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Procedimiento y Uso de Credencial Corporativa

Manuel PachecoTrabajo18 de Mayo de 2020

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Ilustre Municipalidad[pic 1]

'�

DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS OFICINA DE RECURSOS HUMANOS

LA ALCALDÍA DECRETÓ LO SIGUIENTE:

VISTOS:


MATERIA:        Aprueba Reglamento de

Procedimiento y Uso de Credencial Corporativa.

Nº:        644

SAN PEDRO:        24 de abril de 2020.

[pic 2]Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades en vigencia.

CONSIDERANDO:

Las necesidades del servicio de implementar el uso obligatorio de una credencial de identificación, por parte de quienes prestan servicios al municipio, cualquiera sea su calidad jurídica; planta, contrata o prestador de servicios a honorarios, con el objetivo de fortalecer la imagen institucional, como también contribuir al mejoramiento de la atención de público.

DECRETO:

1.-        APRUÉBESE, "REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO Y USO DE CREDENCIAL CORPORATIVA

DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO", el que entrará en vigencia a contar de la fecha del presente decreto, siendo obligatoria su observancia para todos los funcionarios. El texto refundido del Reglamento es el que a continuación se indica:

REGLAMENTO DE

PROCEDIMIENTO V USO DE CREDENCIAL DE IDENTIFICACIÓN MUNICIPAL ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO

TÍTULO 1 GENERALIDADES

ARTICULO 1º

Todos los funcionarios de la Ilustre Municipalidad de San Pedro, ya sea bajo la calidad jurídica de planta o contrata deberán portar una "Credencial de Identificación Municipal", también denominada "Credencial Corporativa", para acreditar su condición, la que deberá ser exhibida de acuerdo a las necesidades del servicio.

Del mismo modo los prestadores de servicios contratados bajo la modalidad de honorarios deberán portar una credencial de identificación para acreditar su condición, la que deberá ser exhibida en la ejecución de sus servicios.

Las Credenciales de Identificación serán otorgadas por la Unidad de Recursos Humanos del Municipio y forman parte del fortalecimiento de la imagen institucional.

ARTICULO 2º

La "Credencial Corporativa" es un documento personalizado implementado por el Municipio para identificar a los funcionarios pertenecientes a la Municipalidad, como también aquellos que prestan servicios a honorarios en programas que ejecuta el Municipio ya sean de financiamiento interno como externo.

ARTICULO 3º

Esta credencial contendrá los siguientes antecedentes:

  1. En el caso de funcionarios de Planta y Contrata

Página 1 de 4

,.                Ilustre Municlpalldc,d

DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

OFICINA DE RECURSOS HUMANOS

Anverso:

Logo Institucional. Nombre del Funcionario Cargo

Fotografía Reverso:

Página web del municipio. Teléfono.

  1. En el caso de Prestadores de Servicios contratados a Honorarios Anverso

Logo Institucional. Nombre del Funcionario Programa

Fotografía Reverso:

Página web del municipio. Teléfono.

Vigencia.

TÍTULO 11

DE LA OBTENCIÓN

ARTICULO4º

La Unidad de Recursos Humanos será responsable de solicitar la confección de las credenciales, como también de la entrega de ellas, para lo cual deberá llevar un registro de todas las credenciales otorgadas, de su entrega y devolución bajo la firma del funcionario, y/o prestador de servicios a honorarios . En conjunto con la entrega de credenciales entregará un instructivo de uso.

El plazo máximo para la tramitación de la credencial corporativa por parte de la Unidad de Recursos Humanos es de 10 días hábiles.

ARTICULO 5°

El área de Publicidad y Difusión será la encargada de tomar las fotografías, elaborar el diseño y de la confección de las credenciales, el diseño deberá ser aprobado por la Administración Municipal y la Unidad de Recursos Humanos, siendo este el único diseño existente y reconocido como oficial, no pudiendo crearse otro por alguna otra Dirección, Programa o Convenio ejecutado por el Municipio, salvo que, en est os últimos, venga establecido en el propio convenio o proyecto, el uso complementario de otra credencial para lo cual se deberán portar ambas.

TÍTULO 111

DEL USO

ARTICULO

El uso de la credencial corporativa es de carácter obligatorio, personal e intransferible, debe ser utilizada por todos los funcionarios de la institución y por aquellos que prestan servicios a honorariosy que han suscrito un contrato con el municipio por un periodo de tiempo superior a 3 meses.

ARTICULO 7º

La credencial de identificación debe ser usada por todos los funcionarios del municipio y por todos los prestadores de servicios a honorarios en forma periódica, portándola en forma visible tanto para el

'                 Ilustre Munlclpalldad

DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS OFICINA DE RECURSOS HUMANOS

reconocimiento interno como para el usuario, durante toda la jornada laboral y, en el caso de los prestadores de servicios cuando ejecuten las labores que incluyen sus programas.

ARTICULO 8º

Podrán usar sus credenciales de identificación en actividades que realicen fuera de las dependencias del Municipio y se encuentren en el ejercicio de sus funciones, en actividades que participen en representación del Municipio, como también en reuniones generales.

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