Principios Fundamentales
mnkl10 de Febrero de 2013
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PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
El Contador Público deberá cumplir con los siguientes principios
INTEGRIDAD
Todos los Contadores Públicos deben ser honrados, leales y veraces en sus relaciones profesionales y de negocios, mostrando actitudes objetivas, justas y veraces. Debe ser cuidadoso para no ser asociado con:
• Declaraciones falsas o confusas
• Información que se proporcione de manera descuidada
• Errores por omitir u ocultar hechos y datos
Cuando al C.P. se le relacione con alguna de las causas anteriores deberá tomar medidas necesarias para desvincularse
OBJETIVIDAD
El Contador Público tiene como obligación no comprometer su juicio profesional, por causa de prejuicios, conflictos de interés o influencia de terceras personas.
Tampoco deberá desempeñar un servicio profesional, cuando una relación afecte de manera indebida su juicio profesional.
DILIGENCIA Y COMPETENCIA PROFESIONAL
Obligaciones de los Contadores Públicos:
• Actuar de manera diligente de acuerdo con las técnicas y normas profesionales aplicables cuando preste su servicio profesional
• Mantener el conocimiento y habilidad profesional al nivel requerido para ser competente
La competencia profesional tiene dos fases:
a) Desarrollo de la competencia profesional
b) Mantenimiento de la competencia profesional
Para mantener la competencia profesional se requiere atención continua y el conocimiento de los avances técnicos, profesionales y de negocios . Cuando el C.P. está al pendiente de estos avances logra desarrollar y mantener sus capacidades para ser competente.
El Contador Público tomara las medidas necesarias para asegurarse de que las personas que están bajo su responsabilidad cuenten con el entrenamiento y supervisión apropiada.
CONFIDENCIALIDAD
Todos los Contadores Públicos deben de abstenerse de:
• Revelar fuera de la organización o firma donde trabaja información confidencial, sin la autorización apropiada
• Usar información confidencial obtenida, para su beneficio propio o bien para beneficio hacia terceras personas
El Contador Público deberá estar alerta a la posibilidad de revelar información por descuido en su entorno social; así como guardar la información que le sea proporcionada por algún cliente.
Se deberán adoptar medidas necesarias para asegurarse de que el personal bajo su dirección, respeten el principio de confidencialidad.
Cuando el Contador cambie de empleo o adquiera un nuevo cliente, tiene derecho a usar su experiencia previa, pero no deberá revelar ninguna información confidencial de la entidad o negocio
Se puede revelar información cuando la Ley lo permita o bien cuando este autorizada por el cliente o la entidad. Circunstancias en las que pudiera requerirse a los Contadores revelar información:
• En la elaboración de documentos en procedimientos legales
• Revelación a las autoridades públicas de infracciones a la ley identificadas
• Para cumplir con la revisión de calidad o para responder a un interrogatorio o investigación de un organismo miembro del IMCP u otro organismo profesional
• Para proteger los intereses profesionales del Contador Público sujeto a procedimientos legales
• Para cumplir las normas profesionales y requisitos éticos
Factores para considerar si se revela o no in formación confidencial
• Si los intereses de todas las partes pudiera afectarse, si el cliente del contador aprueba la revelación de información
• Cuando la situación implica hechos sin respaldo, información incompleta,se usara el juicio profesional para determinar el tipo de revelación que debe hacerse.
• El tipo de comunicación que se espera y a quien se dirige
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