Protección Al Consumidor En El EOSF
herreramario3414 de Agosto de 2013
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Relevancia de la Protección al Consumidor en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
Antes de abordar el tema específico, es importante señalar que el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), fue creado en el año 1993 con el propósito principal de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en la reciente constitución de 1991 (Artículo 150, numeral 19 y Artículo 335), en donde se estableció la estructura general del sector financiero, bursátil y asegurador y las normas que regulan su funcionamiento, en virtud a que estas actividades por mandato constitucional son reguladas e intervenidas por el Estado, en razón a que están directamente relacionadas con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público
Teniendo claro de manera sumaria, cuando, por qué y para que fue creado el EOSF, cualquier persona del común, podría preguntarse si dentro de esa normatividad se contemplaron mecanismos idóneos para la protección de los intereses y de los derechos de los consumidores financieros, puesto que dichas entidades aprovechan los recursos captados al público. Y la respuesta obvia será que sí, que efectivamente dentro del EOSF hay algunos artículos relativos a esa protección a los derechos e intereses de dichos consumidores, que si revisamos con mediano detenimiento podemos identificarlos en los artículos 97, 98 y 99 del precitado estatuto.
Haciendo un poco de memoria, cinco (5) años después de la sanción del Decreto 663 de 1993, a finales de 1998 se decretó una emergencia económica en Colombia y el gobierno de turno creó el 2 por mil, que buscaba en ese entonces rescatar temporalmente a las entidades financieras que estaban ilíquidas, a raíz de la crisis inmobiliaria que originó una “burbuja” en los precios de apartamentos y casas.
Allí fue la génesis del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) que hasta nuestros días está vigente y que hoy comúnmente conocemos como 4 por mil y que supuestamente se pretende desmontar gradualmente hasta el 2015.
Si bien es cierto el gobierno pretendía salvar al sistema financiero en esa época para no afectar la economía nacional, a cuantos deudores de sistema financiero que literalmente fueron “reventados” por los altas tasas de interés del sistema UPAC y que perdieron sus casas, sus oficinas, sus fincas y sus apartamentos, después de llevar años pagando con el bajo salario de recibieron durante toda su vida y el gobierno y el sistema financiero lo único que hicieron fue otorgar alivios que si bien es cierto mitigaron un poco la situación no resolvieron de manera definitiva los problemas de esos consumidores financieros de los productos de crédito de las entidades financieras de la época.
No obstante, el legislador conciente del evidente y desproporcionado desequilibrio existente entre el usuario financiero y las entidades que conforman el sistema financiero decide promulgar la Ley 1328 de 2009, que establece el régimen de protección al consumidor financiero. Sin embargo, hoy por hoy es muy paradójico oír en las secciones económicas de los noticieros y de los medios escritos de prensa, que el sistema financiero a corte de Octubre de 2012, obtuvo ganancias del orden de $34,97 billones de pesos, cuando de esas utilidades no se redistribuye ni el 1% en beneficiar a los usuarios del sistema financiero que tienen que seguir pagando de su bolsillo no solo el GMF, sino las altas comisiones por: la utilización de los cajeros automáticos, o por el uso de tarjetas débito, o por la adquisición de una chequera o un talonario e incluso para la expedición de un extracto o una certificación bancaria.
Es en este punto, es donde cualquier persona del común se vuelve a preguntar, porque los usuarios si tienen una obligación con el Estado de salvar a su sistema financiero y ese
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