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Proceso de pertenencia


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2017  •  Tareas  •  715 Palabras (3 Páginas)  •  213 Visitas

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Proceso de pertenencia

San Juan de Pasto, Veinticinco (25) de agosto de dos mil diecisiete (2017)

REF. DECLARATIVO VERBAL DE PERTENENCIA

Proceso No. 2017-00227

Demandante: CLAUDIA PATRICIA BOTINA

Demandado: SOFONIAS DELGADO

1.        Asunto a tratar

Procede el Despacho a decidir sobre la admisión de la demanda declarativa verbal de pertenencia propuesta por la señora CLAUDIA PATRICIA BOTINA, en contra del señor SOFONIAS DELGADO y PERSONAS INDETERMINADAS con el fin de decidir sobre su admisión.

2.        Para resolver se considera

La señora Claudia Patricia Botina, por intermedio de apoderada judicial, interpuso demanda declarativa verbal de pertenencia contra el señor SOFONIAS DELGADO y PERSONAS INDETERMINADAS, con el fin de que se declare la prescripción adquisitiva de dominio del inmueble rural, situado en la zona rural Ñapanguita del municipio de Pasto (Nariño)  con una extensión de  (300) metros cuadrados y cuyos linderos son los siguientes: Sobre predio tipo rural con casa No. 13 de la manzana B perteneciente a la vereda Ñapanguita de la ciudad de Pasto Nariño, con una extensión aproximada de 66.000 metros cuadrados, y comprendida dentro de los siguientes linderos y dimensiones “Por el NORTE, en 12.00 metros con el lote numero 12 manzana B; por el SUR,  en 12.00, metros con el lote numero 14 manzana B; por el ORIENTE, en 5.50, metros con vía vehicular, OCCIDENTE limita con terrenos del mismo señor Ordoñez.

El Despacho verificó que la demanda presentada reúne los requisitos legales y por lo tanto, deviene su admisión, de conformidad con los artículos 90, 91 y 375 del Código General del Proceso.

Por lo expuesto, el Juzgado Segundo Civil Municipal de Pasto,

RESUELVE

PRIMERO.- ADMITIR la demanda declarativa de pertenencia, propuesta por la señora CLAUDIA PATRICIA BOTINA, en contra del señor SOFONIAS DELGADO, y PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derechos sobre el bien inmueble.

 

SEGUNDO.- NOTIFICAR personalmente al señor SOFONIAS DELGADO, en la forma establecida por en artículos 290 y 291 del Código General del Proceso, quienes disponen del término de veinte (20) días contados a partir del día siguiente a la notificación personal, para que contesten la demanda y pidan pruebas, para lo cual se les hará entrega de copia de la demanda y sus anexos.

TERCERO.- EMPLÁCESE a las Personas Indeterminadas, que puedan tener interés jurídico en oponerse a las pretensiones del demandante de conformidad como lo preceptúa el artículo 375 - 7 del C.G.P., para lo cual, el demandante deberá presentar una valla de dimensión no inferior a un metro cuadrado, en lugar visible del predio objeto del proceso, junto a la vía pública más importante sobre la cual tenga frente o límite

El demandante deberá aportar fotografías del inmueble en las que se observe el contenido de ellos.

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