por cada año de servicio.
Auxilio de cesantía: este beneficio tiene como fin brindarle al trabajador un medio de subsistencia a la terminación del contrato de trabajo.
El trabajador tiene derecho a que se le pague un salario mensual por cada año de trabajo o proporcionalmente a la fracción de año trabajado.
Para liquidar el auxilio de cesantía se toma como base el último salario mensual devengado por el trabajador, siempre que no haya tenido variación en los últimos tres meses, en el caso de los salarios variables, se tomara como base promedio de lo devengado en el último año de servicios o en todo el tiempo servido si fuere menor de un año.
La liquidación de las cesantías se hará el ultimo día de cada año o al finalizar el contrato.
El auxilio de cesantías se liquida al finalizar el año caso en el cual se consigna en un fondo, o a la terminación del contrato. Sin embargo es posible hacer liquidaciones parciales de las cesantías siempre y cuando estas sean utilizadas para la construcción o mejoramiento de la vivienda.
Subsidio Familiar: todas las empresas deben inscribirse en una caja de compensación familiar, esta otorga al trabajador el derecho de obtener subsidios en efectivo para a sus hijos menores de edad, así como servicios de capacitación, vivienda y recreación.
De igual manera los afiliados tendrán derecho a un subsidio de desempleo, manejado por las mismas cajas de compensación familiar pero regulado y controlado por el gobierno.
Subsidio del transporte: los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales tienen derecho al pago del auxilio del transporte fijado por el gobierno nacional.
SEGURIDAD SOCIAL
Bienestar social, relacionado con la protección social para la salud, la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, la familia. Protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serio de medidas publicas contra las privaciones económicas y sociales, que de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causas de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte, así como también la protección en forma de asistencia médica para la familia e hijos.
1.-Pensiones: este sistema cubre los riesgos de invalidez, vejez y muerte, mediante el reconocimiento de prestaciones económicas determinadas
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